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Postuladora modifica tabla de gradación tras presión legal por criterios de experiencia

.
Luis Gonzalez
26 de febrero, 2026

La Comisión de Postulación para la elección de Fiscal General y Jefe del Ministerio Público (MP) para el período 2026‑2030 aprobó el jueves 26 de febrero, durante una sesión extraordinaria, una modificación clave en la redacción del criterio de experiencia profesional contenido en la Tabla de Gradación.

Es noticia. El cambio, avalado con 12 votos a favor, altera el modo en que se asignan los puntos por años de ejercicio, un aspecto que ya había generado críticas y, posteriormente, acciones legales.

  • El último párrafo de ese apartado, objeto de inconformidades públicas y técnicas, pasó de una versión restrictiva a una fórmula más amplia.
  • El texto original establecía: “En los supuestos anteriores a partir del decimoprimer año, inclusive, se sumarán dos puntos por cada año adicional de experiencia, hasta alcanzar la nota máxima".
  • Esa redacción dejaba claro que los aspirantes solo empezarían a sumar puntos por experiencia después del año once de ejercicio profesional.

Qué destacar. La versión corregida elimina ese umbral y ahora señala: “En los supuestos anteriores, se sumarán dos puntos por cada año de experiencia, hasta alcanzar la nota máxima".

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  • Con ello, cada año de trayectoria profesional aporta puntaje desde el inicio, sin distinguir entre los primeros diez años, que la Constitución exige como requisito mínimo de elegibilidad, y los posteriores.
  • La modificación no ocurrió en un vacío. Fue aprobada en medio de creciente presión legal y cuestionamientos sobre la proporcionalidad y constitucionalidad de la tabla.
  • Solo horas antes, se planteó un amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC) para suspender tanto la tabla de gradación como la nota de corte de 75 puntos fijada por la Comisión.

Sí, pero. Los accionantes enfatizaron que ambos criterios restringen indebidamente el derecho de participación de aspirantes que cumplen plenamente los requisitos establecidos en los artículos 216 y 251 de la Constitución.

  • Afirmaron que la regla original del subrubro “Ejercicio profesional”, al otorgar puntos únicamente a partir del año 11, deja en cero precisamente esos primeros diez años que el texto constitucional reconoce como requisito para optar al cargo, creando una contradicción entre ley y reglamentación del proceso.
  • El amparo también advirtió que la ponderación general de la tabla, 70 puntos para experiencia (incluida entrevista), 28 para formación académica y solo 2 para proyección humana, sobrerregula el proceso y otorga un peso desproporcionado a la antigüedad.
  • Sumado a la nota mínima de 75 puntos, señalan, la estructura se convierte en una “barrera aritmética” que impide una evaluación integral de la idoneidad.

Datos clave. Para ilustrar el impacto, los promoventes ofrecieron un ejemplo: incluso si un aspirante obtuviera puntajes perfectos en todos los rubros no vinculados a la antigüedad, solo alcanzaría 50 puntos.

  • Debido a que la regla inicial solo empezaba a sumar experiencia a partir del año 11, esa persona no podría llegar a los 75 puntos sino hasta haber cumplido 23 años de ejercicio profesional.
  • En la práctica, esto elevaría el requisito temporal constitucional de 10 años a más del doble.
  • El recurso también recordó precedentes en los que la CC ha conocido casos “a prevención” por la trascendencia nacional de procesos relacionados con la justicia, como ocurrió en 2022 durante la anterior selección de Fiscal General. 

En conclusión. El debate coloca nuevamente bajo escrutinio el equilibrio entre criterios técnicos de evaluación y los límites constitucionales en un proceso especialmente sensible: la elección del funcionario que dirigirá el Ministerio Público entre 2026 y 2030.

