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Morfín no convoca al pleno de la CC y atrasa resolución clave en proceso del MP

.
Luis Gonzalez
16 de abril, 2026

La presidenta de la Corte de Constitucionalidad (CC), Gladys Annabella Morfín, ha optado por el silencio y la inacción en un momento clave para la institucionalidad del país, desoyendo una obligación legal expresa y una petición formal de tres magistrados titulares del máximo tribunal constitucional.

Qué destacar. Su negativa a convocar al pleno para conocer un amparo considerado “urgente” contraviene la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, y pone en riesgo la certeza jurídica de uno de los procesos más relevantes del sistema de justicia: la selección del listado de seis candidatos a fiscal general.

  • El artículo 180 de la Ley de Amparo es claro y no admite interpretaciones acomodaticias. Establece que la Corte de Constitucionalidad celebrará sesiones las veces que sea necesario y que las sesiones extraordinarias deben convocarse cuando el presidente del tribunal así lo disponga o cuando lo soliciten dos o más magistrados.
  • El 14 de abril, los magistrados titulares Roberto Molina, Dina Ochoa y Julia Rivera cumplieron con ese requisito y enviaron una carta formal a Morfín solicitando la convocatoria inmediata del pleno para resolver un amparo relacionado con el perfil obligatorio que deben cumplir los aspirantes al Ministerio Público.
  • La petición no fue improvisada ni superficial. Fue entregada en las primeras horas del 14 de abril, justo después de que la nueva magistratura tomara posesión, y subraya la urgencia del asunto, dado que la Comisión de Postulación del Ministerio Público (MP) tiene previsto integrar la nómina de seis candidatos el viernes 17 de abril. Aun así, tres días después, la presidenta de la CC sigue sin convocar al pleno y sin ofrecer una explicación pública que justifique su conducta.

Sí, pero. En las primeras horas de su gestión, Morfín intentó excusarse argumentando que aún no se habían resuelto trámites administrativos, como la habilitación de firmas digitales, aunque puede firmar con su puño y letra.

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  • Sin embargo, esa explicación resulta poco creíble y absolutamente insuficiente. La CC cuenta con personal altamente experimentado y capacitado, y además labora los 365 días del año, las 24 horas del día.
  • Los asuntos administrativos internos no pueden ni deben convertirse en un pretexto para paralizar la función constitucional de la Corte, mucho menos cuando existe una solicitud expresa de tres magistrados titulares y un proceso de trascendencia nacional en curso.
  • La omisión no es menor. Todo indica que la presidenta Morfín está evadiendo su responsabilidad legal, al incumplir con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley de Amparo. Esta conducta podría incluso encuadrar en el delito de incumplimiento de deberes, al negarse a ejercer una atribución que no es discrecional, sino obligatoria en las circunstancias planteadas.

Por qué importa. La presidencia de la CC no otorga margen para bloquear deliberadamente el funcionamiento del pleno ni para condicionar la agenda constitucional a decisiones unipersonales.

  • La falta de transparencia agrava el problema. República buscó a la presidenta Morfín para conocer las razones de su inacción, tanto mediante comunicación escrita como a través de llamadas a su teléfono celular. No hubo respuesta.
  • En la CC no existe un portavoz oficial y, por tanto, la responsabilidad de atender los requerimientos de prensa recae directamente en los magistrados, en especial en quien preside el tribunal. El silencio de Morfín no solo es una descortesía institucional, sino una señal preocupante de opacidad.
  • La consecuencia inmediata de esta conducta es la incertidumbre jurídica. El país se encamina a la designación del próximo fiscal general para el período 2026-2030, una decisión que corresponderá al presidente Bernardo Arévalo, y que exige un proceso sólido, transparente y libre de dudas constitucionales.

En conclusión.  Al negarse a convocar al pleno para resolver un amparo urgente, la presidenta de la CC compromete la credibilidad del proceso y arrastra a la Corte a una crisis innecesaria.

