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Francisco Cabrera: Joviel Acevedo y el STEG han incumplido órdenes judiciales

El proceso de negociación del pacto colectivo se paralizó por la acción judicial que presentó el STEG. El sindicato solicitó un emplazamiento, una figura conocida como conflicto colectivo laboral. 

Glenda Sanchez
26 de agosto, 2026

El conflicto entre el Gobierno y Joviel Acevedo, a través del Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG), profundiza la división del magisterio. El STEG volvió a las calles. La disputa ocurre a pocos meses de las elecciones de 2027 y de la aprobación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado 2027.  

En entrevista con República, Francisco Cabrera, viceministro de Educación, indicó que la negociación del pacto colectivo quedó suspendida tras la judicialización del proceso. El Ministerio de Educación (Mineduc) también advirtió que nuevas suspensiones de clases podrían provocar acciones legales contra dirigentes y maestros.  

¿Hasta dónde avanzó el análisis del nuevo pacto colectivo?  

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El proceso de negociación del pacto colectivo se paralizó por la acción judicial que presentó el STEG. El sindicato solicitó un emplazamiento, una figura conocida como conflicto colectivo laboral. Al presentar esa acción, la negociación queda suspendida. No puede continuar por la vía laboral. La legislación establece que la negociación de un pacto colectivo debe hacerse de buena fe.  

Sin embargo, la buena fe deja de existir cuando una de las partes judicializa el proceso. En este caso, el sindicato presentó la acción legal. Esa decisión interrumpió la negociación de forma automática. El proceso no continuará hasta que una instancia judicial así lo determine.  

¿Cuándo ocurrió el emplazamiento presentado por el STEG?  

No tengo la fecha precisa ahora. Sin embargo, puedo decirle que esta situación ocurrió aproximadamente en marzo de 2026. Recuerdo que el STEG, con nombre propio, presentó la solicitud de emplazamiento o conflicto colectivo laboral.  

En enero, un comité ad hoc presentó el mismo requerimiento. Se le llamó así, pero lo integraban miembros del STEG. El ministerio demostró ante el juzgado laboral que los integrantes del comité eran miembros y directivos del sindicato. Por esa razón, el juzgado desestimó y anuló ese emplazamiento.  

Después, el STEG presentó uno nuevo. Ese es el emplazamiento que sigue vigente. Eso significa que la negociación de buena fe terminó. Ahora el proceso depende de lo que resuelvan las instancias de justicia laboral.  

¿Qué consensos alcanzaron las partes antes del emplazamiento por el nuevo pacto colectivo?  

En realidad, faltaban dos grupos de temas. El primero incluía los aspectos económicos. El segundo reunía los artículos que el ministerio pidió a la Corte de Constitucionalidad (CC) que analizara, para determinar su viabilidad constitucional. La negociación no superó el 80 % de avance o acuerdos. Esa cifra es una estimación, basada en el número de artículos discutidos.  

El cálculo tomó como referencia el pacto colectivo anterior. Con base en esa comparación, se estimó un avance cercano al 80 %. Después surgió el impasse. No hubo acuerdo sobre ninguno. Luego llegaron los emplazamientos y la acción judicial. Desde entonces, no hubo avances y ahora tampoco los habrá.  

¿No habrá pacto colectivo este año?  

El pacto está detenido. En este momento no hay reuniones. Estamos a la espera de lo que determinen los juzgados laborales. Ellos deberán definir cómo continúa el proceso.  

No se puede anticipar cómo se resolverá cada caso. No obstante, la experiencia muestra que estos procesos toman mucho tiempo, porque siguen la vía judicial.  

¿Las acciones de Joviel Acevedo ponen en riesgo el ciclo escolar?  

No podría ocurrir. A raíz del paro del año pasado, el ministerio promovió las acciones judiciales. Distintos juzgados de trabajo emitieron resoluciones sobre el tema. Además, la CC ratificó que el derecho a manifestar no puede limitar ni afectar el derecho a la educación de los estudiantes.  

Esto significa que no se niega el derecho de manifestación. Pero, los docentes no pueden dejar de dar clases, porque eso vulnera el derecho a la educación. La CC ya resolvió este punto. No hay una vía de apelación sobre ese criterio.  

Si el STEG insiste en acciones como las que hizo hace unas semanas, desobedecería sentencias de órganos judiciales laborales. También incumpliría una resolución de la CC. Como usted sabe, desobedecer una orden judicial constituye un delito. Por eso no creo que el STEG considere ese camino.  

