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Ley vetada por Arévalo entra en vigor mañana: CODEDES podrán ejecutar saldos

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Isabel Ortiz
16 de octubre, 2025

El Congreso ordenó  publicar, este 16 de octubre, el Decreto 7-2025, Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de Proyectos de los Consejos Departamentales de Desarrollo Urbano y Rural (CODEDES). El Legislativo consideró que el veto presidencial emitido el 3 de octubre, no cumplió con la ley y, por tanto, no fue acatado. La normativa entrará en vigencia mañana. Mientras tanto, el Ejecutivo ya presentó acciones legales en la Corte de Constitucionalidad contra la decisión de los diputados.

Es noticia. El parlamento aprobó el acuerdo legislativo 6-2025 y publicó el Decreto 7-2025, a pesar de que el presidente Bernardo Arévalo había emitido un veto el 3 de octubre.

  • Los legisladores sostienen que el acuerdo gubernativo 182-2025 no especificaba cuándo entraría en vigor, por lo que, según el Decreto Legislativo 1816, su vigencia se presume tres días después de su publicación.
  • Con base en esta interpretación, el Congreso consideró que el Ejecutivo excedió los 15 días establecidos por la Constitución para ejercer el veto, por lo que correspondía al Legislativo sancionar la ley.
  • La medida permitirá que los CODEDES continúen proyectos pendientes, incluso con saldos no ejecutados del ejercicio fiscal anterior, garantizando la continuidad de obras esenciales en los departamentos del país.

Sí, pero. El Ejecutivo presentó una acción de amparo en la Corte de Constitucionalidad para dejar sin efecto el Acuerdo 6-2025 y la moción privilegiada que permitió la publicación del decreto.

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  • La controversia jurídica gira en torno a la interpretación de los plazos para ejercer el veto presidencial. El Gobierno argumenta que la comunicación formal realizada al Congreso el 3 de octubre fue suficiente para cumplir con la ley, sin depender de la fecha de publicación en el Diario Oficial.
  • Diputados oficialistas, como José Carlos Sanabria, señalaron que “forzar la aprobación del decreto debilita el sistema democrático y nuestro régimen constitucional”, advirtiendo que desconocer un acuerdo gubernativo válido rompe el orden constitucional.
  • Por su parte, el Ejecutivo sostiene que la norma pone en riesgo la transparencia y eficiencia del gasto público, al facilitar asignaciones directas a los CODEDES sin los controles adecuados.

Lo indispensable. El Decreto 7-2025 contiene varias disposiciones clave que afectan la ejecución de proyectos de los CODEDES. El artículo 1 reforma el decreto 27-2024, extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.

  • Se adiciona el artículo 45 Ter a la Ley Orgánica del Presupuesto, el cual establece que los saldos por devengar que no se hayan desembolsado deberán trasladarse a la cuenta única del tesoro de los CODEDES, permaneciendo disponibles para la continuidad de la ejecución y el pago de obras.
  • Se establece que las obras financiadas con recursos extraordinarios que no registren avances físicos ni financieros en un plazo de dos años, y que no cuenten con convenios de ejecución, deberán retornar al fondo común.
  • Además, las autoridades encargadas de emitir resoluciones, avales, permisos o licencias deberán resolver las solicitudes de los CODEDES en un plazo máximo de cinco días hábiles. Durante los primeros dos días, podrán requerir documentación adicional o formular observaciones previas; si no se pronuncian, se entenderá que la respuesta es afirmativa.

Lo que sigue. La Corte de Constitucionalidad (CC), ya admitió los amparos presentados por los diputados oficialistas y otorgó un plazo de 48 horas al Congreso para remitir los antecedentes del caso o, en su defecto, un informe circunstanciado que explique por qué se ignoró el veto presidencial.

