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¿Y si aprobar un déficit fuera delito?

En Guatemala, la Constitución prohíbe al banco central financiarle los gastos al gobierno, ese candado ha sido tres décadas de estabilidad monetaria. 

Dr. Ramiro Bolaños |
14 de septiembre, 2026

Febrero de 2023, un estudio de televisión en Buenos Aires. Javier Milei, entonces candidato a la presidencia, levanta un libro frente a la cámara y lo agita. Repite el gesto en otro programa, y en otro, y les regala ejemplares a los periodistas que lo entrevistan. El libro se llama La inflación como delito (2022) y propone algo que en ese momento sonaba a exageración de profesor: que emitir dinero sin respaldo debería llevar a la cárcel al funcionario que lo ordena. Tres años después, esa idea es un proyecto de ley en el Congreso argentino.

El autor se llama Ricardo Manuel Rojas y no es un teórico de escritorio. Fue juez penal en Buenos Aires durante más de cuarenta años, pasó por la Corte Suprema como secretario y dejó el juzgado en 2020. Después se vino a Guatemala. Hoy da clases en la Universidad Francisco Marroquín, en la zona 10, a menos de cuatro kilómetros en línea recta del edificio donde cada septiembre discutimos nuestro presupuesto.

En febrero de 2024, un periodista argentino le hizo la pregunta que separa la teoría de la práctica: cómo se escribe en un código penal que un funcionario cometió un crimen al firmar una decisión económica. Rojas contestó con un ejemplo, y el ejemplo no fue Alemania ni Suiza. Fue Guatemala. Dijo que la Constitución del país donde vive le prohíbe al banco central financiarle los gastos al gobierno, que ni prestada le puede pedir plata, y atribuyó a ese candado tres décadas de estabilidad monetaria. Esa frase la dijo un argentino. Su país cerró 2023 con los precios subiendo cerca de 300% al año, y la inflación dominó su elección presidencial.

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Tiene razón en lo esencial. El artículo 133 de nuestra Constitución establece que la Junta Monetaria no puede autorizar que el Banco de Guatemala financie al Estado, ni directa ni indirectamente, ni darle garantía ni aval. Y cierra la puerta de atrás. Tampoco puede comprarle bonos al Estado cuando este los emite. La única excepción es por catástrofes o desastres públicos, y requiere las dos terceras partes del total de diputados del Congreso.

De dónde salió ese candado es la parte que casi nadie recuerda. En mayo de 1993, Jorge Serrano disolvió el Congreso y la Corte de Constitucionalidad, y el país lo sacó del poder en ocho días. Ramiro de León Carpio llegó a la presidencia con la tarea de reconstruir lo que quedaba y empujó un paquete de reformas constitucionales: el Acuerdo Legislativo 18-93. Eran treinta y siete cambios, y los guatemaltecos los ratificamos en consulta popular en enero de 1994. Entre ellos estaba la reforma al artículo 133. El mejor arreglo económico de nuestra historia reciente nació de un golpe de Estado fallido.

¿Sirvió de algo? Los números del Banco de Guatemala muestran un cambio difícil de ignorar. Entre 1985 y 1996 la inflación promedió 18.16% al año, y diez de esos doce años cerraron con dos dígitos. En 1990, último año completo del gobierno de Vinicio Cerezo, los precios subieron 59.81%. Desde 1997 el promedio anual es de 5.27%, y en 29 años ningún mes de diciembre ha cerrado con dos dígitos. El peor fue 2008, con 9.40%.

Llevemos eso al mercado, que es donde se entiende. Hoy la docena de huevo blanco grande cuesta alrededor de Q30 en La Terminal. Si reconstruimos ese precio hacia atrás con la inflación general del país, en 1985 habría sido cerca de Q1. Para 1996 ya habría llegado a Q6.90. En aquellos doce años, el nivel de precios se multiplicó casi por siete. En los 29 siguientes, con el candado puesto, se multiplicó por cuatro. La inflación acumulada de aquellos doce años fue mayor que la de las casi tres décadas que vinieron después.

Cerrarle la puerta a la maquinita de hacer billetes no acaba con el déficit: obliga a financiarlo pidiendo prestado.

El 2 de septiembre entró al Congreso el proyecto de presupuesto para 2027. Pide Q192,045.1 millones, 13.8% más que el vigente y el monto más alto de nuestra historia: más de una sexta parte de todo lo que el país produce en un año. Los impuestos que el Estado espera cobrar el año entrante suman Q131,635.9 millones. El déficit proyectado es de Q48,300 millones, 4.4% del PIB, casi tres veces lo que recibe el Ministerio de Salud. Puesto como uno hace cuentas en su casa: por cada Q100 que espera cobrar en impuestos, tiene que financiar Q37 de déficit.

