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Scalia vs. la Corte Celestial

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Luis Figueroa |
08 de mayo, 2026

¿Te acuerdas de la serie de televisión “Alma Mater” cuyo título original era “The Paper Chase”? Estaba de moda cuando en 1980 empecé a estudiar derecho, carrera de la cual me alejé porque se trataba más de aprender a recitar artículos que de estudiar el derecho.

El placer de estudiar el derecho, con profesores de lujo y compañeros notables, lo tendría 20 años después al leer obras, escuchar conferencias y participar en conversaciones de personajes como Enrique Ghersi, Ricardo Manuel Rojas y Richard Epstein, por mencionar tres. Una de esas ocasiones la estoy disfrutando ahora que participo en el club de lectura sobre el libro “Una cuestión de interpretación”, de Antonin Scalia, organizado por el Law & Liberty Circle de la Universidad Francisco Marroquín.

¿De qué va el libro? Pues Scalia expone y defiende con claridad su metodología: el textualismo originalista. Desde que leí “How to Read a Book”, de Adler & Van Doren, comprendí la importancia de determinar el significado de las palabras, como las usa el autor con precisión, y la única manera de hacer eso es usar el lenguaje con la mayor habilidad posible. Por eso cuando hace unos años me empecé a acercar al textualismo originalista me pareció lo más natural del mundo.

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¿Qué dice Scalia? Que la ley debe ser interpretada según el significado objetivo del texto en el momento en que fue promulgada, no según las intenciones subjetivas de los redactores, y menos según los “valores evolutivos” de la sociedad actual.

Scalia rechaza el “intencionalismo” y el “evolucionismo” judicial como formas encubiertas de “gobierno de los jueces” en lugar de gobierno de la ley. Argumenta que el “common law” (donde los jueces crean derecho) no es aplicable a la interpretación constitucional de un sistema republicano. Defiende que una interpretación fiel al texto es la mejor garantía del Estado de Derecho, porque obliga al legislador a escribir claramente y somete a los jueces a reglas externas.

Para Antonin Scalia, los jueces no son los “filósofos-reyes” de Platón, ni correctores morales de la sociedad, sino agentes fieles del texto aprobado por los legisladores representantes del pueblo (que yo prefiero llamar electores y tributarios). Esta visión resuena profundamente con la tradición liberal clásica de limitación del poder, predictibilidad jurídica y gobierno de leyes, no de hombres.

¿Por qué es importante la conversación en Guatemala? Porque aquí corrientes como el constitucionalismo vivo, la interpretación moral, el pragmatismo judicial y las teorías evolutivas del derecho gozan de popularidad. La primera sostiene que la Constitución debe adaptarse a los valores y realidades actuales; la segunda que hay que leer la Constitución según los mejores principios morales de la época; la tercera que los jueces deben decidir lo que consideran mejor para la sociedad hoy; y la cuarta que la Constitución evoluciona con la “madurez” de la sociedad. Esas teorías conducen a la tiranía de los jueces porque los convierten en legisladores supremos, permiten ignorar los textos legales cuando conviene políticamente; y destruyen la predictibilidad del Estado de Derecho porque convierten a los jueces en oligarcas del activismo judicial, que pueden pasar por alto la voluntad de los electores y tributarios expresada mediante el sufragio y la elección de representantes.

¿Cómo? Como cuando en Guatemala se dice que “la Constitución dice lo que la Corte de Constitucionalidad dice que dice”, o cuando se dice que “Las resoluciones de la Corte de Constitucionalidad no se discuten”. Las teorías contrarias al textualismo originalista generan inseguridad jurídica, porque nadie sabe realmente cuál será el “significado” de la Constitución mañana, al depender este de la composición de la Corte Celestial. Scalia, por su parte, aclara que “la Constitución no es un organismo vivo, sino que es un documento legal. Dice lo que dice y no dice lo que no dice.”

¿Y qué tiene que ver con “The Paper Chase”? Porque tanto en los EE. UU. como en Hispanoamérica, el activismo judicial (en el contexto del “common law”)  ha hecho daños graves. Muchos de los problemas que enfrentamos en Guatemala (como interpretaciones de la Constitución que expanden el poder del Estado) encuentran su raíz en la misma mentalidad que combatió Antonin Scalia.