  • Los magistrados deberán determinar si el veto del Ejecutivo fue ejercido conforme a la ley y si el Congreso actuó válidamente al publicar el decreto, pero hasta el momento la discusión del amparo no está en la agenda de la CC.
  • El fallo podría sentar un precedente importante sobre la relación entre el Ejecutivo y el Legislativo y definir el futuro equilibrio entre los poderes del Estado.
  • Mientras tanto, el Decreto 7-2025 comenzará a surtir efectos mañana, lo que permitirá a los CODEDES continuar con sus proyectos y asegurar que los recursos asignados puedan ser ejecutados sin interrupciones.
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Ley vetada por Arévalo entra en vigor mañana: CODEDES podrán ejecutar saldos

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Isabel Ortiz
16 de octubre, 2025

El Congreso ordenó  publicar, este 16 de octubre, el Decreto 7-2025, Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de Proyectos de los Consejos Departamentales de Desarrollo Urbano y Rural (CODEDES). El Legislativo consideró que el veto presidencial emitido el 3 de octubre, no cumplió con la ley y, por tanto, no fue acatado. La normativa entrará en vigencia mañana. Mientras tanto, el Ejecutivo ya presentó acciones legales en la Corte de Constitucionalidad contra la decisión de los diputados.

Es noticia. El parlamento aprobó el acuerdo legislativo 6-2025 y publicó el Decreto 7-2025, a pesar de que el presidente Bernardo Arévalo había emitido un veto el 3 de octubre.

  • Los legisladores sostienen que el acuerdo gubernativo 182-2025 no especificaba cuándo entraría en vigor, por lo que, según el Decreto Legislativo 1816, su vigencia se presume tres días después de su publicación.
  • Con base en esta interpretación, el Congreso consideró que el Ejecutivo excedió los 15 días establecidos por la Constitución para ejercer el veto, por lo que correspondía al Legislativo sancionar la ley.
  • La medida permitirá que los CODEDES continúen proyectos pendientes, incluso con saldos no ejecutados del ejercicio fiscal anterior, garantizando la continuidad de obras esenciales en los departamentos del país.

Sí, pero. El Ejecutivo presentó una acción de amparo en la Corte de Constitucionalidad para dejar sin efecto el Acuerdo 6-2025 y la moción privilegiada que permitió la publicación del decreto.

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  • La controversia jurídica gira en torno a la interpretación de los plazos para ejercer el veto presidencial. El Gobierno argumenta que la comunicación formal realizada al Congreso el 3 de octubre fue suficiente para cumplir con la ley, sin depender de la fecha de publicación en el Diario Oficial.
  • Diputados oficialistas, como José Carlos Sanabria, señalaron que “forzar la aprobación del decreto debilita el sistema democrático y nuestro régimen constitucional”, advirtiendo que desconocer un acuerdo gubernativo válido rompe el orden constitucional.
  • Por su parte, el Ejecutivo sostiene que la norma pone en riesgo la transparencia y eficiencia del gasto público, al facilitar asignaciones directas a los CODEDES sin los controles adecuados.

Lo indispensable. El Decreto 7-2025 contiene varias disposiciones clave que afectan la ejecución de proyectos de los CODEDES. El artículo 1 reforma el decreto 27-2024, extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.

  • Se adiciona el artículo 45 Ter a la Ley Orgánica del Presupuesto, el cual establece que los saldos por devengar que no se hayan desembolsado deberán trasladarse a la cuenta única del tesoro de los CODEDES, permaneciendo disponibles para la continuidad de la ejecución y el pago de obras.
  • Se establece que las obras financiadas con recursos extraordinarios que no registren avances físicos ni financieros en un plazo de dos años, y que no cuenten con convenios de ejecución, deberán retornar al fondo común.
  • Además, las autoridades encargadas de emitir resoluciones, avales, permisos o licencias deberán resolver las solicitudes de los CODEDES en un plazo máximo de cinco días hábiles. Durante los primeros dos días, podrán requerir documentación adicional o formular observaciones previas; si no se pronuncian, se entenderá que la respuesta es afirmativa.

Lo que sigue. La Corte de Constitucionalidad (CC), ya admitió los amparos presentados por los diputados oficialistas y otorgó un plazo de 48 horas al Congreso para remitir los antecedentes del caso o, en su defecto, un informe circunstanciado que explique por qué se ignoró el veto presidencial.

  • Los magistrados deberán determinar si el veto del Ejecutivo fue ejercido conforme a la ley y si el Congreso actuó válidamente al publicar el decreto, pero hasta el momento la discusión del amparo no está en la agenda de la CC.
  • El fallo podría sentar un precedente importante sobre la relación entre el Ejecutivo y el Legislativo y definir el futuro equilibrio entre los poderes del Estado.
  • Mientras tanto, el Decreto 7-2025 comenzará a surtir efectos mañana, lo que permitirá a los CODEDES continuar con sus proyectos y asegurar que los recursos asignados puedan ser ejecutados sin interrupciones.

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