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Reformas de último minuto en el TSE generan inquietud antes de la salida de los magistrados

.
Luis Gonzalez
27 de febrero, 2026

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó un paquete de reformas a cuatro reglamentos fundamentales que regirán el proceso electoral de 2027: el Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), el Reglamento de Control y Fiscalización de las Finanzas de las Organizaciones Políticas, el Reglamento de la Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión (UEMEO) y el Reglamento del Voto en el Extranjero.

Qué destacar. Las autoridades justificaron los cambios como parte de un esfuerzo sostenido durante casi dos años para “operativizar” la Ley Electoral y responder a los desafíos que plantea la comunicación política digital, así como la creciente complejidad del financiamiento político y la participación ciudadana desde el extranjero.

  • Este anuncio se hizo en la última reunión con partidos políticos antes del relevo de magistrados previsto para el 20 de marzo de 2026, lo que agrega un matiz político significativo al momento en que se formalizan estas decisiones.
  • Uno de los cambios más relevantes es la aclaración sobre qué constituye campaña anticipada. El TSE estableció que la presencia de figuras políticas en pódcasts, programas de opinión, redes sociales, entrevistas públicas o eventos no se considerará campaña electoral anticipada salvo que incluya un llamado explícito al voto o un favorecimiento directo hacia una candidatura o partido.
  • Esta precisión responde a años de interpretaciones contradictorias del artículo 94 Bis y al ambiente de incertidumbre jurídica que caracterizó el ciclo electoral anterior. La medida se alinea con estándares internacionales que distinguen entre libre expresión y propaganda, aunque deja abiertas interrogantes operativas sobre cómo se determinará cuándo un contenido “favorece” a una candidatura en ausencia de un llamado de voto. 

Sí, pero. El paquete de reformas también amplía y fortalece el rol de la Unidad Especializada sobre Medios y Estudios de Opinión, que ahora deberá monitorear propaganda y proselitismo en tiempo electoral, y también en periodos no electorales, incluyendo medios digitales, redes sociales y espacios emergentes como pódcasts.

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  • Se trata de una evolución natural de ajustes iniciados desde 2016 y reforzados por reformas de 2022 y 2023, que buscaban ampliar su capacidad de supervisión.
  • Sin embargo, el avance normativo no viene acompañado de la publicación de protocolos técnicos detallados, como criterios de atribución de anuncios, parámetros de segmentación digital o procedimientos para identificar financiamiento encubierto en redes sociales.
  • Sin estos estándares, la fiscalización podría volverse discrecional o desigual, especialmente considerando la diversidad de recursos entre los partidos políticos. 

En el radar. En materia de financiamiento político, el TSE informó que se llevaron a cabo ajustes al Reglamento de Control y Fiscalización de las Finanzas con el objetivo de mejorar su operatividad.

  • Estos cambios se suman a reformas previas, como las contenidas en el Acuerdo 602‑2022, que establecieron mayores exigencias de trazabilidad, el uso obligatorio de facturas autorizadas por la SAT y umbrales para la habilitación de libros de financistas.
  • Aunque estas medidas buscan fortalecer la transparencia, persiste el reto estructural de si la Unidad de Control posee la capacidad humana, tecnológica y presupuestaria para fiscalizar pautas digitales, transacciones en línea y contratación de contenidos en tiempo real.
  • Sin estas herramientas, existe el riesgo de que las sanciones, que la ley fija en montos elevados, se apliquen de forma desigual o resulten impracticables. 

Entre líneas. También se reformó el Reglamento del Voto en el Extranjero para facilitar el empadronamiento y el ejercicio del sufragio por parte de la diáspora, especialmente ante la dificultad para obtener el DPI fuera del país.

  • Aunque el ajuste normativo es favorable, aún no se conocen los lineamientos operativos que definirán si estas facilidades se traducirán en un aumento real de participación, históricamente baja en procesos anteriores. 
  • Las reformas ya están vigentes. El acuerdo está fechado el 26 de febrero de 2026, con las firmas autorizadas del TSE.
  • Esta inmediatez normativa, sin embargo, contrasta con el escaso margen para socializar las nuevas reglas con partidos, medios y fiscalizadores, y con la transición inminente de magistrados, quienes podrán revisar o modificar los cambios antes de su aplicación plena en el proceso electoral de 2027.

En conclusión. En conjunto, las reformas representan un intento necesario de actualizar el marco regulatorio a la era digital y a los nuevos patrones de participación política.

  • No obstante, dejan abiertos cuestionamientos críticos vinculados a capacidades institucionales, estándares técnicos y estabilidad normativa.
  • El riesgo de interpretación desigual, judicialización intensa y aplicación parcial persiste mientras no se completen los mecanismos operativos que hagan viable la fiscalización de redes, la verificación de gasto digital y la supervisión rigurosa del financiamiento político.
  • En la antesala de las elecciones de 2027, la solidez de estas reformas dependerá menos de su letra y más de su implementación.
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Reformas de último minuto en el TSE generan inquietud antes de la salida de los magistrados

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27 de febrero, 2026

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó un paquete de reformas a cuatro reglamentos fundamentales que regirán el proceso electoral de 2027: el Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), el Reglamento de Control y Fiscalización de las Finanzas de las Organizaciones Políticas, el Reglamento de la Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión (UEMEO) y el Reglamento del Voto en el Extranjero.