Ese déficit no sale de una imprenta, porque desde 1993 esa puerta está cerrada con llave. Una parte se financia con bonos del Tesoro, y el proyecto pide autorización para colocar Q42,750 millones: unos Q117 millones de deuda nueva por cada día del año. Un bono no es dinero nuevo: es una promesa de pago que honrará el contribuyente de los años que vienen, con intereses. No hay inflación, pero sí una cuenta que crece.

Alguien preguntará lo obvio: si el hoyo es de ese tamaño, ¿por qué no se siente? Hay al menos dos razones, y ninguna es mérito de la política fiscal. La primera son las remesas: la cantidad de dólares que entra al país contribuye a sostener la estabilidad del quetzal. La segunda es más difícil de digerir. El gobierno no gasta el dinero que pide prestado.

En julio de 2025, la Cuenta Única del Tesoro acumulaba un saldo de Q31,837.3 millones, frente a Q12,044.2 millones al cierre de 2024. Es el saldo más alto registrado entre 2010 y 2025. Equivale a casi dos terceras partes del déficit que hoy se propone para 2027. Mientras el Estado acumula liquidez que no ejecuta, sigue colocando deuda y pagando intereses. El dinero queda dormido en una cuenta bancaria; los intereses, no.

Los consejos departamentales de desarrollo son el mejor retrato de lo mismo. Disponen este año de Q15,425.4 millones. Al 1 de julio de 2026 habían ejecutado Q2,338.8 millones: 15.16%. Veintidós consejos tenían en sus manos más de Q15 mil millones y, a mitad de año, habían gastado apenas 15 centavos de cada quetzal.

Lo único que avanza con puntualidad es el pago de la deuda. El presupuesto aprobado para 2026 destina Q21,368.7 millones al servicio de la deuda. Es más de lo que recibe el Ministerio de Salud, con Q16,537.7 millones, y más que Gobernación y Defensa juntos, con Q14,281.3 millones. El proyecto para 2027 sube esa cuenta a Q24,601 millones. Pagamos más por deber que por curar y por cuidar.

Y aquí es donde el proyecto argentino nos devuelve algo que ya era nuestro. La prohibición de que el banco central financie al Tesoro, incluida en el proyecto que Milei envió al Congreso el 30 de julio, es, en lo esencial, nuestro artículo 133 escrito treinta y tres años después. Eso ya lo tenemos. Lo que nos falta es lo que ellos escribieron para acompañarlo.

La Ley de Compromiso Nacional para la Estabilidad Fiscal y Monetaria hace dos cosas. La primera es escribir el límite en la ley. Su artículo 1 exige que el presupuesto se proyecte con un resultado financiero equilibrado o superavitario y prohíbe que se apruebe una ley de presupuesto con déficit. En castellano corriente: el Estado no puede autorizarse a gastar más de lo que espera ingresar.

La segunda es ponerle consecuencia a ese límite. El artículo 11 agrega al Código Penal un nuevo artículo, el 248 ter: de uno a seis años de prisión, más inhabilitación por el doble de la condena, para el funcionario que apruebe, autorice o ejecute normas que aumenten el gasto sin acreditar los recursos para financiarlo. Y agrega un segundo delito: hasta diez años para el funcionario del banco central que ordene emitir dinero contra su propia carta orgánica. Las penas se duplican si buscaba enriquecerse o enriquecer a un tercero. Sin un límite escrito en la ley no hay manera de señalar quién lo violó, y sin eso no hay delito que perseguir.

Alguien dirá que imponer por ley disciplina fiscal es idea de libertarios radicales. Miremos entonces a Suecia. En 1997 su parlamento se puso la meta de ahorrar cada año el equivalente a 2% de su producción nacional. En 2019 bajó esa meta a 0.33%. Y a partir de 2027 la meta será, simplemente, que el presupuesto cierre sin déficit. Lo acordaron seis de los ocho partidos del Riksdag, socialdemócratas incluidos.

Nuestra propuesta cabe en dos leyes ordinarias y no toca una coma de la Constitución. La primera: reformar la Ley Orgánica del Presupuesto para que ningún presupuesto pueda aprobarse gastando más de lo que se espera ingresar, sin promedios ni excepciones por ciclo económico. La segunda: tipificar en el Código Penal la violación de ese límite, tanto al aprobar el presupuesto como al ejecutarlo, con prisión de uno a seis años e inhabilitación por el doble del tiempo de la condena.

