En los últimos días, toma nuevamente relevancia el Procedimiento Especial de Aceptación de Cargos, luego de la sentencia contra el cirujano plástico Kevin Malouf, Susana Rojas y Lydia Moreira.
En perspectiva. Los tres fueron condenados por el homicidio culposo de Floridalma Roque.
- El cirujano aceptó los cargos y fue beneficiado con una reducción de pena por el Juzgado Cuarto Penal. De cinco años prisión, se le rebajó a tres años y cuatro meses conmutables, a razón de GTQ 5 diarios.
- El rechazo ha sido generalizado; no era aplicable el cambio del delito de homicidio por homicidio culposo.
- La Corte de Constitucionalidad (CC), aceptó la apelación planteada por el Ministerio Público (MP), y concedió el amparo provisional solicitado por la fiscalía.
- Provisionalmente, quedó suspendido el cambio de delito y la audiencia de aceptación de cargos.
Qué destacar. El mecanismo tiene ventajas y desventajas. Desde su implementación, se han agilizado algunos procesos y desfogado los juzgados. Sin embargo, es cuestionable porque algunos implicados logran impunidad.
- El procedimiento entró en vigor en 2019 con la publicación del Decreto 10-2019 (Reformas al Código Procesal Penal). Entre los beneficios que obtiene el acusado está la rebaja de la pena de hasta la mitad; no obstante, dependerá de la etapa donde las solicite.
- En los últimos meses, se ha criticado el proceso. La lluvia de juicios hace referencia a reformar la norma; sugieren pequeños cambios e incluso desecharla. Mientras tanto, expertos aseguran que el problema no es la ley.
- “Es una buena ley, no debe ser cambiada. El problema es el desconocimiento. Los inconvenientes surgen cuando se modifica la figura para que se aplique el beneficio de la rebaja del 50 % de la pena”, aseveran.
Voces. Los analistas coinciden en que existen factores que generan percepciones erróneas del procedimiento, como la mediatización de los casos. Indican que muchos de los procesos que llegan a los medios tienen algún interés, que al final alteran al público y este empieza a pedir venganza.
- “La desaparecida CICIG y su caja de resonancia mediática crearon un escozor enorme en contra de personas. Después, levantaron dentro de la sociedad el deseo de venganza y tenían a personas detenidas, sin ninguna justificación, solo para satisfacer ese deseo. Ellos mismos, cuando se les empezó a cuestionar, salieron con la Aceptación de Cargos”, indica Francisco Quezada, experto del CIEN.
- Explica que persiste la teoría que percibe el sistema como penitente, donde se cometía una falta y tenía que recibir un escarmiento. Pero también, la teoría de la rehabilitación y la resocialización que nuestra Constitución tomó de los Tratados de Derechos Humanos.
- Las dos teorías han ido contrastándose, pero la Constitución va en la línea de la resocialización y la rehabilitación. “La aceptación de cargos, al final de cuentas, si se aplica bien, tiene una lógica; pero requiere de un MP con gran capacidad investigativa, que prácticamente tenga ya todas las evidencias, todas las pruebas de cargo para poder condenar a una persona”, concluye.
Datos clave. Los procesos son relevantes en los medios de comunicación cuando se relacionan con figuras públicas —políticos, deportistas, funcionarios, exfuncionarios o influencers—. Esa divulgación genera la percepción de que la mayoría que opta por esta medida son funcionarios o exfuncionarios.
- Se solicitaron datos al Organismo Judicial de los procesos concluidos; el informe revela que gran cantidad de las sentencias se relacionan con delitos de violencia contra la mujer.
- En los dos últimos años —2023-2024—, se registraron 5414 sentencias con este beneficio. De enero a diciembre de 2024, los casos suman 1455 y durante el mismo periodo de 2023 se reportan 810, según los datos del Sistema de Gestión de Tribunales.
- Del total de las sentencias, el 41 % —2245 casos— se vincula a delitos de violencia contra la mujer —física, psicológica y económica en sus diferentes manifestaciones—, el resto con corrupción (2 %), lavado (1 %), violencia o crimen organizado (8 %) y robo de terminales móviles (2 %).
