CC revoca fallo que devolvía bienes a Otto Pérez Molina
CC revoca fallo que devolvía bienes ligados a Pérez Molina y reabre proceso sobre 10 fincas y Q1.4 millones extinguidos a favor del Estado.
La Corte de Constitucionalidad (CC) dio un nuevo giro al proceso de extinción de dominio relacionado con bienes vinculados al expresidente Otto Pérez Molina.
- El Ministerio Público (MP) informó que el 5 de octubre de 2026 la máxima corte del país declaró con lugar una apelación de amparo presentada por la institución, dejando sin efecto una resolución que favorecía la restitución de bienes extinguidos a favor del Estado.
Fisgón histórico. El caso se remonta al 5 de junio de 2025, cuando el Juzgado de Primera Instancia de Extinción de Dominio resolvió declarar con lugar la acción promovida por el MP sobre diez fincas ubicadas en el municipio de Zaragoza, Chimaltenango, inscritas a nombre de la entidad Vista Servicios Electrónicos, S. A.
- Además, la resolución incluyó la extinción de GTQ1.4M presuntamente vinculados con Pérez Molina.
- Sin embargo, el proceso dio un vuelco pocas semanas después. La entidad Vista Servicios Electrónicos, S. A. presentó un recurso de apelación ante la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones de Mayor Riesgo y Extinción de Dominio.
- El 3 de julio de 2025, esa instancia resolvió revocar la sentencia de primera instancia y dejó sin efecto la extinción de dominio decretada en favor del Estado de Guatemala.
En el radar. Esa decisión, el Ministerio Público promovió el 31 de julio de 2025 una acción constitucional de amparo ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), con el objetivo de revertir el fallo. No obstante, la solicitud fue rechazada el 22 de enero de 2026.
- Posteriormente, la Fiscalía acudió a la Corte de Constitucionalidad mediante una apelación de amparo. Según informó el MP, la CC resolvió otorgar el amparo solicitado y revocó la resolución que había favorecido la devolución de los bienes, constituyendo un nuevo avance para las pretensiones del Estado dentro del proceso de extinción de dominio.
- Entre los bienes en disputa figuran diez inmuebles localizados en Zaragoza, Chimaltenango, así como más de GTQ1.4M en efectivo.
- La investigación sostiene que estos activos mantienen vinculación con el exmandatario y, por esa razón, fueron objeto de la acción de extinción de dominio promovida por la Fiscalía.
En conclusión. El Ministerio Público destacó que la resolución de la CC representa un avance procesal importante dentro de las acciones impulsadas para que los bienes permanezcan a favor del Estado.
- No obstante, aclaró que el expediente aún no ha concluido y continúa sujeto a las resoluciones judiciales que correspondan en las siguientes etapas del proceso.
- La institución señaló que continuará ejerciendo las acciones legales pertinentes en cumplimiento de su mandato constitucional, respetando el debido proceso y la objetividad que exige la ley.
- La decisión de la Corte de Constitucionalidad reabre así el camino para que los bienes vinculados al caso permanezcan bajo control estatal mientras se resuelve de manera definitiva la controversia judicial.
CC revoca fallo que devolvía bienes a Otto Pérez Molina
CC revoca fallo que devolvía bienes ligados a Pérez Molina y reabre proceso sobre 10 fincas y Q1.4 millones extinguidos a favor del Estado.
La Corte de Constitucionalidad (CC) dio un nuevo giro al proceso de extinción de dominio relacionado con bienes vinculados al expresidente Otto Pérez Molina.
- El Ministerio Público (MP) informó que el 5 de octubre de 2026 la máxima corte del país declaró con lugar una apelación de amparo presentada por la institución, dejando sin efecto una resolución que favorecía la restitución de bienes extinguidos a favor del Estado.
Fisgón histórico. El caso se remonta al 5 de junio de 2025, cuando el Juzgado de Primera Instancia de Extinción de Dominio resolvió declarar con lugar la acción promovida por el MP sobre diez fincas ubicadas en el municipio de Zaragoza, Chimaltenango, inscritas a nombre de la entidad Vista Servicios Electrónicos, S. A.
- Además, la resolución incluyó la extinción de GTQ1.4M presuntamente vinculados con Pérez Molina.
- Sin embargo, el proceso dio un vuelco pocas semanas después. La entidad Vista Servicios Electrónicos, S. A. presentó un recurso de apelación ante la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones de Mayor Riesgo y Extinción de Dominio.
- El 3 de julio de 2025, esa instancia resolvió revocar la sentencia de primera instancia y dejó sin efecto la extinción de dominio decretada en favor del Estado de Guatemala.
En el radar. Esa decisión, el Ministerio Público promovió el 31 de julio de 2025 una acción constitucional de amparo ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), con el objetivo de revertir el fallo. No obstante, la solicitud fue rechazada el 22 de enero de 2026.
- Posteriormente, la Fiscalía acudió a la Corte de Constitucionalidad mediante una apelación de amparo. Según informó el MP, la CC resolvió otorgar el amparo solicitado y revocó la resolución que había favorecido la devolución de los bienes, constituyendo un nuevo avance para las pretensiones del Estado dentro del proceso de extinción de dominio.
- Entre los bienes en disputa figuran diez inmuebles localizados en Zaragoza, Chimaltenango, así como más de GTQ1.4M en efectivo.
- La investigación sostiene que estos activos mantienen vinculación con el exmandatario y, por esa razón, fueron objeto de la acción de extinción de dominio promovida por la Fiscalía.
En conclusión. El Ministerio Público destacó que la resolución de la CC representa un avance procesal importante dentro de las acciones impulsadas para que los bienes permanezcan a favor del Estado.
- No obstante, aclaró que el expediente aún no ha concluido y continúa sujeto a las resoluciones judiciales que correspondan en las siguientes etapas del proceso.
- La institución señaló que continuará ejerciendo las acciones legales pertinentes en cumplimiento de su mandato constitucional, respetando el debido proceso y la objetividad que exige la ley.
- La decisión de la Corte de Constitucionalidad reabre así el camino para que los bienes vinculados al caso permanezcan bajo control estatal mientras se resuelve de manera definitiva la controversia judicial.