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Carta abierta del Director Editorial de República a Ana Glenda Tager

República responde a la Secretaría Privada de la Presidencia y defiende su publicación, sus fuentes y el derecho a informar sin presiones.

Jose Fernando Orellana
07 de octubre, 2026

Licenciada Alvarado:

Hemos recibido su carta de esta fecha, dirigida a nuestro jefe de Redacción, en la que la Secretaría Privada de la Presidencia nos instruye —no encontramos verbo más exacto— a rectificar nuestra nota, a incorporar a ella la versión oficial y a pedir perdón a nuestros lectores. La leímos con la atención que merece todo documento que empieza elogiando a la prensa y termina pretendiendo dictarle el texto. Es un género de larga tradición en nuestra vida pública: el de quienes celebran la libertad de expresión en el primer párrafo y se proponen administrarla en el último.

Le respondemos con la ley en la mano, que es el único idioma en que República acepta discutir lo que publica.

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El artículo 35 de la Constitución reconoce a quienes se creyeren ofendidos el derecho a la publicación de sus defensas, aclaraciones y rectificaciones. La Ley de Emisión del Pensamiento, de rango constitucional, regula ese derecho en su capítulo IV con una precisión que no deja margen a la imaginación administrativa. El medio debe publicar la aclaración que le envíe la persona aludida (art. 37). Esa aclaración debe ceñirse a los hechos (art. 38), publicarse íntegra y gratuitamente en el mismo espacio de la alusión (arts. 39 y 40) y no exceder el doble de la extensión original (art. 41).

Ahí termina la obligación. La ley concede al aludido una tribuna; su carta pretende, además, la pluma, el tintero y la penitencia. En ninguna línea de la ley se obliga a un medio a enmendar su propio texto, a suscribir como verdad la versión del Gobierno ni a disculparse con su audiencia. Usted nos pide las tres cosas.

Para los funcionarios públicos, la Constitución y la ley reservan, además, una vía específica: el Tribunal de Honor (art. 35 constitucional y arts. 71 a 77 de la ley). Aun ese tribunal se limita a declarar si los hechos son inexactos o los cargos infundados, y el artículo 77 deja la presentación de excusas a la libre voluntad del medio, «si lo desea». Si un tribunal integrado conforme a la ley no puede imponernos una disculpa, comprenderá usted que tampoco lo logrará una carta con membrete.

El derecho de aclaración es personalísimo. El artículo 37 lo reconoce a quien sea «directa y personalmente» aludido, y el artículo 43 solo permite que lo ejerzan terceros —el cónyuge o los parientes— cuando el interesado esté impedido o haya fallecido. La ley no conoce la figura del aclarante por interpósita persona, ni mucho menos la del desmentido por delegación.

Hay en su carta algo involuntariamente elocuente. La Secretaría Privada nos reprocha no haber buscado la versión de la licenciada Ana Glenda Tager, y para hacerlo nos envía una carta que la licenciada Tager no firma. Reclama acceso a la prensa en nombre de una funcionaria que ha hecho del silencio su política de comunicación: no concede entrevistas, no atiende consultas y, según constatamos hoy, tampoco escribe sus propias cartas. Su negativa «rotunda» nos llega en tercera persona, redactada por otra mano y remitida desde otro correo. Pocas veces se ha ilustrado con tanta nitidez el viejo refrán de tirar la piedra y esconder la mano: la piedra trae membrete oficial; la mano, por lo visto, no está disponible.

Por ello, República no tiene por recibida solicitud alguna de aclaración mientras no provenga de la propia licenciada Tager, suscrita por ella y remitida desde su propio correo. No es un formalismo; es lo que exige la ley. Y es, convendrá usted, lo mínimo que cabe esperar de quien se dice agraviada.

