Esta es la explicación técnica y jurídica de los cambios efectuados en la banda 4G, realizados a finales de diciembre de 2020 por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT). La frecuencia también es conocida como de 700 MHz.
El jefe de la entidad, Marco Antonio Baten, señala que las modificaciones debieron hacerse hace diez años para permitir que el Estado pudiera subastar la banda 4G.
El primer paso para poner a la venta el espacio que permitirá mejorar el servicio de telefonía móvil es ordenar las frecuencias. Explica que en la banda de 700 MHz había prestadores de servicios de radio y televisión, contrario a las disposiciones internacionales.
Guatemala estaba pendiente de cumplir esta recomendación de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), que sugiere usar este espacio solo para telefonía móvil.
Baten resalta que ese paso se cumplió al pasar a los prestadores de servicios de radio y televisión a la banda de 600 MHz. En la banda de 700 MHz se encontraban entidades como TIGO con un 36% (compró los derechos de frecuencia al Grupo Albavisión). También figuraban la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac), la Academia de Lenguas Mayas y la Iglesia de Motivación Cristiana, entre otras.
¿Por qué se movió a todas las entidades?
TIGO tenía 36% del espacio disponible en la banda 4G o de 700 MHz y al reordenarla se reconocieron sus “derechos existentes”. Ello con base en el artículo 94 de la Ley General de Telecomunicaciones, indica Marco Antonio Baten.
Por cuestiones técnicas solo se reconocieron 30MHz, no el 36%, enfatiza el funcionario.
¿Por qué no se movió a TIGO a la banda de 600 MHz como los otros usufructuarios? Las autoridades señalan que fue porque la entidad tiene los derechos y sí es prestador de los servicios de telefonía móvil. Las otras dependencias también habrían podido quedarse en este espacio si ofrecieran ese servicio, asegura Baten.
La duda que surge es ¿cómo pudo TIGO cambiar la razón del título de radio y televisión al de telefonía móvil? De acuerdo con las autoridades los títulos no especifican la actividad en la frecuencia regulada, solo el rango donde opera, entre otros datos.
La base legal de este punto es el capítulo II de la Ley General de Telecomunicaciones, que aborda el tema de los títulos de usufructo. Acerca del contenido de estos títulos, el artículo 57 establece los datos que debe contener:
- Banda o rango de frecuencias, indicando: horario de operación, área geográfica de influencia, potencia máxima efectiva de radiación, máxima intensidad de campo eléctrico o potencia máxima admisible en el contorno del área de cobertura.
- Número de orden y de registro del título
- Fecha de emisión y vencimiento del título
- Nombre del titular
- Espacio en blanco para endosos o razones
Segun el Gobierno este reordenamiento permitirá realizar la subasta internacional del 60% disponible de la banda 4G. El 10% restante queda para lo que en términos técnicos se conoce como banda de resguardo.
Reducir la brecha digital, incrementar la competitividad nacional, mejorar la cobertura y fortalecer la conectividad e infraestructura tecnológica, son algunas ventajas esperadas con la subasta.
Según Baten, el objetivo de la SIT es realizar la subasta este año porque Guatemala ya no puede seguir atrasando más el proceso.
Esta es la explicación técnica y jurídica de los cambios efectuados en la banda 4G, realizados a finales de diciembre de 2020 por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT). La frecuencia también es conocida como de 700 MHz.
El jefe de la entidad, Marco Antonio Baten, señala que las modificaciones debieron hacerse hace diez años para permitir que el Estado pudiera subastar la banda 4G.
El primer paso para poner a la venta el espacio que permitirá mejorar el servicio de telefonía móvil es ordenar las frecuencias. Explica que en la banda de 700 MHz había prestadores de servicios de radio y televisión, contrario a las disposiciones internacionales.
Guatemala estaba pendiente de cumplir esta recomendación de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), que sugiere usar este espacio solo para telefonía móvil.
Baten resalta que ese paso se cumplió al pasar a los prestadores de servicios de radio y televisión a la banda de 600 MHz. En la banda de 700 MHz se encontraban entidades como TIGO con un 36% (compró los derechos de frecuencia al Grupo Albavisión). También figuraban la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac), la Academia de Lenguas Mayas y la Iglesia de Motivación Cristiana, entre otras.
¿Por qué se movió a todas las entidades?
TIGO tenía 36% del espacio disponible en la banda 4G o de 700 MHz y al reordenarla se reconocieron sus “derechos existentes”. Ello con base en el artículo 94 de la Ley General de Telecomunicaciones, indica Marco Antonio Baten.
Por cuestiones técnicas solo se reconocieron 30MHz, no el 36%, enfatiza el funcionario.
¿Por qué no se movió a TIGO a la banda de 600 MHz como los otros usufructuarios? Las autoridades señalan que fue porque la entidad tiene los derechos y sí es prestador de los servicios de telefonía móvil. Las otras dependencias también habrían podido quedarse en este espacio si ofrecieran ese servicio, asegura Baten.
La duda que surge es ¿cómo pudo TIGO cambiar la razón del título de radio y televisión al de telefonía móvil? De acuerdo con las autoridades los títulos no especifican la actividad en la frecuencia regulada, solo el rango donde opera, entre otros datos.
La base legal de este punto es el capítulo II de la Ley General de Telecomunicaciones, que aborda el tema de los títulos de usufructo. Acerca del contenido de estos títulos, el artículo 57 establece los datos que debe contener:
- Banda o rango de frecuencias, indicando: horario de operación, área geográfica de influencia, potencia máxima efectiva de radiación, máxima intensidad de campo eléctrico o potencia máxima admisible en el contorno del área de cobertura.
- Número de orden y de registro del título
- Fecha de emisión y vencimiento del título
- Nombre del titular
- Espacio en blanco para endosos o razones
Segun el Gobierno este reordenamiento permitirá realizar la subasta internacional del 60% disponible de la banda 4G. El 10% restante queda para lo que en términos técnicos se conoce como banda de resguardo.
Reducir la brecha digital, incrementar la competitividad nacional, mejorar la cobertura y fortalecer la conectividad e infraestructura tecnológica, son algunas ventajas esperadas con la subasta.
Según Baten, el objetivo de la SIT es realizar la subasta este año porque Guatemala ya no puede seguir atrasando más el proceso.