Se dirá que la obra pública necesita deuda. La respuesta está en la caja: la Cuenta Única del Tesoro acumulaba más de Q31 mil millones mientras el Estado seguía endeudándose. El problema no es solo la falta de financiamiento, sino la incapacidad de convertirlo en obra mientras pagamos intereses por la deuda. Una deuda que construye un puerto deja un activo capaz de generar riqueza durante décadas. La que financia gasto corriente deja la cuenta para que la paguen nuestros hijos con su salario.

Penalizar sirve si hay quien persiga, y ese es un problema guatemalteco que ninguna ley fiscal resuelve sola. Pero la regla trabaja antes de que aparezca un juez. Hoy, votar un incremento al presupuesto no le cuesta nada al diputado que lo aprueba, porque la disciplina fiscal depende de la virtud de cada uno de los 160 diputados. Ninguna institución seria se construye sobre esa apuesta.

El Congreso tiene hasta el 30 de noviembre. Puede aprobar Q192,045.1 millones con un hoyo de Q48,300 millones, o puede empezar a discutir las dos leyes que convertirían aprobar ese hoyo en delito. La pregunta para cada diputado cabe en una línea: ¿está dispuesto a que su voto le cueste algo?

Ramiro Bolaños, PhD.

Presidente del Centro de Pensamiento y Acción Factoría Libertatis.

Referencias

Argentina, Poder Ejecutivo Nacional, Proyecto de Ley de Compromiso Nacional para la Estabilidad Fiscal y Monetaria, Mensaje 29/2025, expediente 0011-PE-2025 (Buenos Aires: Honorable Cámara de Diputados de la Nación, 2025).

Banco de Guatemala, Ritmo inflacionario anual, 1980–2025 (Guatemala: Banguat, 2026).

Congreso de la República de Guatemala, Acuerdo Legislativo 18-93. Reformas a la Constitución Política de la República (Guatemala, 1993).

Ministerio de Finanzas Públicas, Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, Ejercicio Fiscal 2027 (Guatemala: Minfin, 2026).

Sweden, Ministry of Finance, The Swedish Fiscal Policy Framework (Stockholm: Government Offices of Sweden, 2018).

¿Y si aprobar un déficit fuera delito?

En Guatemala, la Constitución prohíbe al banco central financiarle los gastos al gobierno, ese candado ha sido tres décadas de estabilidad monetaria. 

Dr. Ramiro Bolaños |
14 de septiembre, 2026

Febrero de 2023, un estudio de televisión en Buenos Aires. Javier Milei, entonces candidato a la presidencia, levanta un libro frente a la cámara y lo agita. Repite el gesto en otro programa, y en otro, y les regala ejemplares a los periodistas que lo entrevistan. El libro se llama La inflación como delito (2022) y propone algo que en ese momento sonaba a exageración de profesor: que emitir dinero sin respaldo debería llevar a la cárcel al funcionario que lo ordena. Tres años después, esa idea es un proyecto de ley en el Congreso argentino.

El autor se llama Ricardo Manuel Rojas y no es un teórico de escritorio. Fue juez penal en Buenos Aires durante más de cuarenta años, pasó por la Corte Suprema como secretario y dejó el juzgado en 2020. Después se vino a Guatemala. Hoy da clases en la Universidad Francisco Marroquín, en la zona 10, a menos de cuatro kilómetros en línea recta del edificio donde cada septiembre discutimos nuestro presupuesto.

En febrero de 2024, un periodista argentino le hizo la pregunta que separa la teoría de la práctica: cómo se escribe en un código penal que un funcionario cometió un crimen al firmar una decisión económica. Rojas contestó con un ejemplo, y el ejemplo no fue Alemania ni Suiza. Fue Guatemala. Dijo que la Constitución del país donde vive le prohíbe al banco central financiarle los gastos al gobierno, que ni prestada le puede pedir plata, y atribuyó a ese candado tres décadas de estabilidad monetaria. Esa frase la dijo un argentino. Su país cerró 2023 con los precios subiendo cerca de 300% al año, y la inflación dominó su elección presidencial.

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Tiene razón en lo esencial. El artículo 133 de nuestra Constitución establece que la Junta Monetaria no puede autorizar que el Banco de Guatemala financie al Estado, ni directa ni indirectamente, ni darle garantía ni aval. Y cierra la puerta de atrás. Tampoco puede comprarle bonos al Estado cuando este los emite. La única excepción es por catástrofes o desastres públicos, y requiere las dos terceras partes del total de diputados del Congreso.