¿Qué pasaría si el sindicato de Acevedo mantiene acciones que afecten el ciclo escolar?  

El ministerio tendría que actuar junto con la Procuraduría General de la Nación (PGN). No se trata de una decisión opcional. Existen sentencias judiciales vigentes. Además, la CC ya resolvió este asunto.  

Si el ministerio se entera de una suspensión de clases, debe presentar los recursos legales donde corresponda. Por eso insisto en que no sería razonable ni recomendable que el STEG intente implementar ese tipo de acciones.  

¿Es curioso que las acciones del sindicato de Joviel Acevedo surjan en año preelectoral y cerca del presupuesto?  

Sí. Desde el inicio de esta gestión, el STEG y sus dirigentes actuaron de forma poco razonable y sin justificación clara. Es difícil explicar sus acciones solo por el interés en la educación o en la niñez que asiste al sistema educativo. Sus acciones se alejaron del marco legal.   

El año pasado desobedecieron órdenes de varios juzgados de trabajo. Por eso, dos juzgados certificaron lo conducente. Luego, la Corte ratificó esas resoluciones y ordenó certificar lo conducente al Ministerio Público.   

También hubo multas impuestas por distintos órganos judiciales. Entendemos que algunas no se pagaron. Por eso, un juzgado laboral ordenó el embargo de cuentas del sindicato.   

¿Son recurrentes los incumplimientos?  

Existe un historial de incumplimiento de la ley y de órdenes judiciales. Esa conducta no corresponde a una organización que busca proteger derechos laborales.  

El ministerio cuenta con recursos legales. Puede imponer sanciones económicas cuando los maestros faltan sin justificación. Si las conductas se repiten, también puede iniciar procesos de destitución por los canales legales.  

El año pasado, se sancionó a miles de maestros por ausentarse de las aulas y se promovieron procesos de destitución. Debe repetirse esos procesos disciplinarios cuando se confirmen ausencias injustificadas, en cualquier acción que provoque pérdida de clases y afecte el derecho de los estudiantes.  

¿Qué cantidad de procesos de destitución de maestros siguen en trámite?  

Son 160 procesos. Algunos siguen en el Ministerio de Educación. Otros fueron enviados a la PGN, que luego los remite al juzgado correspondiente. Además, más de 3300 docentes recibieron multas

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Francisco Cabrera: Joviel Acevedo y el STEG han incumplido órdenes judiciales

El proceso de negociación del pacto colectivo se paralizó por la acción judicial que presentó el STEG. El sindicato solicitó un emplazamiento, una figura conocida como conflicto colectivo laboral. 

Glenda Sanchez
26 de agosto, 2026

El conflicto entre el Gobierno y Joviel Acevedo, a través del Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG), profundiza la división del magisterio. El STEG volvió a las calles. La disputa ocurre a pocos meses de las elecciones de 2027 y de la aprobación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado 2027.  

En entrevista con República, Francisco Cabrera, viceministro de Educación, indicó que la negociación del pacto colectivo quedó suspendida tras la judicialización del proceso. El Ministerio de Educación (Mineduc) también advirtió que nuevas suspensiones de clases podrían provocar acciones legales contra dirigentes y maestros.  

¿Hasta dónde avanzó el análisis del nuevo pacto colectivo?  

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El proceso de negociación del pacto colectivo se paralizó por la acción judicial que presentó el STEG. El sindicato solicitó un emplazamiento, una figura conocida como conflicto colectivo laboral. Al presentar esa acción, la negociación queda suspendida. No puede continuar por la vía laboral. La legislación establece que la negociación de un pacto colectivo debe hacerse de buena fe.  

Sin embargo, la buena fe deja de existir cuando una de las partes judicializa el proceso. En este caso, el sindicato presentó la acción legal. Esa decisión interrumpió la negociación de forma automática. El proceso no continuará hasta que una instancia judicial así lo determine.  

¿Cuándo ocurrió el emplazamiento presentado por el STEG?  

No tengo la fecha precisa ahora. Sin embargo, puedo decirle que esta situación ocurrió aproximadamente en marzo de 2026. Recuerdo que el STEG, con nombre propio, presentó la solicitud de emplazamiento o conflicto colectivo laboral.  

En enero, un comité ad hoc presentó el mismo requerimiento. Se le llamó así, pero lo integraban miembros del STEG. El ministerio demostró ante el juzgado laboral que los integrantes del comité eran miembros y directivos del sindicato. Por esa razón, el juzgado desestimó y anuló ese emplazamiento.  

