CC deja sin efecto el nombramiento de Jonathan Menkos en el BANGUAT
La CC suspendió el nombramiento y ejercicio de Menkos en el BANGUAT y dejó sin efecto lo actuado desde que tomó posesión el 1 de octubre.
La Corte de Constitucionalidad (CC) dejó provisionalmente sin efecto el nombramiento de Jonathan Menkos como presidente del Banco de Guatemala (BANGUAT) y de la Junta Monetaria, tras otorgar amparo provisional en dos acciones que cuestionaron su designación.
- La decisión modifica el escenario abierto el 1 de octubre, cuando Menkos asumió la conducción del banco central para el período 2026-2030. Las acciones planteadas cuestionaron principalmente que pudiera ejercer la Presidencia del BANGUAT mientras mantiene su calidad de diputado electo al Congreso de la República.
Qué destacar. El centro de la controversia es la situación jurídica de Menkos como diputado.
- Fue electo para la legislatura 2024-2028 y en enero de 2024 recibió autorización del Congreso para ausentarse por tiempo indefinido de sus labores legislativas. Posteriormente asumió como ministro de Finanzas Públicas.
- El Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) argumentó en su amparo que ese permiso no extinguió su calidad de diputado ni su curul, sino únicamente suspendió temporalmente el ejercicio de sus funciones.
- Bajo ese razonamiento, Menkos estaría comprendido dentro de las incompatibilidades establecidas por la Ley Orgánica del Banco de Guatemala.
Sí, pero. El presidente Bernardo Arévalo defendió ante la CC una interpretación distinta.
- En el informe circunstanciado requerido por los magistrados, sostuvo que Menkos no necesitaba solicitar una segunda licencia al Congreso porque nunca se reincorporó a su curul después del permiso concedido en 2024.
- El Ejecutivo argumentó que no existió una nueva ausencia que necesitara otra autorización legislativa, pues Menkos permaneció separado de sus funciones parlamentarias.
- La resolución abre ahora una interrogante sobre el futuro político inmediato de Menkos. Si queda apartado provisionalmente del BANGUAT, mantendría su condición de diputado electo con licencia mientras esa situación jurídica no cambie, que es precisamente uno de los elementos sobre los que se construyeron los amparos.
Qué destacar. Eso significa que su condición parlamentaria, incluida la protección asociada al cargo mientras legalmente conserve esa calidad, vuelve al centro de la discusión.
- También quedan abiertos dos posibles movimientos políticos, aunque ninguno puede darse por hecho. Menkos podría intentar solventar el cuestionamiento planteado ante la CC mediante una renuncia a su calidad de diputado y un eventual nuevo nombramiento.
- De hecho, el amparo del CACIF planteó que su renuncia debía ser ratificada personalmente ante el pleno del Congreso, aceptada por este y seguida por la toma de posesión de su sucesor.
- Otra posibilidad sería que Arévalo decidiera incorporarlo nuevamente al Ejecutivo, incluso como ministro de Finanzas. Hasta ahora no existe información que confirme que alguna de estas opciones haya sido decidida, por lo que ambas deben considerarse únicamente escenarios políticos abiertos tras la resolución.
En conclusión. La decisión de la CC representa un revés para una de las designaciones económicas más importantes del gobierno de Arévalo.
- El mandatario había sostenido que el nombramiento era jurídicamente válido y defendió esa posición ante el tribunal.
- Ahora, mientras los amparos continúan su trámite y se resuelve el fondo de la controversia, la incógnita pasa de la permanencia de Menkos en el BANGUAT a qué hará Menkos y qué decisión tomará Arévalo sobre su futuro dentro del Gobierno.
- Mientras tanto, el vicepresidente de la entidad, Alfredo Blanco, continuará al frente de la institución.
CC deja sin efecto el nombramiento de Jonathan Menkos en el BANGUAT
La CC suspendió el nombramiento y ejercicio de Menkos en el BANGUAT y dejó sin efecto lo actuado desde que tomó posesión el 1 de octubre.
La Corte de Constitucionalidad (CC) dejó provisionalmente sin efecto el nombramiento de Jonathan Menkos como presidente del Banco de Guatemala (BANGUAT) y de la Junta Monetaria, tras otorgar amparo provisional en dos acciones que cuestionaron su designación.
- La decisión modifica el escenario abierto el 1 de octubre, cuando Menkos asumió la conducción del banco central para el período 2026-2030. Las acciones planteadas cuestionaron principalmente que pudiera ejercer la Presidencia del BANGUAT mientras mantiene su calidad de diputado electo al Congreso de la República.
Qué destacar. El centro de la controversia es la situación jurídica de Menkos como diputado.
- Fue electo para la legislatura 2024-2028 y en enero de 2024 recibió autorización del Congreso para ausentarse por tiempo indefinido de sus labores legislativas. Posteriormente asumió como ministro de Finanzas Públicas.
- El Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) argumentó en su amparo que ese permiso no extinguió su calidad de diputado ni su curul, sino únicamente suspendió temporalmente el ejercicio de sus funciones.
- Bajo ese razonamiento, Menkos estaría comprendido dentro de las incompatibilidades establecidas por la Ley Orgánica del Banco de Guatemala.
Sí, pero. El presidente Bernardo Arévalo defendió ante la CC una interpretación distinta.
- En el informe circunstanciado requerido por los magistrados, sostuvo que Menkos no necesitaba solicitar una segunda licencia al Congreso porque nunca se reincorporó a su curul después del permiso concedido en 2024.
- El Ejecutivo argumentó que no existió una nueva ausencia que necesitara otra autorización legislativa, pues Menkos permaneció separado de sus funciones parlamentarias.
- La resolución abre ahora una interrogante sobre el futuro político inmediato de Menkos. Si queda apartado provisionalmente del BANGUAT, mantendría su condición de diputado electo con licencia mientras esa situación jurídica no cambie, que es precisamente uno de los elementos sobre los que se construyeron los amparos.
Qué destacar. Eso significa que su condición parlamentaria, incluida la protección asociada al cargo mientras legalmente conserve esa calidad, vuelve al centro de la discusión.
- También quedan abiertos dos posibles movimientos políticos, aunque ninguno puede darse por hecho. Menkos podría intentar solventar el cuestionamiento planteado ante la CC mediante una renuncia a su calidad de diputado y un eventual nuevo nombramiento.
- De hecho, el amparo del CACIF planteó que su renuncia debía ser ratificada personalmente ante el pleno del Congreso, aceptada por este y seguida por la toma de posesión de su sucesor.
- Otra posibilidad sería que Arévalo decidiera incorporarlo nuevamente al Ejecutivo, incluso como ministro de Finanzas. Hasta ahora no existe información que confirme que alguna de estas opciones haya sido decidida, por lo que ambas deben considerarse únicamente escenarios políticos abiertos tras la resolución.
En conclusión. La decisión de la CC representa un revés para una de las designaciones económicas más importantes del gobierno de Arévalo.
- El mandatario había sostenido que el nombramiento era jurídicamente válido y defendió esa posición ante el tribunal.
- Ahora, mientras los amparos continúan su trámite y se resuelve el fondo de la controversia, la incógnita pasa de la permanencia de Menkos en el BANGUAT a qué hará Menkos y qué decisión tomará Arévalo sobre su futuro dentro del Gobierno.
- Mientras tanto, el vicepresidente de la entidad, Alfredo Blanco, continuará al frente de la institución.