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¡Qué relajo!

.
Carolina Castellanos |
06 de marzo, 2026

Al momento de escribir este artículo, aún continúa el relajo en el congreso (con minúsculas).

La Constitución de Guatemala (art. 141) es clara: los tres poderes del Estado —Ejecutivo, Legislativo y Judicial— deben actuar de forma independiente. Ninguno puede meterse en las decisiones del otro.

Sin embargo, el presidente Bernardo Arévalo, desde el Ejecutivo, está opinando y señalando públicamente a candidatos en procesos que corresponden al Congreso y al sistema de justicia.

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Esto no es cualquier cosa.

El Código Penal (art. 381) establece que intentar influir o limitar las facultades de otro organismo del Estado puede constituir violación a la Constitución, un delito castigado con 3 a 10 años de prisión.

La separación de poderes no es un detalle político. Es la base del Estado de Derecho. Cuando un presidente cruza esa línea, el problema ya no es político… es constitucional.

Ojo con esto.

La Constitución de Guatemala (art. 141) es clara: los tres poderes del Estado —Ejecutivo, Legislativo y Judicial— deben actuar de forma independiente.

Ninguno puede meterse en las decisiones del otro. Eso no es cualquier cosa.

El Código Penal (art. 381) establece que intentar influir o limitar las facultades de otro organismo del Estado puede constituir violación a la Constitución, un delito castigado con 3 a 10 años de prisión.

El presidente tuvo la desfachatez de tildar de no idóneo a uno de los candidatos para la Corte de Constitucionalidad. NO DEBE EMITIR OPINIÓN, PUNTO. ¡Esto es prohibido por ley!

Cuando terminen las negociaciones, ofertas y quién sabe qué más, dentro del congreso (nuevamente, con minúsculas), tendremos a los que formarán parte de la Corte de Constitucionalidad. No es poca cosa; muy por el contrario. Pero el congreso lo convirtió en un circo.

Espero que el resultado final sea positivo para Guatemala. Ya veremos en qué termina este relajo.

¡Qué relajo!

Carolina Castellanos |
06 de marzo, 2026
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Al momento de escribir este artículo, aún continúa el relajo en el congreso (con minúsculas).

La Constitución de Guatemala (art. 141) es clara: los tres poderes del Estado —Ejecutivo, Legislativo y Judicial— deben actuar de forma independiente. Ninguno puede meterse en las decisiones del otro.

Sin embargo, el presidente Bernardo Arévalo, desde el Ejecutivo, está opinando y señalando públicamente a candidatos en procesos que corresponden al Congreso y al sistema de justicia.

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Esto no es cualquier cosa.

El Código Penal (art. 381) establece que intentar influir o limitar las facultades de otro organismo del Estado puede constituir violación a la Constitución, un delito castigado con 3 a 10 años de prisión.

La separación de poderes no es un detalle político. Es la base del Estado de Derecho. Cuando un presidente cruza esa línea, el problema ya no es político… es constitucional.

Ojo con esto.

La Constitución de Guatemala (art. 141) es clara: los tres poderes del Estado —Ejecutivo, Legislativo y Judicial— deben actuar de forma independiente.

Ninguno puede meterse en las decisiones del otro. Eso no es cualquier cosa.

El Código Penal (art. 381) establece que intentar influir o limitar las facultades de otro organismo del Estado puede constituir violación a la Constitución, un delito castigado con 3 a 10 años de prisión.

El presidente tuvo la desfachatez de tildar de no idóneo a uno de los candidatos para la Corte de Constitucionalidad. NO DEBE EMITIR OPINIÓN, PUNTO. ¡Esto es prohibido por ley!

Cuando terminen las negociaciones, ofertas y quién sabe qué más, dentro del congreso (nuevamente, con minúsculas), tendremos a los que formarán parte de la Corte de Constitucionalidad. No es poca cosa; muy por el contrario. Pero el congreso lo convirtió en un circo.

Espero que el resultado final sea positivo para Guatemala. Ya veremos en qué termina este relajo.

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