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Publican reformas al IUSI, entran en vigor en 90 días

Los cambios entrarán en vigor en 90 días, según lo establece el decreto publicado en el diario oficial.

Luis Gonzalez
28 de agosto, 2026

El presidente Bernardo Arévalo firmó y envió a publicar el decreto que elimina el cobro del IUSI para viviendas de uso habitacional y mixto.

  • Los cambios entrarán en vigor en 90 días.

Qué destacar. La sanción llega tras semanas de presiones de alcaldes metropolitanos, advertencias sobre el impacto financiero y cálculos políticos en torno al beneficio ciudadano.

  • La medida se interpreta como un gesto hacia las familias, que verán un alivio inmediato en sus bolsillos.
  • Al mismo tiempo, abre un debate sobre la sostenibilidad de las finanzas municipales.
  • El Congreso aprobó las reformas el 29 de julio de 2026, durante la tercera sesión extraordinaria, con 120 votos a favor.

Datos clave. Los principales cambios son los siguientes:

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  • Tasa cero para viviendas: inmuebles habitacionales y mixtos ya no pagarán IUSI.
  • Escalas para uso comercial: Q0 a Q500,000 → 3 por millar.
  • Q0 a 500,001 a Q1,000,000 → 6 por millar. Más de Q1,000,001 → 9 por millar.

Sí, pero. Otros puntos importantes del decreto:

  • Las alcaldías no podrán suspender servicios básicos por falta de pago del impuesto.
  • Exención de ganancia de capital: personas individuales que vendan inmuebles no pagarán el 10 % sobre utilidad.
  • Timbres fiscales: la recaudación por segundas transferencias de inmuebles será trasladada directamente a las municipalidades.

Punto de fricción. Las alcaldías metropolitanas pierden una de sus principales fuentes de ingresos.

  • El IUSI financiaba obras de infraestructura, mantenimiento de calles y servicios comunitarios.La tasa cero abre un vacío financiero difícil de compensar.
  • Los timbres fiscales dependen del dinamismo del mercado inmobiliario y no garantizan estabilidad.
  • Además, los registros catastrales deberán actualizarse en apenas 90 días, un plazo corto para ajustar sistemas electrónicos y coordinar con la SAT.

En conclusión. La sanción presidencial se interpreta como una apuesta por el capital político que genera el alivio fiscal.

  • El Ejecutivo privilegió el mensaje de apoyo a las familias frente a las advertencias de los alcaldes.
  • El debate ahora se traslada a las municipalidades, que deberán buscar opciones de financiamiento sin caer en cobros inconstitucionales.
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Los cambios entrarán en vigor en 90 días, según lo establece el decreto publicado en el diario oficial.

Luis Gonzalez
28 de agosto, 2026

El presidente Bernardo Arévalo firmó y envió a publicar el decreto que elimina el cobro del IUSI para viviendas de uso habitacional y mixto.

  • Los cambios entrarán en vigor en 90 días.

Qué destacar. La sanción llega tras semanas de presiones de alcaldes metropolitanos, advertencias sobre el impacto financiero y cálculos políticos en torno al beneficio ciudadano.

  • La medida se interpreta como un gesto hacia las familias, que verán un alivio inmediato en sus bolsillos.
  • Al mismo tiempo, abre un debate sobre la sostenibilidad de las finanzas municipales.
  • El Congreso aprobó las reformas el 29 de julio de 2026, durante la tercera sesión extraordinaria, con 120 votos a favor.

Datos clave. Los principales cambios son los siguientes:

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  • Tasa cero para viviendas: inmuebles habitacionales y mixtos ya no pagarán IUSI.
  • Escalas para uso comercial: Q0 a Q500,000 → 3 por millar.
  • Q0 a 500,001 a Q1,000,000 → 6 por millar. Más de Q1,000,001 → 9 por millar.

Sí, pero. Otros puntos importantes del decreto:

  • Las alcaldías no podrán suspender servicios básicos por falta de pago del impuesto.
  • Exención de ganancia de capital: personas individuales que vendan inmuebles no pagarán el 10 % sobre utilidad.
  • Timbres fiscales: la recaudación por segundas transferencias de inmuebles será trasladada directamente a las municipalidades.

Punto de fricción. Las alcaldías metropolitanas pierden una de sus principales fuentes de ingresos.

  • El IUSI financiaba obras de infraestructura, mantenimiento de calles y servicios comunitarios.La tasa cero abre un vacío financiero difícil de compensar.
  • Los timbres fiscales dependen del dinamismo del mercado inmobiliario y no garantizan estabilidad.
  • Además, los registros catastrales deberán actualizarse en apenas 90 días, un plazo corto para ajustar sistemas electrónicos y coordinar con la SAT.

En conclusión. La sanción presidencial se interpreta como una apuesta por el capital político que genera el alivio fiscal.

  • El Ejecutivo privilegió el mensaje de apoyo a las familias frente a las advertencias de los alcaldes.
  • El debate ahora se traslada a las municipalidades, que deberán buscar opciones de financiamiento sin caer en cobros inconstitucionales.

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