Después, el STEG presentó uno nuevo. Ese es el emplazamiento que sigue vigente. Eso significa que la negociación de buena fe terminó. Ahora el proceso depende de lo que resuelvan las instancias de justicia laboral.  

¿Qué consensos alcanzaron las partes antes del emplazamiento por el nuevo pacto colectivo?  

En realidad, faltaban dos grupos de temas. El primero incluía los aspectos económicos. El segundo reunía los artículos que el ministerio pidió a la Corte de Constitucionalidad (CC) que analizara, para determinar su viabilidad constitucional. La negociación no superó el 80 % de avance o acuerdos. Esa cifra es una estimación, basada en el número de artículos discutidos.  

El cálculo tomó como referencia el pacto colectivo anterior. Con base en esa comparación, se estimó un avance cercano al 80 %. Después surgió el impasse. No hubo acuerdo sobre ninguno. Luego llegaron los emplazamientos y la acción judicial. Desde entonces, no hubo avances y ahora tampoco los habrá.  

¿No habrá pacto colectivo este año?  

El pacto está detenido. En este momento no hay reuniones. Estamos a la espera de lo que determinen los juzgados laborales. Ellos deberán definir cómo continúa el proceso.  

No se puede anticipar cómo se resolverá cada caso. No obstante, la experiencia muestra que estos procesos toman mucho tiempo, porque siguen la vía judicial.  

¿Las acciones de Joviel Acevedo ponen en riesgo el ciclo escolar?  

No podría ocurrir. A raíz del paro del año pasado, el ministerio promovió las acciones judiciales. Distintos juzgados de trabajo emitieron resoluciones sobre el tema. Además, la CC ratificó que el derecho a manifestar no puede limitar ni afectar el derecho a la educación de los estudiantes.  

Esto significa que no se niega el derecho de manifestación. Pero, los docentes no pueden dejar de dar clases, porque eso vulnera el derecho a la educación. La CC ya resolvió este punto. No hay una vía de apelación sobre ese criterio.  

Si el STEG insiste en acciones como las que hizo hace unas semanas, desobedecería sentencias de órganos judiciales laborales. También incumpliría una resolución de la CC. Como usted sabe, desobedecer una orden judicial constituye un delito. Por eso no creo que el STEG considere ese camino.  

¿Qué pasaría si el sindicato de Acevedo mantiene acciones que afecten el ciclo escolar?  

El ministerio tendría que actuar junto con la Procuraduría General de la Nación (PGN). No se trata de una decisión opcional. Existen sentencias judiciales vigentes. Además, la CC ya resolvió este asunto.  

Si el ministerio se entera de una suspensión de clases, debe presentar los recursos legales donde corresponda. Por eso insisto en que no sería razonable ni recomendable que el STEG intente implementar ese tipo de acciones.  

¿Es curioso que las acciones del sindicato de Joviel Acevedo surjan en año preelectoral y cerca del presupuesto?  

Sí. Desde el inicio de esta gestión, el STEG y sus dirigentes actuaron de forma poco razonable y sin justificación clara. Es difícil explicar sus acciones solo por el interés en la educación o en la niñez que asiste al sistema educativo. Sus acciones se alejaron del marco legal.   

El año pasado desobedecieron órdenes de varios juzgados de trabajo. Por eso, dos juzgados certificaron lo conducente. Luego, la Corte ratificó esas resoluciones y ordenó certificar lo conducente al Ministerio Público.   

También hubo multas impuestas por distintos órganos judiciales. Entendemos que algunas no se pagaron. Por eso, un juzgado laboral ordenó el embargo de cuentas del sindicato.   

¿Son recurrentes los incumplimientos?  

Existe un historial de incumplimiento de la ley y de órdenes judiciales. Esa conducta no corresponde a una organización que busca proteger derechos laborales.  

El ministerio cuenta con recursos legales. Puede imponer sanciones económicas cuando los maestros faltan sin justificación. Si las conductas se repiten, también puede iniciar procesos de destitución por los canales legales.  

El año pasado, se sancionó a miles de maestros por ausentarse de las aulas y se promovieron procesos de destitución. Debe repetirse esos procesos disciplinarios cuando se confirmen ausencias injustificadas, en cualquier acción que provoque pérdida de clases y afecte el derecho de los estudiantes.  

¿Qué cantidad de procesos de destitución de maestros siguen en trámite?  

Son 160 procesos. Algunos siguen en el Ministerio de Educación. Otros fueron enviados a la PGN, que luego los remite al juzgado correspondiente. Además, más de 3300 docentes recibieron multas

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