Si te interesan estos temas visita luisfi61.com

Scalia vs. la Corte Celestial

Luis Figueroa |
08 de mayo, 2026
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¿Te acuerdas de la serie de televisión “Alma Mater” cuyo título original era “The Paper Chase”? Estaba de moda cuando en 1980 empecé a estudiar derecho, carrera de la cual me alejé porque se trataba más de aprender a recitar artículos que de estudiar el derecho.

El placer de estudiar el derecho, con profesores de lujo y compañeros notables, lo tendría 20 años después al leer obras, escuchar conferencias y participar en conversaciones de personajes como Enrique Ghersi, Ricardo Manuel Rojas y Richard Epstein, por mencionar tres. Una de esas ocasiones la estoy disfrutando ahora que participo en el club de lectura sobre el libro “Una cuestión de interpretación”, de Antonin Scalia, organizado por el Law & Liberty Circle de la Universidad Francisco Marroquín.

¿De qué va el libro? Pues Scalia expone y defiende con claridad su metodología: el textualismo originalista. Desde que leí “How to Read a Book”, de Adler & Van Doren, comprendí la importancia de determinar el significado de las palabras, como las usa el autor con precisión, y la única manera de hacer eso es usar el lenguaje con la mayor habilidad posible. Por eso cuando hace unos años me empecé a acercar al textualismo originalista me pareció lo más natural del mundo.

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¿Qué dice Scalia? Que la ley debe ser interpretada según el significado objetivo del texto en el momento en que fue promulgada, no según las intenciones subjetivas de los redactores, y menos según los “valores evolutivos” de la sociedad actual.

Scalia rechaza el “intencionalismo” y el “evolucionismo” judicial como formas encubiertas de “gobierno de los jueces” en lugar de gobierno de la ley. Argumenta que el “common law” (donde los jueces crean derecho) no es aplicable a la interpretación constitucional de un sistema republicano. Defiende que una interpretación fiel al texto es la mejor garantía del Estado de Derecho, porque obliga al legislador a escribir claramente y somete a los jueces a reglas externas.

Para Antonin Scalia, los jueces no son los “filósofos-reyes” de Platón, ni correctores morales de la sociedad, sino agentes fieles del texto aprobado por los legisladores representantes del pueblo (que yo prefiero llamar electores y tributarios). Esta visión resuena profundamente con la tradición liberal clásica de limitación del poder, predictibilidad jurídica y gobierno de leyes, no de hombres.

¿Por qué es importante la conversación en Guatemala? Porque aquí corrientes como el constitucionalismo vivo, la interpretación moral, el pragmatismo judicial y las teorías evolutivas del derecho gozan de popularidad. La primera sostiene que la Constitución debe adaptarse a los valores y realidades actuales; la segunda que hay que leer la Constitución según los mejores principios morales de la época; la tercera que los jueces deben decidir lo que consideran mejor para la sociedad hoy; y la cuarta que la Constitución evoluciona con la “madurez” de la sociedad. Esas teorías conducen a la tiranía de los jueces porque los convierten en legisladores supremos, permiten ignorar los textos legales cuando conviene políticamente; y destruyen la predictibilidad del Estado de Derecho porque convierten a los jueces en oligarcas del activismo judicial, que pueden pasar por alto la voluntad de los electores y tributarios expresada mediante el sufragio y la elección de representantes.

¿Cómo? Como cuando en Guatemala se dice que “la Constitución dice lo que la Corte de Constitucionalidad dice que dice”, o cuando se dice que “Las resoluciones de la Corte de Constitucionalidad no se discuten”. Las teorías contrarias al textualismo originalista generan inseguridad jurídica, porque nadie sabe realmente cuál será el “significado” de la Constitución mañana, al depender este de la composición de la Corte Celestial. Scalia, por su parte, aclara que “la Constitución no es un organismo vivo, sino que es un documento legal. Dice lo que dice y no dice lo que no dice.”

¿Y qué tiene que ver con “The Paper Chase”? Porque tanto en los EE. UU. como en Hispanoamérica, el activismo judicial (en el contexto del “common law”)  ha hecho daños graves. Muchos de los problemas que enfrentamos en Guatemala (como interpretaciones de la Constitución que expanden el poder del Estado) encuentran su raíz en la misma mentalidad que combatió Antonin Scalia.

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