El Congreso volvió a ser escenario de disputa política. Con 86 votos, la oposición aprobó que el Decreto 7-2025, que favorece a los Consejos Departamentales de Desarrollo (CODEDES), fuera enviado para su publicación. La decisión se basó en un supuesto error de la Secretaría General de la Presidencia, que, según los legisladores, permite que la norma entre en vigor pese al veto.
Es noticia. El acuerdo que obliga a la publicación del decreto se aprobó durante la sesión plenaria de este martes, luego de que el Ejecutivo presentara el veto al decreto. La oposición argumenta que, al no incluir fecha en el acuerdo gubernativo publicado el lunes 6 de octubre en el Diario Oficial, este entraría en vigor tres días después, es decir, el 9 de octubre. Para entonces, —según los plazos legales— ya habrían vencido los 15 días establecidos para el veto presidencial, por lo que el decreto tendría que cobrar vigencia.
- La alianza opositora, encabezada por Álvaro Arzú (Unionista) y Allan Rodríguez (Vamos), impulsó el acuerdo con 84 votos.
- El oficialismo no logró frenar a la oposición, pese a los múltiples argumentos donde defendían que el mandatario sí cumplió con el plazo que establece el artículo 178 de la Constitución Política.
- Advirtieron que el tema será elevado a la Corte de Constitucionalidad (CC), donde se definirá si el decreto realmente entrará en vigor.
Qué destacar. El Decreto 7-2025 permite que los recursos no ejecutados por los CODEDES sean trasladados automáticamente de un año a otro, bajo el argumento de continuar obras en ejecución.
- El decreto ha despertado críticas por falta de transparencia y control de fondos públicos.
- Críticos señalan que la medida crea una "bolsa paralela" de fondos sin el control político que exige la Constitución.
- El Ejecutivo vetó la norma al considerar que viola el principio de anualidad presupuestaria y abre espacios para discrecionalidad en el uso de dinero público.
Punto de fricción: El conflicto jurídico se centra en la interpretación de los plazos que tiene el presidente para vetar una ley. La oposición argumenta que el Ejecutivo se atrasó en la publicación del veto; el oficialismo defiende que la simple comunicación al Congreso cumple con lo que establece la Constitución.
- El presidente Bernardo Arévalo comunicó el veto al Congreso el 3 de octubre, pero lo publicó en el Diario Oficial el lunes 6 de octubre, sin fecha en el acuerdo.
- “El ejercicio del veto no exige la vigencia publicada”, defendió el diputado Raúl Barrera, de la bancada oficialista.
- El diputado José Chic (VOS) criticó que “se estiró la ley como si fuera hule”, y aprovechó para criticar el cuerpo de asesores del Ejecutivo, por no advertirle sobre los plazos de ley.
Lo que sigue. La disputa política se trasladará a la CC, que deberá definir si la omisión en la publicación anula o no el veto presidencial. El resultado sentará un precedente sobre cómo se interpretan los plazos de sanción y veto en futuras leyes.
- La oposición, por su parte, confía en que el decreto ya es plenamente válido por haber vencido el plazo legal de veto.
El Congreso volvió a ser escenario de disputa política. Con 86 votos, la oposición aprobó que el Decreto 7-2025, que favorece a los Consejos Departamentales de Desarrollo (CODEDES), fuera enviado para su publicación. La decisión se basó en un supuesto error de la Secretaría General de la Presidencia, que, según los legisladores, permite que la norma entre en vigor pese al veto.
Es noticia. El acuerdo que obliga a la publicación del decreto se aprobó durante la sesión plenaria de este martes, luego de que el Ejecutivo presentara el veto al decreto. La oposición argumenta que, al no incluir fecha en el acuerdo gubernativo publicado el lunes 6 de octubre en el Diario Oficial, este entraría en vigor tres días después, es decir, el 9 de octubre. Para entonces, —según los plazos legales— ya habrían vencido los 15 días establecidos para el veto presidencial, por lo que el decreto tendría que cobrar vigencia.
- La alianza opositora, encabezada por Álvaro Arzú (Unionista) y Allan Rodríguez (Vamos), impulsó el acuerdo con 84 votos.
- El oficialismo no logró frenar a la oposición, pese a los múltiples argumentos donde defendían que el mandatario sí cumplió con el plazo que establece el artículo 178 de la Constitución Política.
- Advirtieron que el tema será elevado a la Corte de Constitucionalidad (CC), donde se definirá si el decreto realmente entrará en vigor.
Qué destacar. El Decreto 7-2025 permite que los recursos no ejecutados por los CODEDES sean trasladados automáticamente de un año a otro, bajo el argumento de continuar obras en ejecución.
- El decreto ha despertado críticas por falta de transparencia y control de fondos públicos.
- Críticos señalan que la medida crea una "bolsa paralela" de fondos sin el control político que exige la Constitución.
- El Ejecutivo vetó la norma al considerar que viola el principio de anualidad presupuestaria y abre espacios para discrecionalidad en el uso de dinero público.
Punto de fricción: El conflicto jurídico se centra en la interpretación de los plazos que tiene el presidente para vetar una ley. La oposición argumenta que el Ejecutivo se atrasó en la publicación del veto; el oficialismo defiende que la simple comunicación al Congreso cumple con lo que establece la Constitución.
- El presidente Bernardo Arévalo comunicó el veto al Congreso el 3 de octubre, pero lo publicó en el Diario Oficial el lunes 6 de octubre, sin fecha en el acuerdo.
- “El ejercicio del veto no exige la vigencia publicada”, defendió el diputado Raúl Barrera, de la bancada oficialista.
- El diputado José Chic (VOS) criticó que “se estiró la ley como si fuera hule”, y aprovechó para criticar el cuerpo de asesores del Ejecutivo, por no advertirle sobre los plazos de ley.
Lo que sigue. La disputa política se trasladará a la CC, que deberá definir si la omisión en la publicación anula o no el veto presidencial. El resultado sentará un precedente sobre cómo se interpretan los plazos de sanción y veto en futuras leyes.
- La oposición, por su parte, confía en que el decreto ya es plenamente válido por haber vencido el plazo legal de veto.