Qué destacar. Las autoridades justificaron los cambios como parte de un esfuerzo sostenido durante casi dos años para “operativizar” la Ley Electoral y responder a los desafíos que plantea la comunicación política digital, así como la creciente complejidad del financiamiento político y la participación ciudadana desde el extranjero.

  • Este anuncio se hizo en la última reunión con partidos políticos antes del relevo de magistrados previsto para el 20 de marzo de 2026, lo que agrega un matiz político significativo al momento en que se formalizan estas decisiones.
  • Uno de los cambios más relevantes es la aclaración sobre qué constituye campaña anticipada. El TSE estableció que la presencia de figuras políticas en pódcasts, programas de opinión, redes sociales, entrevistas públicas o eventos no se considerará campaña electoral anticipada salvo que incluya un llamado explícito al voto o un favorecimiento directo hacia una candidatura o partido.
  • Esta precisión responde a años de interpretaciones contradictorias del artículo 94 Bis y al ambiente de incertidumbre jurídica que caracterizó el ciclo electoral anterior. La medida se alinea con estándares internacionales que distinguen entre libre expresión y propaganda, aunque deja abiertas interrogantes operativas sobre cómo se determinará cuándo un contenido “favorece” a una candidatura en ausencia de un llamado de voto. 

Sí, pero. El paquete de reformas también amplía y fortalece el rol de la Unidad Especializada sobre Medios y Estudios de Opinión, que ahora deberá monitorear propaganda y proselitismo en tiempo electoral, y también en periodos no electorales, incluyendo medios digitales, redes sociales y espacios emergentes como pódcasts.

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  • Se trata de una evolución natural de ajustes iniciados desde 2016 y reforzados por reformas de 2022 y 2023, que buscaban ampliar su capacidad de supervisión.
  • Sin embargo, el avance normativo no viene acompañado de la publicación de protocolos técnicos detallados, como criterios de atribución de anuncios, parámetros de segmentación digital o procedimientos para identificar financiamiento encubierto en redes sociales.
  • Sin estos estándares, la fiscalización podría volverse discrecional o desigual, especialmente considerando la diversidad de recursos entre los partidos políticos. 

En el radar. En materia de financiamiento político, el TSE informó que se llevaron a cabo ajustes al Reglamento de Control y Fiscalización de las Finanzas con el objetivo de mejorar su operatividad.

  • Estos cambios se suman a reformas previas, como las contenidas en el Acuerdo 602‑2022, que establecieron mayores exigencias de trazabilidad, el uso obligatorio de facturas autorizadas por la SAT y umbrales para la habilitación de libros de financistas.
  • Aunque estas medidas buscan fortalecer la transparencia, persiste el reto estructural de si la Unidad de Control posee la capacidad humana, tecnológica y presupuestaria para fiscalizar pautas digitales, transacciones en línea y contratación de contenidos en tiempo real.
  • Sin estas herramientas, existe el riesgo de que las sanciones, que la ley fija en montos elevados, se apliquen de forma desigual o resulten impracticables. 

Entre líneas. También se reformó el Reglamento del Voto en el Extranjero para facilitar el empadronamiento y el ejercicio del sufragio por parte de la diáspora, especialmente ante la dificultad para obtener el DPI fuera del país.

  • Aunque el ajuste normativo es favorable, aún no se conocen los lineamientos operativos que definirán si estas facilidades se traducirán en un aumento real de participación, históricamente baja en procesos anteriores. 
  • Las reformas ya están vigentes. El acuerdo está fechado el 26 de febrero de 2026, con las firmas autorizadas del TSE.
  • Esta inmediatez normativa, sin embargo, contrasta con el escaso margen para socializar las nuevas reglas con partidos, medios y fiscalizadores, y con la transición inminente de magistrados, quienes podrán revisar o modificar los cambios antes de su aplicación plena en el proceso electoral de 2027.

En conclusión. En conjunto, las reformas representan un intento necesario de actualizar el marco regulatorio a la era digital y a los nuevos patrones de participación política.

  • No obstante, dejan abiertos cuestionamientos críticos vinculados a capacidades institucionales, estándares técnicos y estabilidad normativa.
  • El riesgo de interpretación desigual, judicialización intensa y aplicación parcial persiste mientras no se completen los mecanismos operativos que hagan viable la fiscalización de redes, la verificación de gasto digital y la supervisión rigurosa del financiamiento político.
  • En la antesala de las elecciones de 2027, la solidez de estas reformas dependerá menos de su letra y más de su implementación.

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