De dónde salió ese candado es la parte que casi nadie recuerda. En mayo de 1993, Jorge Serrano disolvió el Congreso y la Corte de Constitucionalidad, y el país lo sacó del poder en ocho días. Ramiro de León Carpio llegó a la presidencia con la tarea de reconstruir lo que quedaba y empujó un paquete de reformas constitucionales: el Acuerdo Legislativo 18-93. Eran treinta y siete cambios, y los guatemaltecos los ratificamos en consulta popular en enero de 1994. Entre ellos estaba la reforma al artículo 133. El mejor arreglo económico de nuestra historia reciente nació de un golpe de Estado fallido.

¿Sirvió de algo? Los números del Banco de Guatemala muestran un cambio difícil de ignorar. Entre 1985 y 1996 la inflación promedió 18.16% al año, y diez de esos doce años cerraron con dos dígitos. En 1990, último año completo del gobierno de Vinicio Cerezo, los precios subieron 59.81%. Desde 1997 el promedio anual es de 5.27%, y en 29 años ningún mes de diciembre ha cerrado con dos dígitos. El peor fue 2008, con 9.40%.

Llevemos eso al mercado, que es donde se entiende. Hoy la docena de huevo blanco grande cuesta alrededor de Q30 en La Terminal. Si reconstruimos ese precio hacia atrás con la inflación general del país, en 1985 habría sido cerca de Q1. Para 1996 ya habría llegado a Q6.90. En aquellos doce años, el nivel de precios se multiplicó casi por siete. En los 29 siguientes, con el candado puesto, se multiplicó por cuatro. La inflación acumulada de aquellos doce años fue mayor que la de las casi tres décadas que vinieron después.

Cerrarle la puerta a la maquinita de hacer billetes no acaba con el déficit: obliga a financiarlo pidiendo prestado.

El 2 de septiembre entró al Congreso el proyecto de presupuesto para 2027. Pide Q192,045.1 millones, 13.8% más que el vigente y el monto más alto de nuestra historia: más de una sexta parte de todo lo que el país produce en un año. Los impuestos que el Estado espera cobrar el año entrante suman Q131,635.9 millones. El déficit proyectado es de Q48,300 millones, 4.4% del PIB, casi tres veces lo que recibe el Ministerio de Salud. Puesto como uno hace cuentas en su casa: por cada Q100 que espera cobrar en impuestos, tiene que financiar Q37 de déficit.

Ese déficit no sale de una imprenta, porque desde 1993 esa puerta está cerrada con llave. Una parte se financia con bonos del Tesoro, y el proyecto pide autorización para colocar Q42,750 millones: unos Q117 millones de deuda nueva por cada día del año. Un bono no es dinero nuevo: es una promesa de pago que honrará el contribuyente de los años que vienen, con intereses. No hay inflación, pero sí una cuenta que crece.

Alguien preguntará lo obvio: si el hoyo es de ese tamaño, ¿por qué no se siente? Hay al menos dos razones, y ninguna es mérito de la política fiscal. La primera son las remesas: la cantidad de dólares que entra al país contribuye a sostener la estabilidad del quetzal. La segunda es más difícil de digerir. El gobierno no gasta el dinero que pide prestado.

En julio de 2025, la Cuenta Única del Tesoro acumulaba un saldo de Q31,837.3 millones, frente a Q12,044.2 millones al cierre de 2024. Es el saldo más alto registrado entre 2010 y 2025. Equivale a casi dos terceras partes del déficit que hoy se propone para 2027. Mientras el Estado acumula liquidez que no ejecuta, sigue colocando deuda y pagando intereses. El dinero queda dormido en una cuenta bancaria; los intereses, no.

Los consejos departamentales de desarrollo son el mejor retrato de lo mismo. Disponen este año de Q15,425.4 millones. Al 1 de julio de 2026 habían ejecutado Q2,338.8 millones: 15.16%. Veintidós consejos tenían en sus manos más de Q15 mil millones y, a mitad de año, habían gastado apenas 15 centavos de cada quetzal.

Lo único que avanza con puntualidad es el pago de la deuda. El presupuesto aprobado para 2026 destina Q21,368.7 millones al servicio de la deuda. Es más de lo que recibe el Ministerio de Salud, con Q16,537.7 millones, y más que Gobernación y Defensa juntos, con Q14,281.3 millones. El proyecto para 2027 sube esa cuenta a Q24,601 millones. Pagamos más por deber que por curar y por cuidar.