La nota del 2 de octubre atribuye la información a fuentes del Congreso desde su propio titular, y advierte al lector que los ofrecimientos no han podido comprobarse documentalmente y que provienen de fuentes legislativas que pidieron reserva. Su carta cita esa advertencia como si fuera una confesión. Es exactamente lo contrario: es la marca del rigor. Un medio que expone ante el lector los límites de su prueba no oculta nada; hace su oficio. Ya quisiéramos ver al Gobierno aplicar ese mismo estándar de transparencia a sus propios actos.

La reserva de las fuentes no es un capricho editorial, sino una garantía. La Constitución declara libre el acceso a las fuentes de información y prohíbe a cualquier autoridad limitarlo (art. 35), y la Ley de Emisión del Pensamiento declara irrestricta la libertad de información (art. 5). La misma Constitución dispone que no constituyen delito ni falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos, principio que la ley reitera en su artículo 35. La gestión de votos para elegir al contralor general de Cuentas, de haber ocurrido, no pertenece a la intimidad de la secretaria privada. Es, por definición, un acto de poder público, y su escrutinio es de interés general.

Tampoco desconocemos las competencias legales de la Secretaría Privada, que su carta enumera con un esmero digno de mejor causa. Pero la nota no afirma que la Secretaría administre los CODEDE; informa, según sus fuentes, que su titular habría intervenido en una negociación política. Que una gestión no figure en el organigrama de un funcionario no prueba que no la haya realizado. En este gobierno, como en tantos otros, lo verdaderamente interesante suele ocurrir fuera del organigrama.

Su carta no lo dice con todas sus letras —sería pedir demasiado a un texto que la aludida no se atrevió a firmar—, pero lo insinúa con toda claridad: que en República se publican falsedades. Permítanos devolverle la insinuación, con una diferencia: nosotros sí la firmamos. Eso mismo pensamos en República de la palabra de este gobierno.

La distancia entre ambas posiciones es de método. Nosotros publicamos con nombre, fecha y firma; advertimos al lector los límites de nuestra prueba, y respondemos ante los jurados y tribunales que la ley establece. El Gobierno, en cambio, responde con cartas de terceros, con secretarios que no contestan y con funcionarias que no dan la cara.

Ninguna norma obliga a un medio a obtener la venia del aludido para publicar. Contrastar es una buena práctica, y República la ejerce cuando la verificación de las fuentes deja dudas que solo el aludido puede despejar. No es un permiso que deba tramitarse ante la autoridad antes de informar sobre ella.

Y ya que su carta invoca a la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia, permítanos una precisión que no es nuestro argumento, sino apenas una constancia. Desde que Santiago Palomo dejó esa secretaría, en noviembre de 2025, nuestras consultas habitan un limbo administrativo del que solo salen cuando al Gobierno le conviene, y a la hora que le conviene. Que sea ahora el Ejecutivo quien nos imparta lecciones de contraste tiene la gracia involuntaria del pirómano que recomienda extintores.

Su carta se desvela por el derecho de la licenciada Tager a ser escuchada. Lo tomamos tan en serio que le ofrecemos algo más generoso que lo que la ley exige: una entrevista inédita, grabada en los estudios de República, en la que podrá aclarar cuanto estime necesario y explicar a la ciudadanía su papel en este gobierno, incluida su participación, o la ausencia de ella, en la elección del contralor.

La invitación es para ella, no para una vocera. Quedamos a la espera de que nos confirme día y hora. No dudamos de que una funcionaria tan celosa de su reputación sabrá aprovecharla.

Mientras su carta viajaba hacia nuestra Redacción, el Congreso eligió contralor general de Cuentas a Élfego Castañón González, hermano del diputado Duvalier Castañón, con 154 votos. La realidad, como ve, tiene la descortés costumbre de no esperar a las rectificaciones.

Le compartimos, para su conocimiento y el de la licenciada Tager, nuestra publicación de hoy sobre el particular: El Mirador: «El biotopo de los quetzales». Creemos conveniente que se den por enterados. A juzgar por la celeridad de su carta, la lectura de República no les es ajena.

República se mantiene en todo lo publicado.