En los últimos días, toma nuevamente relevancia el Procedimiento Especial de Aceptación de Cargos, luego de la sentencia contra el cirujano plástico Kevin Malouf, Susana Rojas y Lydia Moreira.
En perspectiva. Los tres fueron condenados por el homicidio culposo de Floridalma Roque.
- El cirujano aceptó los cargos y fue beneficiado con una reducción de pena por el Juzgado Cuarto Penal. De cinco años prisión, se le rebajó a tres años y cuatro meses conmutables, a razón de GTQ 5 diarios.
- El rechazo ha sido generalizado; no era aplicable el cambio del delito de homicidio por homicidio culposo.
- La Corte de Constitucionalidad (CC), aceptó la apelación planteada por el Ministerio Público (MP), y concedió el amparo provisional solicitado por la fiscalía.
- Provisionalmente, quedó suspendido el cambio de delito y la audiencia de aceptación de cargos.
Qué destacar. El mecanismo tiene ventajas y desventajas. Desde su implementación, se han agilizado algunos procesos y desfogado los juzgados. Sin embargo, es cuestionable porque algunos implicados logran impunidad.
- El procedimiento entró en vigor en 2019 con la publicación del Decreto 10-2019 (Reformas al Código Procesal Penal). Entre los beneficios que obtiene el acusado está la rebaja de la pena de hasta la mitad; no obstante, dependerá de la etapa donde las solicite.
- En los últimos meses, se ha criticado el proceso. La lluvia de juicios hace referencia a reformar la norma; sugieren pequeños cambios e incluso desecharla. Mientras tanto, expertos aseguran que el problema no es la ley.
- “Es una buena ley, no debe ser cambiada. El problema es el desconocimiento. Los inconvenientes surgen cuando se modifica la figura para que se aplique el beneficio de la rebaja del 50 % de la pena”, aseveran.
Voces. Los analistas coinciden en que existen factores que generan percepciones erróneas del procedimiento, como la mediatización de los casos. Indican que muchos de los procesos que llegan a los medios tienen algún interés, que al final alteran al público y este empieza a pedir venganza.
- “La desaparecida CICIG y su caja de resonancia mediática crearon un escozor enorme en contra de personas. Después, levantaron dentro de la sociedad el deseo de venganza y tenían a personas detenidas, sin ninguna justificación, solo para satisfacer ese deseo. Ellos mismos, cuando se les empezó a cuestionar, salieron con la Aceptación de Cargos”, indica Francisco Quezada, experto del CIEN.
- Explica que persiste la teoría que percibe el sistema como penitente, donde se cometía una falta y tenía que recibir un escarmiento. Pero también, la teoría de la rehabilitación y la resocialización que nuestra Constitución tomó de los Tratados de Derechos Humanos.
- Las dos teorías han ido contrastándose, pero la Constitución va en la línea de la resocialización y la rehabilitación. “La aceptación de cargos, al final de cuentas, si se aplica bien, tiene una lógica; pero requiere de un MP con gran capacidad investigativa, que prácticamente tenga ya todas las evidencias, todas las pruebas de cargo para poder condenar a una persona”, concluye.
Datos clave. Los procesos son relevantes en los medios de comunicación cuando se relacionan con figuras públicas —políticos, deportistas, funcionarios, exfuncionarios o influencers—. Esa divulgación genera la percepción de que la mayoría que opta por esta medida son funcionarios o exfuncionarios.
- Se solicitaron datos al Organismo Judicial de los procesos concluidos; el informe revela que gran cantidad de las sentencias se relacionan con delitos de violencia contra la mujer.
- En los dos últimos años —2023-2024—, se registraron 5414 sentencias con este beneficio. De enero a diciembre de 2024, los casos suman 1455 y durante el mismo periodo de 2023 se reportan 810, según los datos del Sistema de Gestión de Tribunales.
- Del total de las sentencias, el 41 % —2245 casos— se vincula a delitos de violencia contra la mujer —física, psicológica y económica en sus diferentes manifestaciones—, el resto con corrupción (2 %), lavado (1 %), violencia o crimen organizado (8 %) y robo de terminales móviles (2 %).