Y aquí es donde el proyecto argentino nos devuelve algo que ya era nuestro. La prohibición de que el banco central financie al Tesoro, incluida en el proyecto que Milei envió al Congreso el 30 de julio, es, en lo esencial, nuestro artículo 133 escrito treinta y tres años después. Eso ya lo tenemos. Lo que nos falta es lo que ellos escribieron para acompañarlo.

La Ley de Compromiso Nacional para la Estabilidad Fiscal y Monetaria hace dos cosas. La primera es escribir el límite en la ley. Su artículo 1 exige que el presupuesto se proyecte con un resultado financiero equilibrado o superavitario y prohíbe que se apruebe una ley de presupuesto con déficit. En castellano corriente: el Estado no puede autorizarse a gastar más de lo que espera ingresar.

La segunda es ponerle consecuencia a ese límite. El artículo 11 agrega al Código Penal un nuevo artículo, el 248 ter: de uno a seis años de prisión, más inhabilitación por el doble de la condena, para el funcionario que apruebe, autorice o ejecute normas que aumenten el gasto sin acreditar los recursos para financiarlo. Y agrega un segundo delito: hasta diez años para el funcionario del banco central que ordene emitir dinero contra su propia carta orgánica. Las penas se duplican si buscaba enriquecerse o enriquecer a un tercero. Sin un límite escrito en la ley no hay manera de señalar quién lo violó, y sin eso no hay delito que perseguir.

Alguien dirá que imponer por ley disciplina fiscal es idea de libertarios radicales. Miremos entonces a Suecia. En 1997 su parlamento se puso la meta de ahorrar cada año el equivalente a 2% de su producción nacional. En 2019 bajó esa meta a 0.33%. Y a partir de 2027 la meta será, simplemente, que el presupuesto cierre sin déficit. Lo acordaron seis de los ocho partidos del Riksdag, socialdemócratas incluidos.

Nuestra propuesta cabe en dos leyes ordinarias y no toca una coma de la Constitución. La primera: reformar la Ley Orgánica del Presupuesto para que ningún presupuesto pueda aprobarse gastando más de lo que se espera ingresar, sin promedios ni excepciones por ciclo económico. La segunda: tipificar en el Código Penal la violación de ese límite, tanto al aprobar el presupuesto como al ejecutarlo, con prisión de uno a seis años e inhabilitación por el doble del tiempo de la condena.

Se dirá que la obra pública necesita deuda. La respuesta está en la caja: la Cuenta Única del Tesoro acumulaba más de Q31 mil millones mientras el Estado seguía endeudándose. El problema no es solo la falta de financiamiento, sino la incapacidad de convertirlo en obra mientras pagamos intereses por la deuda. Una deuda que construye un puerto deja un activo capaz de generar riqueza durante décadas. La que financia gasto corriente deja la cuenta para que la paguen nuestros hijos con su salario.

Penalizar sirve si hay quien persiga, y ese es un problema guatemalteco que ninguna ley fiscal resuelve sola. Pero la regla trabaja antes de que aparezca un juez. Hoy, votar un incremento al presupuesto no le cuesta nada al diputado que lo aprueba, porque la disciplina fiscal depende de la virtud de cada uno de los 160 diputados. Ninguna institución seria se construye sobre esa apuesta.

El Congreso tiene hasta el 30 de noviembre. Puede aprobar Q192,045.1 millones con un hoyo de Q48,300 millones, o puede empezar a discutir las dos leyes que convertirían aprobar ese hoyo en delito. La pregunta para cada diputado cabe en una línea: ¿está dispuesto a que su voto le cueste algo?

Ramiro Bolaños, PhD.

Presidente del Centro de Pensamiento y Acción Factoría Libertatis.

Referencias

Argentina, Poder Ejecutivo Nacional, Proyecto de Ley de Compromiso Nacional para la Estabilidad Fiscal y Monetaria, Mensaje 29/2025, expediente 0011-PE-2025 (Buenos Aires: Honorable Cámara de Diputados de la Nación, 2025).

Banco de Guatemala, Ritmo inflacionario anual, 1980–2025 (Guatemala: Banguat, 2026).

Congreso de la República de Guatemala, Acuerdo Legislativo 18-93. Reformas a la Constitución Política de la República (Guatemala, 1993).

Ministerio de Finanzas Públicas, Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, Ejercicio Fiscal 2027 (Guatemala: Minfin, 2026).

Sweden, Ministry of Finance, The Swedish Fiscal Policy Framework (Stockholm: Government Offices of Sweden, 2018).

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