Atentamente,

José Fernando Orellana Wer 

Director Editorial 

República

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Carta abierta del Director Editorial de República a Ana Glenda Tager

República responde a la Secretaría Privada de la Presidencia y defiende su publicación, sus fuentes y el derecho a informar sin presiones.

Jose Fernando Orellana
07 de octubre, 2026

Licenciada Alvarado:

Hemos recibido su carta de esta fecha, dirigida a nuestro jefe de Redacción, en la que la Secretaría Privada de la Presidencia nos instruye —no encontramos verbo más exacto— a rectificar nuestra nota, a incorporar a ella la versión oficial y a pedir perdón a nuestros lectores. La leímos con la atención que merece todo documento que empieza elogiando a la prensa y termina pretendiendo dictarle el texto. Es un género de larga tradición en nuestra vida pública: el de quienes celebran la libertad de expresión en el primer párrafo y se proponen administrarla en el último.

Le respondemos con la ley en la mano, que es el único idioma en que República acepta discutir lo que publica.

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El artículo 35 de la Constitución reconoce a quienes se creyeren ofendidos el derecho a la publicación de sus defensas, aclaraciones y rectificaciones. La Ley de Emisión del Pensamiento, de rango constitucional, regula ese derecho en su capítulo IV con una precisión que no deja margen a la imaginación administrativa. El medio debe publicar la aclaración que le envíe la persona aludida (art. 37). Esa aclaración debe ceñirse a los hechos (art. 38), publicarse íntegra y gratuitamente en el mismo espacio de la alusión (arts. 39 y 40) y no exceder el doble de la extensión original (art. 41).

Ahí termina la obligación. La ley concede al aludido una tribuna; su carta pretende, además, la pluma, el tintero y la penitencia. En ninguna línea de la ley se obliga a un medio a enmendar su propio texto, a suscribir como verdad la versión del Gobierno ni a disculparse con su audiencia. Usted nos pide las tres cosas.

Para los funcionarios públicos, la Constitución y la ley reservan, además, una vía específica: el Tribunal de Honor (art. 35 constitucional y arts. 71 a 77 de la ley). Aun ese tribunal se limita a declarar si los hechos son inexactos o los cargos infundados, y el artículo 77 deja la presentación de excusas a la libre voluntad del medio, «si lo desea». Si un tribunal integrado conforme a la ley no puede imponernos una disculpa, comprenderá usted que tampoco lo logrará una carta con membrete.

El derecho de aclaración es personalísimo. El artículo 37 lo reconoce a quien sea «directa y personalmente» aludido, y el artículo 43 solo permite que lo ejerzan terceros —el cónyuge o los parientes— cuando el interesado esté impedido o haya fallecido. La ley no conoce la figura del aclarante por interpósita persona, ni mucho menos la del desmentido por delegación.

Hay en su carta algo involuntariamente elocuente. La Secretaría Privada nos reprocha no haber buscado la versión de la licenciada Ana Glenda Tager, y para hacerlo nos envía una carta que la licenciada Tager no firma. Reclama acceso a la prensa en nombre de una funcionaria que ha hecho del silencio su política de comunicación: no concede entrevistas, no atiende consultas y, según constatamos hoy, tampoco escribe sus propias cartas. Su negativa «rotunda» nos llega en tercera persona, redactada por otra mano y remitida desde otro correo. Pocas veces se ha ilustrado con tanta nitidez el viejo refrán de tirar la piedra y esconder la mano: la piedra trae membrete oficial; la mano, por lo visto, no está disponible.

Por ello, República no tiene por recibida solicitud alguna de aclaración mientras no provenga de la propia licenciada Tager, suscrita por ella y remitida desde su propio correo. No es un formalismo; es lo que exige la ley. Y es, convendrá usted, lo mínimo que cabe esperar de quien se dice agraviada.

