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18 de diciembre, 2025
La Cámara de Amparo y Antejuicio de la Corte Suprema de Justicia rechazó la acción del Ministerio Público que buscaba revocar el amparo provisional otorgado a cuatro magistrados titulares del Tribunal Supremo Electoral. La resolución mantiene vigente el fallo que permitió su retorno a funciones. El pulso jurídico ahora se traslada a la Corte de Constitucionalidad.
Es noticia. La Cámara de Amparo y Antejuicio de la CSJ cerró un nuevo intento del Ministerio Público por apartar a cuatro magistrados del Tribunal Supremo Electoral procesados en el caso TREP. Con una resolución breve, el órgano rechazó la solicitud de revocatoria y ratificó el amparo provisional que restituyó a los funcionarios en sus cargos.
- La Cámara, integrada por Igmaín Galicia Pimentel, Estuardo Cárdenas y Vanessa Juárez Midence, resolvió “estarse a lo ya resuelto” y negó la petición de la Fiscalía de Delitos Administrativos.
- El amparo, otorgado el 27 de noviembre, dejó en suspenso la decisión de la Sala Tercera de Apelaciones Penal que había separado a los magistrados, pese a que no estaban en prisión preventiva.
- Con el fallo, Irma Palencia, Gabriel Aguilera, Rafael Rojas y Mynor Franco mantienen su reincorporación al pleno del TSE desde el 1 de diciembre.
Aspectos clave. La resolución reafirma un criterio jurídico central: la suspensión de un funcionario solo procede cuando existe privación de libertad. En este caso, los magistrados enfrentan proceso penal, pero cuentan con medidas sustitutivas, lo que vuelve ilegal su separación del cargo.
- La legislación guatemalteca establece que la suspensión automática aplica únicamente con prisión preventiva, condición que no se configuró en el caso TREP.
- Organismos internacionales señalaron que la separación previa de los magistrados carecía de sustento legal y vulneraba garantías básicas.
- La Fiscalía argumentó que el amparo no cumplía con requisitos de definitividad ni acreditaba violaciones constitucionales, postura que fue desestimada por la Cámara.
Entre líneas. El rechazo de la Cámara contrasta con la ofensiva sostenida del MP, encabezado por la fiscal general María Consuelo Porras, sancionada internacionalmente por su actuación tras las elecciones de 2023. El trasfondo político sigue siendo un factor inevitable en la lectura del caso.
- Los magistrados avalaron los resultados que dieron la victoria a Bernardo Arévalo y rechazaron la tesis de fraude promovida por el MP.
- Sectores nacionales e internacionales han señalado el caso TREP como una represalia institucional, más que como una investigación técnica.
- La Fiscalía cuestionó incluso la competencia de un juez suplente, argumento rebatido por la defensa con acuerdos formales del Organismo Judicial y la CSJ.
Ahora qué. Aunque la decisión mantiene el amparo, el conflicto no está cerrado. El MP tiene pendiente una apelación ante la Corte de Constitucionalidad, presentada fuera del plazo legal, lo que abre un nuevo frente de incertidumbre institucional.
- La CC deberá decidir si admite la apelación extemporánea, justificada por el MP con supuestas fallas en la notificación electrónica.
- De prosperar el recurso, podría reabrirse la discusión sobre la integración del pleno del TSE, en la recta final del periodo de los magistrados.
- El caso pone a prueba la independencia judicial y la estabilidad electoral, en un contexto donde la seguridad jurídica sigue bajo presión.
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18 de diciembre, 2025
La Cámara de Amparo y Antejuicio de la Corte Suprema de Justicia rechazó la acción del Ministerio Público que buscaba revocar el amparo provisional otorgado a cuatro magistrados titulares del Tribunal Supremo Electoral. La resolución mantiene vigente el fallo que permitió su retorno a funciones. El pulso jurídico ahora se traslada a la Corte de Constitucionalidad.
Es noticia. La Cámara de Amparo y Antejuicio de la CSJ cerró un nuevo intento del Ministerio Público por apartar a cuatro magistrados del Tribunal Supremo Electoral procesados en el caso TREP. Con una resolución breve, el órgano rechazó la solicitud de revocatoria y ratificó el amparo provisional que restituyó a los funcionarios en sus cargos.
- La Cámara, integrada por Igmaín Galicia Pimentel, Estuardo Cárdenas y Vanessa Juárez Midence, resolvió “estarse a lo ya resuelto” y negó la petición de la Fiscalía de Delitos Administrativos.
- El amparo, otorgado el 27 de noviembre, dejó en suspenso la decisión de la Sala Tercera de Apelaciones Penal que había separado a los magistrados, pese a que no estaban en prisión preventiva.
- Con el fallo, Irma Palencia, Gabriel Aguilera, Rafael Rojas y Mynor Franco mantienen su reincorporación al pleno del TSE desde el 1 de diciembre.
Aspectos clave. La resolución reafirma un criterio jurídico central: la suspensión de un funcionario solo procede cuando existe privación de libertad. En este caso, los magistrados enfrentan proceso penal, pero cuentan con medidas sustitutivas, lo que vuelve ilegal su separación del cargo.
- La legislación guatemalteca establece que la suspensión automática aplica únicamente con prisión preventiva, condición que no se configuró en el caso TREP.
- Organismos internacionales señalaron que la separación previa de los magistrados carecía de sustento legal y vulneraba garantías básicas.
- La Fiscalía argumentó que el amparo no cumplía con requisitos de definitividad ni acreditaba violaciones constitucionales, postura que fue desestimada por la Cámara.
Entre líneas. El rechazo de la Cámara contrasta con la ofensiva sostenida del MP, encabezado por la fiscal general María Consuelo Porras, sancionada internacionalmente por su actuación tras las elecciones de 2023. El trasfondo político sigue siendo un factor inevitable en la lectura del caso.
- Los magistrados avalaron los resultados que dieron la victoria a Bernardo Arévalo y rechazaron la tesis de fraude promovida por el MP.
- Sectores nacionales e internacionales han señalado el caso TREP como una represalia institucional, más que como una investigación técnica.
- La Fiscalía cuestionó incluso la competencia de un juez suplente, argumento rebatido por la defensa con acuerdos formales del Organismo Judicial y la CSJ.
Ahora qué. Aunque la decisión mantiene el amparo, el conflicto no está cerrado. El MP tiene pendiente una apelación ante la Corte de Constitucionalidad, presentada fuera del plazo legal, lo que abre un nuevo frente de incertidumbre institucional.
- La CC deberá decidir si admite la apelación extemporánea, justificada por el MP con supuestas fallas en la notificación electrónica.
- De prosperar el recurso, podría reabrirse la discusión sobre la integración del pleno del TSE, en la recta final del periodo de los magistrados.
- El caso pone a prueba la independencia judicial y la estabilidad electoral, en un contexto donde la seguridad jurídica sigue bajo presión.
EL TIPO DE CAMBIO DE HOY ES DE: