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CC suspende cuatro artículos del presupuesto 2025 por recurso planteado por el CACIF

.
Luis Gonzalez
30 de enero, 2025

La Corte de Constitucionalidad (CC), suspendió de manera provisional cuatro artículos del presupuesto 2025 por recurso de inconstitucionalidad planteado por el CACIF.

Es noticia. Por unanimidad, los magistrados resolvieron dejar en suspenso provisional los artículos impugnados por el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF).

  • El recurso planteado señala que los artículos 118, 130, 135 y 137 del Decreto 36-2024 contravienen la ley.
  • Sobre el artículo 118, que trata de la ampliación al presupuesto 2025, el sector privado organizado indica que viola los artículos 171, 175 y 154 de la Constitución.
  • La ilegalidad señalada es que se pretende otorgar al Ministerio de Finanzas la facultad de aprobar una ampliación presupuestaria por GTQ 2 000M, responsabilidad que solo compete el Congreso de la República.

En perspectiva. El articulo 130 denunciado, que se refiere a la asignación de recursos para el Régimen de Clases Pasivas y Civiles del Estado, viola los articulos 171, 175 y 154 constitucionales.

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  • La ilegalidad es que, de nuevo, se otorga la facultad al Ministerio de Finanzas Públicas de ampliar el presupuesto 2025 por medio de un acuerdo gubernativo, lo que solo compete al Organismo Legislativo.
  • Sobre el articulo 135, ampliación a los Consejos Departamentales de Desarrollo, de nuevo se indica que viola los artículos 171, 175 y 154, porque se faculta al Ministerio de Finanzas Públicas ampliar el presupuesto 2025, lo que corresponde solo al Congreso, según la Constitución de la República.
  • En relación con el artículo 137, ampliación a Ley de Desarrollo Integral, se indica que viola los artículos 171, 175 y 154. El argumento es similar a los otros tres. Se faculta al Ministerio de Finanzas Públicas modificar el presupuesto mediante acuerdo gubernativo, contra lo que manda la Constitución de la República.

Por qué importa. Contra el presupuesto 2025 se plantearon cuatro acciones de inconstitucionalidad. Dos, que solicitaron anular por completo el Decreto 36-2025, no prosperaron.

  • Esta vez la acción legal del CACIF fue atendida porque se observa que existen probables ilegalidades en el decreto que dio vida al presupuesto 2025.
  • El plan de gastos e ingresos de este año fue criticado por varios aspectos. Primero por elevado monto que pasó de GTQ 131 000M a GTQ 152 000M. Luego por el aporte extraordinario de GTQ 5 000M aprobado por la Comisión de Finanzas del Congreso para los Consejos Departamentales de Desarrollo.
  • Además, se señalaron algunas probables contradicciones y que los diputados oficialistas usaron el presupuesto como instrumento político para reformar la Ley contra el Crimen Organizado y para aprobar la Ley de la Policía Nacional Civil, entre otros objetivos.
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CC suspende cuatro artículos del presupuesto 2025 por recurso planteado por el CACIF

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Luis Gonzalez
30 de enero, 2025

La Corte de Constitucionalidad (CC), suspendió de manera provisional cuatro artículos del presupuesto 2025 por recurso de inconstitucionalidad planteado por el CACIF.

Es noticia. Por unanimidad, los magistrados resolvieron dejar en suspenso provisional los artículos impugnados por el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF).

  • El recurso planteado señala que los artículos 118, 130, 135 y 137 del Decreto 36-2024 contravienen la ley.
  • Sobre el artículo 118, que trata de la ampliación al presupuesto 2025, el sector privado organizado indica que viola los artículos 171, 175 y 154 de la Constitución.
  • La ilegalidad señalada es que se pretende otorgar al Ministerio de Finanzas la facultad de aprobar una ampliación presupuestaria por GTQ 2 000M, responsabilidad que solo compete el Congreso de la República.

En perspectiva. El articulo 130 denunciado, que se refiere a la asignación de recursos para el Régimen de Clases Pasivas y Civiles del Estado, viola los articulos 171, 175 y 154 constitucionales.

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  • La ilegalidad es que, de nuevo, se otorga la facultad al Ministerio de Finanzas Públicas de ampliar el presupuesto 2025 por medio de un acuerdo gubernativo, lo que solo compete al Organismo Legislativo.
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  • En relación con el artículo 137, ampliación a Ley de Desarrollo Integral, se indica que viola los artículos 171, 175 y 154. El argumento es similar a los otros tres. Se faculta al Ministerio de Finanzas Públicas modificar el presupuesto mediante acuerdo gubernativo, contra lo que manda la Constitución de la República.

Por qué importa. Contra el presupuesto 2025 se plantearon cuatro acciones de inconstitucionalidad. Dos, que solicitaron anular por completo el Decreto 36-2025, no prosperaron.

  • Esta vez la acción legal del CACIF fue atendida porque se observa que existen probables ilegalidades en el decreto que dio vida al presupuesto 2025.
  • El plan de gastos e ingresos de este año fue criticado por varios aspectos. Primero por elevado monto que pasó de GTQ 131 000M a GTQ 152 000M. Luego por el aporte extraordinario de GTQ 5 000M aprobado por la Comisión de Finanzas del Congreso para los Consejos Departamentales de Desarrollo.
  • Además, se señalaron algunas probables contradicciones y que los diputados oficialistas usaron el presupuesto como instrumento político para reformar la Ley contra el Crimen Organizado y para aprobar la Ley de la Policía Nacional Civil, entre otros objetivos.

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