Un terrible accidente enlutó a familiares, amigos y conocidos de las más de 50 personas que perdieron la vida trágicamente en la calzada La Paz. El hecho ocurrió la madrugada del 10 de febrero, cuando un autobús extraurbano procedente de San Cristóbal Acasaguastlán, El Progreso, cayó al río de aguas negras, en la zona 6 capitalina.
En perspectiva. El accidente hizo eco en la ciudadanía. Es inaudito que en pleno 2025 ocurran accidentes de este tipo, derivado de, un abandono en el transporte extraurbano. A ello, se suma la legislación anacrónica.
- Los vacíos legales son el resultado de la corrupción rampante que ha predominado en las instituciones públicas. También hay que mencionar el mal estado de los autobuses, carentes de mantenimiento. Asimismo, la situación crítica en la que se encuentran la red vial y la irresponsabilidad de los pilotos al momento de conducir.
- La Ley de Transportes, vigente desde 1946. En ella se establecen las regulaciones para los servicios de este tipo, una normativa que incluso habla todavía del “transporte jalado por bestias” e impide tomar decisiones eficaces a la autoridad. Según la directora de la Dirección General de Transportes (DGT), Elizabeth Velásquez, ya se han elaborado varias propuestas.
- A su criterio, más que modificar, lo que necesita es crear una nueva ley para no caer en “los chapuces” realizados al Reglamento de 1946 o las modificaciones innecesarias hechas a la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial, creada en 2016.
Qué destacar. Otra de las ambigüedades a las que hay que ponerle atención es el registro de pilotos, el cual está a cargo de DGT. Debido a los vacíos del Reglamento, existen muchas anomalías. La norma establece que es obligación del propietario del autobús registrar a sus pilotos. No lo hacen.
- Uno de los requisitos que se incumple es el de la constancia de capacitación en el Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP), esto debido a un error de redacción en el contenido de la norma. En el reglamento aparece escrita la palabra “INTECA” y no “INTECAP”, situación que los dueños de los autobuses aprovechan para argumentar que la institución no existe, absteniéndose de presentar la certificación de la capacitación.
- Otro de los requisitos que se incumple es el de la edad. La normativa establece que la edad mínima para conducir un autobús es 25 años y licencia tipo A. Sin embargo, hay muchos transportistas que no registran a sus pilotos. La mayoría contrata personas que menores de edad o que cuentan con licencias tipo B y C. Ejemplo de esto es el piloto que conducía el autobús accidentado. A la fecha, la DGT tiene registrados 18 084 pilotos.
- En cuanto al tiempo de vida de los buses, en el Reglamento establece que, estos pueden circular durante 25 años. Pero, al mismo tiempo, otorga un periodo de gracia de 5. Durante ese período se puede solicitar una renovación por 10 años y esto hace que los buses puedan circular hasta por 40.
- Según la DGT, en Guatemala circulan 11 839, es decir un 54 % de buses con menos de 25 años de vida y 9909, es decir un 46 % de buses con más de 25 años de vida. El próximo año, 814 buses llegar a su tiempo de vida y en 2027, serán 725.
Fisgón histórico. El 27 de octubre de 2016, se aprobó la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial que regula la velocidad de los buses de transporte de pasajeros y de carga. El 5 de julio de 2017 se aprobaron reformas en donde se agrega que el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil debe refrendar el certificado de implementación del sistema limitador de velocidad.
- El reglamento fue publicado en 2019 y establecía la obligatoriedad para instalar el velocímetro, pero debido a las presiones de los transportistas, las autoridades dieron una prórroga de seis meses. Con la llegada de la pandemia de covid-19, el tema quedó en el olvido, al punto de que actualmente no hay unidades que cuenten con el velocímetro necesario para evitar que circulen a más de 80 kilómetros por hora.
Un terrible accidente enlutó a familiares, amigos y conocidos de las más de 50 personas que perdieron la vida trágicamente en la calzada La Paz. El hecho ocurrió la madrugada del 10 de febrero, cuando un autobús extraurbano procedente de San Cristóbal Acasaguastlán, El Progreso, cayó al río de aguas negras, en la zona 6 capitalina.
En perspectiva. El accidente hizo eco en la ciudadanía. Es inaudito que en pleno 2025 ocurran accidentes de este tipo, derivado de, un abandono en el transporte extraurbano. A ello, se suma la legislación anacrónica.
- Los vacíos legales son el resultado de la corrupción rampante que ha predominado en las instituciones públicas. También hay que mencionar el mal estado de los autobuses, carentes de mantenimiento. Asimismo, la situación crítica en la que se encuentran la red vial y la irresponsabilidad de los pilotos al momento de conducir.
- La Ley de Transportes, vigente desde 1946. En ella se establecen las regulaciones para los servicios de este tipo, una normativa que incluso habla todavía del “transporte jalado por bestias” e impide tomar decisiones eficaces a la autoridad. Según la directora de la Dirección General de Transportes (DGT), Elizabeth Velásquez, ya se han elaborado varias propuestas.
- A su criterio, más que modificar, lo que necesita es crear una nueva ley para no caer en “los chapuces” realizados al Reglamento de 1946 o las modificaciones innecesarias hechas a la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial, creada en 2016.
Qué destacar. Otra de las ambigüedades a las que hay que ponerle atención es el registro de pilotos, el cual está a cargo de DGT. Debido a los vacíos del Reglamento, existen muchas anomalías. La norma establece que es obligación del propietario del autobús registrar a sus pilotos. No lo hacen.
- Uno de los requisitos que se incumple es el de la constancia de capacitación en el Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP), esto debido a un error de redacción en el contenido de la norma. En el reglamento aparece escrita la palabra “INTECA” y no “INTECAP”, situación que los dueños de los autobuses aprovechan para argumentar que la institución no existe, absteniéndose de presentar la certificación de la capacitación.
- Otro de los requisitos que se incumple es el de la edad. La normativa establece que la edad mínima para conducir un autobús es 25 años y licencia tipo A. Sin embargo, hay muchos transportistas que no registran a sus pilotos. La mayoría contrata personas que menores de edad o que cuentan con licencias tipo B y C. Ejemplo de esto es el piloto que conducía el autobús accidentado. A la fecha, la DGT tiene registrados 18 084 pilotos.
- En cuanto al tiempo de vida de los buses, en el Reglamento establece que, estos pueden circular durante 25 años. Pero, al mismo tiempo, otorga un periodo de gracia de 5. Durante ese período se puede solicitar una renovación por 10 años y esto hace que los buses puedan circular hasta por 40.
- Según la DGT, en Guatemala circulan 11 839, es decir un 54 % de buses con menos de 25 años de vida y 9909, es decir un 46 % de buses con más de 25 años de vida. El próximo año, 814 buses llegar a su tiempo de vida y en 2027, serán 725.
Fisgón histórico. El 27 de octubre de 2016, se aprobó la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial que regula la velocidad de los buses de transporte de pasajeros y de carga. El 5 de julio de 2017 se aprobaron reformas en donde se agrega que el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil debe refrendar el certificado de implementación del sistema limitador de velocidad.
- El reglamento fue publicado en 2019 y establecía la obligatoriedad para instalar el velocímetro, pero debido a las presiones de los transportistas, las autoridades dieron una prórroga de seis meses. Con la llegada de la pandemia de covid-19, el tema quedó en el olvido, al punto de que actualmente no hay unidades que cuenten con el velocímetro necesario para evitar que circulen a más de 80 kilómetros por hora.