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Presupuesto 2025: ilegalidades y poca transparencia

.
Marimaite Rayo
08 de noviembre, 2024

En entregas anteriores se señalaron las irresponsabilidades contenidas en el proyecto de presupuesto de 2025.  

  • Existe una evidente indisciplina fiscal, dado que el presupuesto sobrepasa el déficit recomendado para el país. Por otro lado, no se fijan prioridades y ello refleja cortoplacismo.
  • No obstante, dado que la iniciativa presentada por el Ejecutivo todavía debe superar la aprobación de la Comisión de Finanzas y por el Pleno del Congreso, la enmienda de estas deficiencias es necesaria, con el fin de no arriesgar la estabilidad económica.
  • Expertos también señalaron faltas de forma en la redacción y el contenido de la iniciativa, debido al incumplimiento de normas que ponen en duda la legalidad del proyecto.  

Lo indispensable. Durante la campaña electoral, el hoy partido de gobierno prometió que avanzarían cambios sistemáticos en las normas presupuestarias para garantizar mayor transparencia. Sin embargo, no solo se han mantenido las mismas reglas de las administraciones anteriores, sino que también plantea la posibilidad de profundizar la irresponsabilidad en el gasto.  

  • Una disposición que refleja las sombras del proyecto se relaciona con el uso de la deuda pública para el gasto corriente, lo cual está prohibido por el artículo 61 de la Ley Orgánica del Presupuesto (LOP).
  • No obstante, el artículo 55 de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, que establece los componentes de convenios de préstamos externos, dispone que se podrán programar gastos de funcionamiento con recursos de préstamos externos. Asimismo, el artículo 60, literal b), sobre las disposiciones de los Bonos del Tesoro, establece excepciones al artículo 61 de la LOP.
  • Aunque la LOP y la Ley del Presupuesto anual son aprobadas y modificadas por igual procedimiento, debido a la jerarquía normativa, en caso de conflicto entre estas dos, la ley específica, la LOP debe prevalecer.  

Entre líneas. Otro hito histórico que marca este proyecto de presupuesto se refiere al incumplimiento de la norma que obliga a escuchar la opinión de la Junta Monetaria (JM).  

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  • De acuerdo con el artículo 171 i) de la Constitución Política y el artículo 67 de la LOP, cuando el gobierno contemple la posibilidad de endeudamiento para financiar los gastos corrientes del gobierno, este debe consultar con la JM. La finalidad de esta práctica es evitar la estabilidad macroeconómica del país, quedando supeditada a intereses políticos.
  • Esta justificación técnica es de suma importancia, especialmente si se toma en cuenta que el Presupuesto 2025 plantea que más del 20 % del gasto corriente se financiará con deuda, según datos del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (ICEFI).
  • No obstante, a pesar de que se está a menos de un mes de la discusión de la Ley de Presupuesto, el gobierno no ha consultado con la JM, la primera vez en la historia.  

En perspectiva. Tomando en cuenta los riesgos que plantea este proyecto de presupuesto, los expertos han manifestado que el Congreso se encuentra en una posición no solo de enmendar las disposiciones que ponen en duda la legalidad del proyecto, sino que también de incluir normas que aumenten la transparencia y la calidad de gasto de los recursos.  

  • Entre las normas que aumentarían la calidad de gasto, destaca la prohibición de gastos superfluos, el fortalecimiento de los mecanismos de preinversión y la inclusión de normas para mejorar el control del presupuesto destinado a los Consejos de Desarrollo.
  • Asimismo, debido al precedente que se está sentando con el aumento del déficit fiscal, sería conveniente incluir un marco legal que establezca reglas de responsabilidad fiscal que favorezcan la sostenibilidad.
  • En síntesis: la Ley de Presupuesto anual debiera de contener indicadores de déficit fiscal y de ahorro corriente, de manera que sirvan de parámetros para el diseño y aprobación de presupuestos posteriores.  

En conclusión. Esta falta de atención al mantenimiento de las formas en la redacción y contenido del presupuesto evidencia la falta de experiencia en los cuadros de la administración, y sugiere una intención por avanzar hacia la no aprobación del presupuesto.  

  • El Presupuesto 2025 podría convertirse en el parteaguas para el gobierno del presidente Bernardo Arévalo, dado que, así como podría convertirse en un ejemplo de irresponsabilidad financiera en la administración, también podría consolidar el compromiso con la transparencia y calidad del gasto.
  • La justificación técnica de la iniciativa es fundamental, especialmente en cuanto al cumplimiento de la normativa; de lo contrario, la improbación del proyecto podrá ser una excusa más para la falta de ejecución gubernamental. 
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Presupuesto 2025: ilegalidades y poca transparencia

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Marimaite Rayo
08 de noviembre, 2024

En entregas anteriores se señalaron las irresponsabilidades contenidas en el proyecto de presupuesto de 2025.  

  • Existe una evidente indisciplina fiscal, dado que el presupuesto sobrepasa el déficit recomendado para el país. Por otro lado, no se fijan prioridades y ello refleja cortoplacismo.
  • No obstante, dado que la iniciativa presentada por el Ejecutivo todavía debe superar la aprobación de la Comisión de Finanzas y por el Pleno del Congreso, la enmienda de estas deficiencias es necesaria, con el fin de no arriesgar la estabilidad económica.
  • Expertos también señalaron faltas de forma en la redacción y el contenido de la iniciativa, debido al incumplimiento de normas que ponen en duda la legalidad del proyecto.  

Lo indispensable. Durante la campaña electoral, el hoy partido de gobierno prometió que avanzarían cambios sistemáticos en las normas presupuestarias para garantizar mayor transparencia. Sin embargo, no solo se han mantenido las mismas reglas de las administraciones anteriores, sino que también plantea la posibilidad de profundizar la irresponsabilidad en el gasto.  

  • Una disposición que refleja las sombras del proyecto se relaciona con el uso de la deuda pública para el gasto corriente, lo cual está prohibido por el artículo 61 de la Ley Orgánica del Presupuesto (LOP).
  • No obstante, el artículo 55 de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, que establece los componentes de convenios de préstamos externos, dispone que se podrán programar gastos de funcionamiento con recursos de préstamos externos. Asimismo, el artículo 60, literal b), sobre las disposiciones de los Bonos del Tesoro, establece excepciones al artículo 61 de la LOP.
  • Aunque la LOP y la Ley del Presupuesto anual son aprobadas y modificadas por igual procedimiento, debido a la jerarquía normativa, en caso de conflicto entre estas dos, la ley específica, la LOP debe prevalecer.  

Entre líneas. Otro hito histórico que marca este proyecto de presupuesto se refiere al incumplimiento de la norma que obliga a escuchar la opinión de la Junta Monetaria (JM).  

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  • De acuerdo con el artículo 171 i) de la Constitución Política y el artículo 67 de la LOP, cuando el gobierno contemple la posibilidad de endeudamiento para financiar los gastos corrientes del gobierno, este debe consultar con la JM. La finalidad de esta práctica es evitar la estabilidad macroeconómica del país, quedando supeditada a intereses políticos.
  • Esta justificación técnica es de suma importancia, especialmente si se toma en cuenta que el Presupuesto 2025 plantea que más del 20 % del gasto corriente se financiará con deuda, según datos del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (ICEFI).
  • No obstante, a pesar de que se está a menos de un mes de la discusión de la Ley de Presupuesto, el gobierno no ha consultado con la JM, la primera vez en la historia.  

En perspectiva. Tomando en cuenta los riesgos que plantea este proyecto de presupuesto, los expertos han manifestado que el Congreso se encuentra en una posición no solo de enmendar las disposiciones que ponen en duda la legalidad del proyecto, sino que también de incluir normas que aumenten la transparencia y la calidad de gasto de los recursos.  

  • Entre las normas que aumentarían la calidad de gasto, destaca la prohibición de gastos superfluos, el fortalecimiento de los mecanismos de preinversión y la inclusión de normas para mejorar el control del presupuesto destinado a los Consejos de Desarrollo.
  • Asimismo, debido al precedente que se está sentando con el aumento del déficit fiscal, sería conveniente incluir un marco legal que establezca reglas de responsabilidad fiscal que favorezcan la sostenibilidad.
  • En síntesis: la Ley de Presupuesto anual debiera de contener indicadores de déficit fiscal y de ahorro corriente, de manera que sirvan de parámetros para el diseño y aprobación de presupuestos posteriores.  

En conclusión. Esta falta de atención al mantenimiento de las formas en la redacción y contenido del presupuesto evidencia la falta de experiencia en los cuadros de la administración, y sugiere una intención por avanzar hacia la no aprobación del presupuesto.  

  • El Presupuesto 2025 podría convertirse en el parteaguas para el gobierno del presidente Bernardo Arévalo, dado que, así como podría convertirse en un ejemplo de irresponsabilidad financiera en la administración, también podría consolidar el compromiso con la transparencia y calidad del gasto.
  • La justificación técnica de la iniciativa es fundamental, especialmente en cuanto al cumplimiento de la normativa; de lo contrario, la improbación del proyecto podrá ser una excusa más para la falta de ejecución gubernamental. 

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