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Diputados modifican delito de financiamiento electoral ilícito

Ana González
18 de octubre, 2018

Los diputados aprobaron reformas al Código Penal que modifica el artículo sobre el financiamiento electoral a partidos políticos.

La modificación se realiza luego que una resolución de la Corte de Constitucionalidad del 12 de febrero de 2018 insta al Congreso de la República a reformar el artículo 407 “N” que contiene el delito de financiamiento electoral ilícito.

La ley vigente sancionaba con la misma pena tres conductas distintas.

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  • Aportar dinero que provenga del crimen organizado.
  • Entregar dinero de forma anónima.
  • Apoyar con recursos lícitos y que el partido político no lo incluya en sus libros contables.





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Con esta reforma, se crea un nuevo articulo y las tres conductas quedan de la siguiente manera:

  • Aportar dinero que provenga del crimen organizado: pena de prisión de 4 a 12 años inconmutables y multa de Q200 mil a Q500 mil.
  • Entregar dinero de forma anónima: Pena de prisión de 1 a 5 años y multa del 100 por ciento aportado a la agrupación política. Inhabilitación para ser contratista y proveedor del Estado por cinco años.
  • Apoyar con recursos lícitos y que el partido político no lo incluya en sus libros contables: Pena de prisión de 1 a 5 años y multa de Q20 mil a Q100 mil.

Las reformas cobrarán vigencia un día después de su publicación en el Diario Oficial.

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18 de octubre, 2018

Los diputados aprobaron reformas al Código Penal que modifica el artículo sobre el financiamiento electoral a partidos políticos.

La modificación se realiza luego que una resolución de la Corte de Constitucionalidad del 12 de febrero de 2018 insta al Congreso de la República a reformar el artículo 407 “N” que contiene el delito de financiamiento electoral ilícito.

La ley vigente sancionaba con la misma pena tres conductas distintas.

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  • Aportar dinero que provenga del crimen organizado: pena de prisión de 4 a 12 años inconmutables y multa de Q200 mil a Q500 mil.
  • Entregar dinero de forma anónima: Pena de prisión de 1 a 5 años y multa del 100 por ciento aportado a la agrupación política. Inhabilitación para ser contratista y proveedor del Estado por cinco años.
  • Apoyar con recursos lícitos y que el partido político no lo incluya en sus libros contables: Pena de prisión de 1 a 5 años y multa de Q20 mil a Q100 mil.

Las reformas cobrarán vigencia un día después de su publicación en el Diario Oficial.

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