Actualidad
Actualidad
Política
Política
Empresa
Empresa
Opinión
Opinión
Webinars
Webinars
Inmobiliaria
Inmobiliaria
Eventos
Eventos
Agenda Empresarial
Agenda Empresarial
Descubre
Descubre

Publican ley portuaria; entrará en vigor en octubre

Uno de los principales cambios es la creación de la Autoridad Portuaria Nacional, entidad autónoma que asumirá la rectoría del sistema portuario.

Luis Gonzalez
02 de septiembre, 2026

La nueva Ley General del Sistema Portuario Nacional, contenida en el Decreto 20-2026, fue publicada este 2 de septiembre en el Diario de Centro América y entrará en vigor 30 días después de su publicación, por lo que comenzará a aplicarse a inicios de octubre.

  • La normativa establece un nuevo marco jurídico para reorganizar, regular y modernizar el sistema portuario guatemalteco. 

Qué destacar. La ley tiene como objetivo ordenar la organización, regulación, planificación, desarrollo, administración y supervisión de los puertos del país.

  • También declara de interés nacional y utilidad pública la construcción, ampliación, rehabilitación, operación y modernización de instalaciones portuarias, con el propósito de fortalecer el comercio exterior y contribuir al desarrollo económico nacional. 
  • Uno de los principales cambios es la creación de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), una entidad autónoma y descentralizada que asumirá la rectoría del sistema portuario.
  • Esta institución tendrá facultades para regular, planificar, fiscalizar, inspeccionar y sancionar las actividades portuarias en todo el país. También será responsable de coordinar las políticas nacionales del sector y promover nuevas inversiones. 

En el radar. La normativa incorpora un modelo de gobernanza que separa la función reguladora de la operativa. En otras palabras, la APN se encargará de definir y supervisar las reglas, mientras que la explotación comercial de puertos podrá continuar en manos de administradores públicos y privados. 

SUSCRÍBASE A NUESTRO NEWSLETTER DE EMPRESA
  • Otro de los aspectos centrales es que la ley abre formalmente nuevas posibilidades para la participación privada.
  • El decreto crea mecanismos para que inversionistas desarrollen puertos, terminales, muelles, plataformas y otras instalaciones mediante contratos específicos autorizados por el Estado.
  • Entre ellos destaca el Contrato de Administración Portuaria (CAP), que permitirá desarrollar, administrar y explotar infraestructura portuaria bajo reglas previamente establecidas. 

Por qué importa. La legislación también crea el Usufructo Oneroso Portuario (USOP), figura que permitirá a inversionistas utilizar bienes públicos para desarrollar infraestructura portuaria sin que el Estado pierda la propiedad de esos activos.

  • El plazo de estos derechos podrá alcanzar hasta 50 años, con posibilidad de prórroga por otro período similar. 
  • La planificación del crecimiento portuario será otro de los pilares de la reforma. La ley crea el Plan Nacional Integral de Desarrollo Portuario (PLANPORT), instrumento que definirá las áreas aptas para nuevos proyectos, las prioridades de inversión y las metas de modernización del sistema portuario nacional.
  • Tanto operadores públicos como privados deberán ajustar sus planes a este documento.

Lo que sigue. En materia de seguridad, la norma establece que todas las instalaciones portuarias deberán cumplir con el Código Internacional para la Protección de Buques e Instalaciones Portuarias.

  • Además, crea el Comité Nacional de Protección Portuaria, integrado por instituciones como Gobernación, Defensa, SAT, Migración y Ministerio Público, para coordinar acciones contra el contrabando, narcotráfico y otras amenazas vinculadas a la actividad portuaria.
  • La ley también apuesta por la digitalización. La APN deberá crear una ventanilla única y un portal interinstitucional que permita agilizar trámites, reducir el uso de papel y facilitar los procesos logísticos relacionados con el comercio exterior.
  • Otro aspecto relevante es la incorporación de principios de libre competencia, transparencia, rendición de cuentas y certeza jurídica para las inversiones.

En conclusión. La normativa obliga a publicar contratos, fortalecer mecanismos de supervisión y establecer procedimientos para la fiscalización de operadores y administradores portuarios.

  • Aunque el decreto ya fue publicado, su implementación será gradual.
  • La ley fija una etapa de transición para integrar la nueva Autoridad Portuaria Nacional, nombrar a sus autoridades, emitir reglamentos y trasladar funciones actualmente ejercidas por otras entidades.
  • Sin embargo, el primer paso ya está dado: el nuevo marco legal comenzará a regir a inicios de octubre, cuando se cumplan los 30 días establecidos para su entrada en vigencia.
SUSCRÍBASE A NUESTRO NEWSLETTER DE EMPRESA

Publican ley portuaria; entrará en vigor en octubre

Uno de los principales cambios es la creación de la Autoridad Portuaria Nacional, entidad autónoma que asumirá la rectoría del sistema portuario.

