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Cuestionan legalidad del MARN para frenar proyecto inmobiliario

.
Isabel Ortiz Caballeros
04 de febrero, 2025

Un “procedimiento administrativo” – con tintes de legalidad- del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), puso en suspenso el avance del proyecto inmobiliario Irantu. Supuestas irregularidades en una consulta a vecinos y la tala de árboles en un terreno privado, ubicado en la zona 10 de la capitalina, serían las razones.

En perspectiva. La Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente establece el marco para la emisión de licencias ambientales, pero no otorga al MARN la facultad de suspenderlas de manera discrecional.  

  • Según el artículo 31, la única causa válida para suspender una licencia debe ser una “variación negativa en los parámetros de contaminación establecidos”, lo que requiere evidencia técnica de daño ambiental.
  • Es en el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (RECSA) donde se amplió esta facultad, permitiendo la suspensión por errores en la documentación del instrumento ambiental, violaciones de propiedad intelectual del consultor ambiental o el incumplimiento de compromisos ambientales adquiridos.
  • Expertos en derecho ambiental señalan que el MARN uso el reglamento como “pretexto para suspender licencias, excediendo sus facultades legales, violando los principios de legalidad y seguridad jurídica, lo que genera incertidumbre sobre las decisiones gubernamentales”. 

Entre líneas. El MARN defendió su decisión; argumentó que la licencia no fue suspendida, sino que se solicitó una actualización del proceso de participación pública. Según el RECSA, la actualización es “un procedimiento administrativo subsanable que no implica la suspensión de la licencia ambiental”. 

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  • No obstante, si no se lleva a cabo la actualización solicitada, se iniciará un “proceso incidental en la Dirección de Cumplimiento Legal”.
  • Desde la oposición en la Municipalidad de Guatemala, la concejal electa por Movimiento Semilla, Ninotchka Matute, afirmó que la licencia fue “efectivamente suspendida por problemas en la consulta vecinal”. Matute citó irregularidades en la consulta, como la inclusión de opiniones de vecinos de otras zonas, lo que incumple con requisitos establecidos.
  • Desde el ámbito municipal, se señaló que la Dirección de Control Territorial (DCT), autoriza licencias de construcción si se cumplen todos los requisitos legales, incluyendo la aprobación del MARN. La Municipalidad no puede actuar mientras el proyecto no atienda las observaciones. 

Entre líneas. El MARN, bajo la gestión de la ministra Patricia Orantes, ha decidido suspender licencias ambientales, pero sin cumplir la ley, según abogados consultados.  

  • Uno de los puntos más cuestionados por el MARN es la [supuesta falta] de la consulta vecinal como justificación para la suspensión. Sin embargo, este requisito no está contemplado como obligatorio en la ley, sino únicamente en el RECSA.
  • El proceso legal de licenciamiento ambiental en el país no incluye la consulta como paso obligatorio, agregan. Aunque el reglamento permite que los vecinos presenten observaciones, estas no son vinculantes ni determinantes para la aprobación o denegación de una licencia.
  • Utilizar la falta de consulta a los vecinos como motivo para suspender proyectos no solo es ilegal, sino que establece una situación peligrosa. Si un ministerio puede imponer nuevas condiciones sin respaldo legal, se abre la puerta a la discrecionalidad y parcialidad en la toma de decisiones, indicaron los abogados. 

Sí, pero. La Constitución protege el derecho de los ciudadanos a desarrollar actividades productivas lícitas, un derecho que solo puede ser restringido por una ley formalmente aprobada por el Congreso.  

  • Las suspensiones de licencias ambientales, basadas en disposiciones menores, como la del RECSA —que exceden lo establecido por la ley—, son inconstitucionales, porque violan el principio de legalidad en materia administrativa.
  • Esto puede constituir abuso de autoridad por parte de los funcionarios que ordenaron las suspensiones.
  • En un Estado de derecho, ningún ministerio puede actuar por encima de lo que la ley le permite, y la legalidad debe ser el principio rector de todas las decisiones administrativas. 
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Cuestionan legalidad del MARN para frenar proyecto inmobiliario

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Isabel Ortiz Caballeros
04 de febrero, 2025

Un “procedimiento administrativo” – con tintes de legalidad- del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), puso en suspenso el avance del proyecto inmobiliario Irantu. Supuestas irregularidades en una consulta a vecinos y la tala de árboles en un terreno privado, ubicado en la zona 10 de la capitalina, serían las razones.