  • La CC está llamada a ser garante del orden constitucional, no un obstáculo.
  • Cada hora de silencio y cada día sin convocatoria refuerzan la percepción de que su presidenta ha decidido anteponer cálculos o temores políticos a su obligación legal.
  • En un Estado de derecho, esa conducta es inaceptable y debe ser señalada con claridad.
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Morfín no convoca al pleno de la CC y atrasa resolución clave en proceso del MP

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Luis Gonzalez
16 de abril, 2026

La presidenta de la Corte de Constitucionalidad (CC), Gladys Annabella Morfín, ha optado por el silencio y la inacción en un momento clave para la institucionalidad del país, desoyendo una obligación legal expresa y una petición formal de tres magistrados titulares del máximo tribunal constitucional.

Qué destacar. Su negativa a convocar al pleno para conocer un amparo considerado “urgente” contraviene la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, y pone en riesgo la certeza jurídica de uno de los procesos más relevantes del sistema de justicia: la selección del listado de seis candidatos a fiscal general.

  • El artículo 180 de la Ley de Amparo es claro y no admite interpretaciones acomodaticias. Establece que la Corte de Constitucionalidad celebrará sesiones las veces que sea necesario y que las sesiones extraordinarias deben convocarse cuando el presidente del tribunal así lo disponga o cuando lo soliciten dos o más magistrados.
  • El 14 de abril, los magistrados titulares Roberto Molina, Dina Ochoa y Julia Rivera cumplieron con ese requisito y enviaron una carta formal a Morfín solicitando la convocatoria inmediata del pleno para resolver un amparo relacionado con el perfil obligatorio que deben cumplir los aspirantes al Ministerio Público.
  • La petición no fue improvisada ni superficial. Fue entregada en las primeras horas del 14 de abril, justo después de que la nueva magistratura tomara posesión, y subraya la urgencia del asunto, dado que la Comisión de Postulación del Ministerio Público (MP) tiene previsto integrar la nómina de seis candidatos el viernes 17 de abril. Aun así, tres días después, la presidenta de la CC sigue sin convocar al pleno y sin ofrecer una explicación pública que justifique su conducta.

Sí, pero. En las primeras horas de su gestión, Morfín intentó excusarse argumentando que aún no se habían resuelto trámites administrativos, como la habilitación de firmas digitales, aunque puede firmar con su puño y letra.

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  • Sin embargo, esa explicación resulta poco creíble y absolutamente insuficiente. La CC cuenta con personal altamente experimentado y capacitado, y además labora los 365 días del año, las 24 horas del día.
  • Los asuntos administrativos internos no pueden ni deben convertirse en un pretexto para paralizar la función constitucional de la Corte, mucho menos cuando existe una solicitud expresa de tres magistrados titulares y un proceso de trascendencia nacional en curso.
  • La omisión no es menor. Todo indica que la presidenta Morfín está evadiendo su responsabilidad legal, al incumplir con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley de Amparo. Esta conducta podría incluso encuadrar en el delito de incumplimiento de deberes, al negarse a ejercer una atribución que no es discrecional, sino obligatoria en las circunstancias planteadas.

Por qué importa. La presidencia de la CC no otorga margen para bloquear deliberadamente el funcionamiento del pleno ni para condicionar la agenda constitucional a decisiones unipersonales.

  • La falta de transparencia agrava el problema. República buscó a la presidenta Morfín para conocer las razones de su inacción, tanto mediante comunicación escrita como a través de llamadas a su teléfono celular. No hubo respuesta.
  • En la CC no existe un portavoz oficial y, por tanto, la responsabilidad de atender los requerimientos de prensa recae directamente en los magistrados, en especial en quien preside el tribunal. El silencio de Morfín no solo es una descortesía institucional, sino una señal preocupante de opacidad.
  • La consecuencia inmediata de esta conducta es la incertidumbre jurídica. El país se encamina a la designación del próximo fiscal general para el período 2026-2030, una decisión que corresponderá al presidente Bernardo Arévalo, y que exige un proceso sólido, transparente y libre de dudas constitucionales.

En conclusión.  Al negarse a convocar al pleno para resolver un amparo urgente, la presidenta de la CC compromete la credibilidad del proceso y arrastra a la Corte a una crisis innecesaria.

  • La CC está llamada a ser garante del orden constitucional, no un obstáculo.
  • Cada hora de silencio y cada día sin convocatoria refuerzan la percepción de que su presidenta ha decidido anteponer cálculos o temores políticos a su obligación legal.
  • En un Estado de derecho, esa conducta es inaceptable y debe ser señalada con claridad.

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