La nota del 2 de octubre atribuye la información a fuentes del Congreso desde su propio titular, y advierte al lector que los ofrecimientos no han podido comprobarse documentalmente y que provienen de fuentes legislativas que pidieron reserva. Su carta cita esa advertencia como si fuera una confesión. Es exactamente lo contrario: es la marca del rigor. Un medio que expone ante el lector los límites de su prueba no oculta nada; hace su oficio. Ya quisiéramos ver al Gobierno aplicar ese mismo estándar de transparencia a sus propios actos.

La reserva de las fuentes no es un capricho editorial, sino una garantía. La Constitución declara libre el acceso a las fuentes de información y prohíbe a cualquier autoridad limitarlo (art. 35), y la Ley de Emisión del Pensamiento declara irrestricta la libertad de información (art. 5). La misma Constitución dispone que no constituyen delito ni falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos, principio que la ley reitera en su artículo 35. La gestión de votos para elegir al contralor general de Cuentas, de haber ocurrido, no pertenece a la intimidad de la secretaria privada. Es, por definición, un acto de poder público, y su escrutinio es de interés general.

Tampoco desconocemos las competencias legales de la Secretaría Privada, que su carta enumera con un esmero digno de mejor causa. Pero la nota no afirma que la Secretaría administre los CODEDE; informa, según sus fuentes, que su titular habría intervenido en una negociación política. Que una gestión no figure en el organigrama de un funcionario no prueba que no la haya realizado. En este gobierno, como en tantos otros, lo verdaderamente interesante suele ocurrir fuera del organigrama.

Su carta no lo dice con todas sus letras —sería pedir demasiado a un texto que la aludida no se atrevió a firmar—, pero lo insinúa con toda claridad: que en República se publican falsedades. Permítanos devolverle la insinuación, con una diferencia: nosotros sí la firmamos. Eso mismo pensamos en República de la palabra de este gobierno.

La distancia entre ambas posiciones es de método. Nosotros publicamos con nombre, fecha y firma; advertimos al lector los límites de nuestra prueba, y respondemos ante los jurados y tribunales que la ley establece. El Gobierno, en cambio, responde con cartas de terceros, con secretarios que no contestan y con funcionarias que no dan la cara.

Ninguna norma obliga a un medio a obtener la venia del aludido para publicar. Contrastar es una buena práctica, y República la ejerce cuando la verificación de las fuentes deja dudas que solo el aludido puede despejar. No es un permiso que deba tramitarse ante la autoridad antes de informar sobre ella.

Y ya que su carta invoca a la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia, permítanos una precisión que no es nuestro argumento, sino apenas una constancia. Desde que Santiago Palomo dejó esa secretaría, en noviembre de 2025, nuestras consultas habitan un limbo administrativo del que solo salen cuando al Gobierno le conviene, y a la hora que le conviene. Que sea ahora el Ejecutivo quien nos imparta lecciones de contraste tiene la gracia involuntaria del pirómano que recomienda extintores.

Su carta se desvela por el derecho de la licenciada Tager a ser escuchada. Lo tomamos tan en serio que le ofrecemos algo más generoso que lo que la ley exige: una entrevista inédita, grabada en los estudios de República, en la que podrá aclarar cuanto estime necesario y explicar a la ciudadanía su papel en este gobierno, incluida su participación, o la ausencia de ella, en la elección del contralor.

La invitación es para ella, no para una vocera. Quedamos a la espera de que nos confirme día y hora. No dudamos de que una funcionaria tan celosa de su reputación sabrá aprovecharla.

Mientras su carta viajaba hacia nuestra Redacción, el Congreso eligió contralor general de Cuentas a Élfego Castañón González, hermano del diputado Duvalier Castañón, con 154 votos. La realidad, como ve, tiene la descortés costumbre de no esperar a las rectificaciones.

Le compartimos, para su conocimiento y el de la licenciada Tager, nuestra publicación de hoy sobre el particular: El Mirador: «El biotopo de los quetzales». Creemos conveniente que se den por enterados. A juzgar por la celeridad de su carta, la lectura de República no les es ajena.

República se mantiene en todo lo publicado.

Atentamente,

José Fernando Orellana Wer 

Director Editorial 

República

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