En perspectiva. La Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente establece el marco para la emisión de licencias ambientales, pero no otorga al MARN la facultad de suspenderlas de manera discrecional.  

  • Según el artículo 31, la única causa válida para suspender una licencia debe ser una “variación negativa en los parámetros de contaminación establecidos”, lo que requiere evidencia técnica de daño ambiental.
  • Es en el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (RECSA) donde se amplió esta facultad, permitiendo la suspensión por errores en la documentación del instrumento ambiental, violaciones de propiedad intelectual del consultor ambiental o el incumplimiento de compromisos ambientales adquiridos.
  • Expertos en derecho ambiental señalan que el MARN uso el reglamento como “pretexto para suspender licencias, excediendo sus facultades legales, violando los principios de legalidad y seguridad jurídica, lo que genera incertidumbre sobre las decisiones gubernamentales”. 

Entre líneas. El MARN defendió su decisión; argumentó que la licencia no fue suspendida, sino que se solicitó una actualización del proceso de participación pública. Según el RECSA, la actualización es “un procedimiento administrativo subsanable que no implica la suspensión de la licencia ambiental”. 

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  • No obstante, si no se lleva a cabo la actualización solicitada, se iniciará un “proceso incidental en la Dirección de Cumplimiento Legal”.
  • Desde la oposición en la Municipalidad de Guatemala, la concejal electa por Movimiento Semilla, Ninotchka Matute, afirmó que la licencia fue “efectivamente suspendida por problemas en la consulta vecinal”. Matute citó irregularidades en la consulta, como la inclusión de opiniones de vecinos de otras zonas, lo que incumple con requisitos establecidos.
  • Desde el ámbito municipal, se señaló que la Dirección de Control Territorial (DCT), autoriza licencias de construcción si se cumplen todos los requisitos legales, incluyendo la aprobación del MARN. La Municipalidad no puede actuar mientras el proyecto no atienda las observaciones. 

Entre líneas. El MARN, bajo la gestión de la ministra Patricia Orantes, ha decidido suspender licencias ambientales, pero sin cumplir la ley, según abogados consultados.  

  • Uno de los puntos más cuestionados por el MARN es la [supuesta falta] de la consulta vecinal como justificación para la suspensión. Sin embargo, este requisito no está contemplado como obligatorio en la ley, sino únicamente en el RECSA.
  • El proceso legal de licenciamiento ambiental en el país no incluye la consulta como paso obligatorio, agregan. Aunque el reglamento permite que los vecinos presenten observaciones, estas no son vinculantes ni determinantes para la aprobación o denegación de una licencia.
  • Utilizar la falta de consulta a los vecinos como motivo para suspender proyectos no solo es ilegal, sino que establece una situación peligrosa. Si un ministerio puede imponer nuevas condiciones sin respaldo legal, se abre la puerta a la discrecionalidad y parcialidad en la toma de decisiones, indicaron los abogados. 

Sí, pero. La Constitución protege el derecho de los ciudadanos a desarrollar actividades productivas lícitas, un derecho que solo puede ser restringido por una ley formalmente aprobada por el Congreso.  

  • Las suspensiones de licencias ambientales, basadas en disposiciones menores, como la del RECSA —que exceden lo establecido por la ley—, son inconstitucionales, porque violan el principio de legalidad en materia administrativa.
  • Esto puede constituir abuso de autoridad por parte de los funcionarios que ordenaron las suspensiones.
  • En un Estado de derecho, ningún ministerio puede actuar por encima de lo que la ley le permite, y la legalidad debe ser el principio rector de todas las decisiones administrativas. 

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