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Demanda contra el Estado de Guatemala ¿Otra?

Redacción
07 de octubre, 2014

Este martes, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos



(CIDH) hizo pública su decisión de presentar el caso 12.739 (Maria Inés



Chinchilla y otros con respecto a Guatemala) ante la Corte Interamericana de



Derechos Humanos (CoIDH). En lo que va del año, la Comisión también elevó a la



Corte el caso 12.788 (Miembros de la Aldea de Chichupac y Comunidades Vecinas



del Municipio de Rabinal, Guatemala) por los supuestos hechos del genocidio



contra el pueblo indígena maya en Guatemala que continúan en la impunidad.

Éste último caso, se relaciona con las supuestas masacres,



ejecuciones extrajudiciales, torturas, desapariciones forzadas y violaciones



sexuales en contra de los miembros de la Aldea de Chichupac y Comunidades



Vecinas del Municipio de Rabinal, en el marco de los operativos por parte del



Ejército y colaboradores durante el conflicto armado interno en Guatemala.

El caso más reciente se relaciona con “las violaciones a los



derechos humanos de María Inés Chinchilla Sandoval como resultado de la falta



de atención médica adecuada mientras era una interna en el Centro de



Orientación Femenina (COF), así como por los hechos relacionados con su muerte.



La Comisión determinó que al encontrarse Chinchilla Sandoval privada de su



libertad, el Estado de Guatemala tenía una posición especial de garante de sus



derechos a la vida e integridad, sin embargo, no realizó diagnósticos completos



para determinar la totalidad de las enfermedades que padecía, ni las



necesidades específicas del tratamiento correspondiente. Asimismo, ante las



obligaciones especiales que imponía su condición de persona con discapacidad,



el Estado no le proveyó de condiciones de detención adecuadas para garantizar



sus derechos. El día de su muerte, al no tener quien la desplazara, cayó de su



silla de ruedas por una escalera. La Comisión consideró que María Inés



Chinchilla Sandoval no recibió una protección judicial efectiva. Además, la



investigación emprendida por el Estado no determinó si las causas establecidas



de su muerte ocurrieron como consecuencia de la falta de atención médica



adecuada y las condiciones de detención, de tal forma que hasta la fecha no se



han establecido los diversos tipos de responsabilidades que pudieran haber



surgido por tal hecho”.

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Asimismo, este año también se decidió aprobar el informe de



admisibilidad del caso Comunidades del Pueblo Maya (Sipakapense y Mam) de Sipacapa



y San Miguel Ixtahuacán, San Marcos originado por los reclamos contra la



minería y la falta de consulta previa a dichas comunidades.

Anteriores expedientes ante la CoIDH fueron puestos a



discusión de nuevo cuando la CoIDH calificó de “desacato” la posición asumida



por Guatemala durante las diligencias de supervisión de sentencias… ¡11 casos!



(Blake, Niños de la Calle, Bámaca Velázquez, Mack Chang, Maritza Urrutia, Las



Dos Erres, Chitay Nech, Molina Theissen, Carpio Nicole y otros, Tíu Tojín y



Masacre en Plan de Sanchez).

Corre y va de nuevo… ¿Cómo afecta esto a la reputación de



Guatemala a nivel internacional? ¿Quién paga los platos rotos? ¿Los



funcionarios de turno? ¡Cómo no!… Nosotros los tributarios pagaremos estos y



muchos otros casos más por la falta de voluntad y debida diligencia de las



instituciones del Estado quienes están obligados a cumplir con la ley y, según



nuestra Constitución, con los estándares internacionales en materia de derechos



humanos… les guste o no les guste.

Demanda contra el Estado de Guatemala ¿Otra?

Redacción
07 de octubre, 2014

Este martes, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos



(CIDH) hizo pública su decisión de presentar el caso 12.739 (Maria Inés



Chinchilla y otros con respecto a Guatemala) ante la Corte Interamericana de



Derechos Humanos (CoIDH). En lo que va del año, la Comisión también elevó a la



Corte el caso 12.788 (Miembros de la Aldea de Chichupac y Comunidades Vecinas



del Municipio de Rabinal, Guatemala) por los supuestos hechos del genocidio



contra el pueblo indígena maya en Guatemala que continúan en la impunidad.

Éste último caso, se relaciona con las supuestas masacres,



ejecuciones extrajudiciales, torturas, desapariciones forzadas y violaciones



sexuales en contra de los miembros de la Aldea de Chichupac y Comunidades



Vecinas del Municipio de Rabinal, en el marco de los operativos por parte del



Ejército y colaboradores durante el conflicto armado interno en Guatemala.

El caso más reciente se relaciona con “las violaciones a los



derechos humanos de María Inés Chinchilla Sandoval como resultado de la falta



de atención médica adecuada mientras era una interna en el Centro de



Orientación Femenina (COF), así como por los hechos relacionados con su muerte.



La Comisión determinó que al encontrarse Chinchilla Sandoval privada de su



libertad, el Estado de Guatemala tenía una posición especial de garante de sus



derechos a la vida e integridad, sin embargo, no realizó diagnósticos completos



para determinar la totalidad de las enfermedades que padecía, ni las



necesidades específicas del tratamiento correspondiente. Asimismo, ante las



obligaciones especiales que imponía su condición de persona con discapacidad,



el Estado no le proveyó de condiciones de detención adecuadas para garantizar



sus derechos. El día de su muerte, al no tener quien la desplazara, cayó de su



silla de ruedas por una escalera. La Comisión consideró que María Inés



Chinchilla Sandoval no recibió una protección judicial efectiva. Además, la



investigación emprendida por el Estado no determinó si las causas establecidas



de su muerte ocurrieron como consecuencia de la falta de atención médica



adecuada y las condiciones de detención, de tal forma que hasta la fecha no se



han establecido los diversos tipos de responsabilidades que pudieran haber



surgido por tal hecho”.

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Asimismo, este año también se decidió aprobar el informe de



admisibilidad del caso Comunidades del Pueblo Maya (Sipakapense y Mam) de Sipacapa



y San Miguel Ixtahuacán, San Marcos originado por los reclamos contra la



minería y la falta de consulta previa a dichas comunidades.

Anteriores expedientes ante la CoIDH fueron puestos a



discusión de nuevo cuando la CoIDH calificó de “desacato” la posición asumida



por Guatemala durante las diligencias de supervisión de sentencias… ¡11 casos!



(Blake, Niños de la Calle, Bámaca Velázquez, Mack Chang, Maritza Urrutia, Las



Dos Erres, Chitay Nech, Molina Theissen, Carpio Nicole y otros, Tíu Tojín y



Masacre en Plan de Sanchez).

Corre y va de nuevo… ¿Cómo afecta esto a la reputación de



Guatemala a nivel internacional? ¿Quién paga los platos rotos? ¿Los



funcionarios de turno? ¡Cómo no!… Nosotros los tributarios pagaremos estos y



muchos otros casos más por la falta de voluntad y debida diligencia de las



instituciones del Estado quienes están obligados a cumplir con la ley y, según



nuestra Constitución, con los estándares internacionales en materia de derechos



humanos… les guste o no les guste.

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