  • Si la CC otorgaba el amparo provisional, la Comisión debería recalibrar la tabla y redefinir la nota mínima, como lo hizo sin la acción legal que lo ordenara.
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Postuladora modifica tabla de gradación tras presión legal por criterios de experiencia

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Luis Gonzalez
26 de febrero, 2026

La Comisión de Postulación para la elección de Fiscal General y Jefe del Ministerio Público (MP) para el período 2026‑2030 aprobó el jueves 26 de febrero, durante una sesión extraordinaria, una modificación clave en la redacción del criterio de experiencia profesional contenido en la Tabla de Gradación.

Es noticia. El cambio, avalado con 12 votos a favor, altera el modo en que se asignan los puntos por años de ejercicio, un aspecto que ya había generado críticas y, posteriormente, acciones legales.

  • El último párrafo de ese apartado, objeto de inconformidades públicas y técnicas, pasó de una versión restrictiva a una fórmula más amplia.
  • El texto original establecía: “En los supuestos anteriores a partir del decimoprimer año, inclusive, se sumarán dos puntos por cada año adicional de experiencia, hasta alcanzar la nota máxima".
  • Esa redacción dejaba claro que los aspirantes solo empezarían a sumar puntos por experiencia después del año once de ejercicio profesional.

Qué destacar. La versión corregida elimina ese umbral y ahora señala: “En los supuestos anteriores, se sumarán dos puntos por cada año de experiencia, hasta alcanzar la nota máxima".

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  • Con ello, cada año de trayectoria profesional aporta puntaje desde el inicio, sin distinguir entre los primeros diez años, que la Constitución exige como requisito mínimo de elegibilidad, y los posteriores.
  • La modificación no ocurrió en un vacío. Fue aprobada en medio de creciente presión legal y cuestionamientos sobre la proporcionalidad y constitucionalidad de la tabla.
  • Solo horas antes, se planteó un amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC) para suspender tanto la tabla de gradación como la nota de corte de 75 puntos fijada por la Comisión.

Sí, pero. Los accionantes enfatizaron que ambos criterios restringen indebidamente el derecho de participación de aspirantes que cumplen plenamente los requisitos establecidos en los artículos 216 y 251 de la Constitución.

  • Afirmaron que la regla original del subrubro “Ejercicio profesional”, al otorgar puntos únicamente a partir del año 11, deja en cero precisamente esos primeros diez años que el texto constitucional reconoce como requisito para optar al cargo, creando una contradicción entre ley y reglamentación del proceso.
  • El amparo también advirtió que la ponderación general de la tabla, 70 puntos para experiencia (incluida entrevista), 28 para formación académica y solo 2 para proyección humana, sobrerregula el proceso y otorga un peso desproporcionado a la antigüedad.
  • Sumado a la nota mínima de 75 puntos, señalan, la estructura se convierte en una “barrera aritmética” que impide una evaluación integral de la idoneidad.

Datos clave. Para ilustrar el impacto, los promoventes ofrecieron un ejemplo: incluso si un aspirante obtuviera puntajes perfectos en todos los rubros no vinculados a la antigüedad, solo alcanzaría 50 puntos.

  • Debido a que la regla inicial solo empezaba a sumar experiencia a partir del año 11, esa persona no podría llegar a los 75 puntos sino hasta haber cumplido 23 años de ejercicio profesional.
  • En la práctica, esto elevaría el requisito temporal constitucional de 10 años a más del doble.
  • El recurso también recordó precedentes en los que la CC ha conocido casos “a prevención” por la trascendencia nacional de procesos relacionados con la justicia, como ocurrió en 2022 durante la anterior selección de Fiscal General. 

En conclusión. El debate coloca nuevamente bajo escrutinio el equilibrio entre criterios técnicos de evaluación y los límites constitucionales en un proceso especialmente sensible: la elección del funcionario que dirigirá el Ministerio Público entre 2026 y 2030.

  • Si la CC otorgaba el amparo provisional, la Comisión debería recalibrar la tabla y redefinir la nota mínima, como lo hizo sin la acción legal que lo ordenara.

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