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Guatemala prevé concluir en septiembre el reglamento de ley antilavado

Luis Gonzalez
20 de julio, 2026

La Superintendencia de Bancos (SIB) prevé que el reglamento de la nueva Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo esté concluido a mediados de septiembre. Coincidiría con la entrada en vigor de la normativa, prevista para el 17 de septiembre de este año.

Qué destacar. Aunque la ley otorga un plazo de seis meses para desarrollar la reglamentación, las autoridades esperan completarla en aproximadamente tres meses. 

  • El superintendente de Bancos, Saulo de León, explicó que la elaboración del reglamento se concentra principalmente en el componente preventivo de la ley.
  • Es decir, en las obligaciones que deberán cumplir las entidades y personas sujetas a supervisión para reducir los riesgos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.
  • “La reglamentación va enfocada hacia los mecanismos preventivos que las personas obligadas deben tener para el tratamiento con sus clientes”, indicó.

En el radar. La nueva legislación posee dos grandes componentes: uno preventivo y otro represivo. Este último corresponde al Ministerio Público y al Organismo Judicial, encargados de investigar y sancionar los delitos, por lo que no será objeto de reglamentación adicional, subrayó.

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  • Entre los aspectos que son revisados con mayor detalle destacan los procedimientos de conocimiento del cliente, el monitoreo de transacciones y los reportes de operaciones sospechosas.
  • Además, son de especial atención los manuales de cumplimiento y los procesos internos que deberán implementar las personas obligadas para identificar, evaluar y mitigar riesgos.
  • Asimismo, la SIB busca fortalecer el enfoque basado en riesgo, uno de los pilares de la nueva normativa.

Por qué importa. La legislación, aprobada mediante el Decreto 15-2026, unifica en un solo cuerpo legal las disposiciones contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, derogando las leyes que regulaban ambas materias por separado: el Decreto 67-2001 y el Decreto 58-2005.

  • Además, incorpora estándares internacionales promovidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo que establece las directrices globales para combatir los delitos financieros.
  • De León señaló que el reglamento será único, aunque su alcance será amplio debido a que deberá desarrollar los distintos capítulos de la ley.
  • La normativa contiene 128 artículos distribuidos en seis capítulos y amplía el alcance del régimen preventivo, incorporando nuevas obligaciones y sectores sujetos a supervisión. 

Entre líneas. Entre los cambios más relevantes figura la ampliación del universo de personas obligadas, que ahora incluye actividades y profesiones que anteriormente no estaban sujetas a los mismos controles.

  • También se refuerzan las medidas de debida diligencia, la identificación del beneficiario final, la conservación de registros y los sistemas de monitoreo de operaciones. 
  • El funcionario explicó que la primera versión del reglamento está siendo trabajada por el equipo técnico que participó en la formulación de la ley.
  • Posteriormente, la SIB abrirá un proceso de socialización con los sectores más relevantes, principalmente las entidades financieras, para recoger observaciones y asegurar una implementación ordenada.

En conclusión. La aprobación de la ley responde, además, a la necesidad de que Guatemala fortalezca su sistema de prevención y se prepare para la evaluación internacional que realizará el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) en febrero de 2027.

  • Autoridades y especialistas han advertido que contar con un marco legal alineado con los estándares internacionales es fundamental para preservar la confianza en el sistema financiero y reducir el riesgo de que el país enfrente observaciones internacionales en materia de prevención de delitos financieros. 
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Guatemala prevé concluir en septiembre el reglamento de ley antilavado

Luis Gonzalez
20 de julio, 2026

La Superintendencia de Bancos (SIB) prevé que el reglamento de la nueva Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo esté concluido a mediados de septiembre. Coincidiría con la entrada en vigor de la normativa, prevista para el 17 de septiembre de este año.

Qué destacar. Aunque la ley otorga un plazo de seis meses para desarrollar la reglamentación, las autoridades esperan completarla en aproximadamente tres meses. 

  • El superintendente de Bancos, Saulo de León, explicó que la elaboración del reglamento se concentra principalmente en el componente preventivo de la ley.
  • Es decir, en las obligaciones que deberán cumplir las entidades y personas sujetas a supervisión para reducir los riesgos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.
  • “La reglamentación va enfocada hacia los mecanismos preventivos que las personas obligadas deben tener para el tratamiento con sus clientes”, indicó.

En el radar. La nueva legislación posee dos grandes componentes: uno preventivo y otro represivo. Este último corresponde al Ministerio Público y al Organismo Judicial, encargados de investigar y sancionar los delitos, por lo que no será objeto de reglamentación adicional, subrayó.

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  • Entre los aspectos que son revisados con mayor detalle destacan los procedimientos de conocimiento del cliente, el monitoreo de transacciones y los reportes de operaciones sospechosas.
  • Además, son de especial atención los manuales de cumplimiento y los procesos internos que deberán implementar las personas obligadas para identificar, evaluar y mitigar riesgos.
  • Asimismo, la SIB busca fortalecer el enfoque basado en riesgo, uno de los pilares de la nueva normativa.

Por qué importa. La legislación, aprobada mediante el Decreto 15-2026, unifica en un solo cuerpo legal las disposiciones contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, derogando las leyes que regulaban ambas materias por separado: el Decreto 67-2001 y el Decreto 58-2005.

  • Además, incorpora estándares internacionales promovidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo que establece las directrices globales para combatir los delitos financieros.
  • De León señaló que el reglamento será único, aunque su alcance será amplio debido a que deberá desarrollar los distintos capítulos de la ley.
  • La normativa contiene 128 artículos distribuidos en seis capítulos y amplía el alcance del régimen preventivo, incorporando nuevas obligaciones y sectores sujetos a supervisión. 

Entre líneas. Entre los cambios más relevantes figura la ampliación del universo de personas obligadas, que ahora incluye actividades y profesiones que anteriormente no estaban sujetas a los mismos controles.

  • También se refuerzan las medidas de debida diligencia, la identificación del beneficiario final, la conservación de registros y los sistemas de monitoreo de operaciones. 
  • El funcionario explicó que la primera versión del reglamento está siendo trabajada por el equipo técnico que participó en la formulación de la ley.
  • Posteriormente, la SIB abrirá un proceso de socialización con los sectores más relevantes, principalmente las entidades financieras, para recoger observaciones y asegurar una implementación ordenada.

En conclusión. La aprobación de la ley responde, además, a la necesidad de que Guatemala fortalezca su sistema de prevención y se prepare para la evaluación internacional que realizará el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) en febrero de 2027.

  • Autoridades y especialistas han advertido que contar con un marco legal alineado con los estándares internacionales es fundamental para preservar la confianza en el sistema financiero y reducir el riesgo de que el país enfrente observaciones internacionales en materia de prevención de delitos financieros. 

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