Luis Gonzalez
02 de septiembre, 2026

La nueva Ley General del Sistema Portuario Nacional, contenida en el Decreto 20-2026, fue publicada este 2 de septiembre en el Diario de Centro América y entrará en vigor 30 días después de su publicación, por lo que comenzará a aplicarse a inicios de octubre.

  • La normativa establece un nuevo marco jurídico para reorganizar, regular y modernizar el sistema portuario guatemalteco. 

Qué destacar. La ley tiene como objetivo ordenar la organización, regulación, planificación, desarrollo, administración y supervisión de los puertos del país.

  • También declara de interés nacional y utilidad pública la construcción, ampliación, rehabilitación, operación y modernización de instalaciones portuarias, con el propósito de fortalecer el comercio exterior y contribuir al desarrollo económico nacional. 
  • Uno de los principales cambios es la creación de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), una entidad autónoma y descentralizada que asumirá la rectoría del sistema portuario.
  • Esta institución tendrá facultades para regular, planificar, fiscalizar, inspeccionar y sancionar las actividades portuarias en todo el país. También será responsable de coordinar las políticas nacionales del sector y promover nuevas inversiones. 

En el radar. La normativa incorpora un modelo de gobernanza que separa la función reguladora de la operativa. En otras palabras, la APN se encargará de definir y supervisar las reglas, mientras que la explotación comercial de puertos podrá continuar en manos de administradores públicos y privados. 

SUSCRÍBASE A NUESTRO NEWSLETTER DE EMPRESA
  • Otro de los aspectos centrales es que la ley abre formalmente nuevas posibilidades para la participación privada.
  • El decreto crea mecanismos para que inversionistas desarrollen puertos, terminales, muelles, plataformas y otras instalaciones mediante contratos específicos autorizados por el Estado.
  • Entre ellos destaca el Contrato de Administración Portuaria (CAP), que permitirá desarrollar, administrar y explotar infraestructura portuaria bajo reglas previamente establecidas. 

Por qué importa. La legislación también crea el Usufructo Oneroso Portuario (USOP), figura que permitirá a inversionistas utilizar bienes públicos para desarrollar infraestructura portuaria sin que el Estado pierda la propiedad de esos activos.

  • El plazo de estos derechos podrá alcanzar hasta 50 años, con posibilidad de prórroga por otro período similar. 
  • La planificación del crecimiento portuario será otro de los pilares de la reforma. La ley crea el Plan Nacional Integral de Desarrollo Portuario (PLANPORT), instrumento que definirá las áreas aptas para nuevos proyectos, las prioridades de inversión y las metas de modernización del sistema portuario nacional.
  • Tanto operadores públicos como privados deberán ajustar sus planes a este documento.

Lo que sigue. En materia de seguridad, la norma establece que todas las instalaciones portuarias deberán cumplir con el Código Internacional para la Protección de Buques e Instalaciones Portuarias.

  • Además, crea el Comité Nacional de Protección Portuaria, integrado por instituciones como Gobernación, Defensa, SAT, Migración y Ministerio Público, para coordinar acciones contra el contrabando, narcotráfico y otras amenazas vinculadas a la actividad portuaria.
  • La ley también apuesta por la digitalización. La APN deberá crear una ventanilla única y un portal interinstitucional que permita agilizar trámites, reducir el uso de papel y facilitar los procesos logísticos relacionados con el comercio exterior.
  • Otro aspecto relevante es la incorporación de principios de libre competencia, transparencia, rendición de cuentas y certeza jurídica para las inversiones.

En conclusión. La normativa obliga a publicar contratos, fortalecer mecanismos de supervisión y establecer procedimientos para la fiscalización de operadores y administradores portuarios.

  • Aunque el decreto ya fue publicado, su implementación será gradual.
  • La ley fija una etapa de transición para integrar la nueva Autoridad Portuaria Nacional, nombrar a sus autoridades, emitir reglamentos y trasladar funciones actualmente ejercidas por otras entidades.
  • Sin embargo, el primer paso ya está dado: el nuevo marco legal comenzará a regir a inicios de octubre, cuando se cumplan los 30 días establecidos para su entrada en vigencia.

¿Quiere recibir notificaciones de alertas?