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Los agresores más frecuentes en la lista de aceptación de cargos

Ilustración Gabo
Glenda Sanchez
23 de enero, 2025

El 41 % de los procesos terminados por el mecanismo de aceptación de cargos se vincula con delitos de violencia contra la mujer en sus manifestaciones físicas, psicológicas y económicas.  

  • En un mínimo porcentaje, se trata de delitos vinculados a corrupción, lavado de dinero, narcotráfico, robo de celulares, entre otros.
  • El principal beneficio con este método es la reducción de hasta la mitad de pena y se garantiza la reparación efectiva de la víctima. Es oportuno aclarar que no a todos los delitos aplica la rebaja de las penas.  

Datos. El mecanismo toma relevancia en los medios de comunicación guatemaltecos cuando se relacionan con figuras públicas —políticos, deportistas, funcionarios, exfuncionarios o influencers—.  Principalmente, al hablar de los políticos, de inmediato se hace la conexión con impunidad y corrupción. Esa divulgación genera la percepción de que la mayoría que opta por esta medida son funcionarios o exfuncionarios.  

  • Se solicitaron datos al Organismo Judicial (OJ) de los procesos concluidos —sentencias—; el informe revela que gran cantidad de las sentencias se relacionan con delitos de violencia contra la mujer.
  • En los dos últimos años —2023-2024— se registraron 5414 sentencias con este beneficio. De enero a diciembre de 2024, los casos suman 1455 y durante el mismo periodo de 2023 se reportan 810, según los datos del Sistema de Gestión de Tribunales (SGT).
  • Del total de las sentencias, el 41 %, equivalente a 2245 casos, se vincula a delitos de violencia contra la mujer —física, psicológica y económica en sus diferentes manifestaciones—, el resto con corrupción —2 %—, lavado — 1 %—, crimen o violencia organizado —8 %—, robo de terminales móviles —2 %—, entre otros. 

Entre líneas. El mecanismo tiene ventajas y desventajas. Desde su implementación, se han agilizado algunos procesos y desfogado los juzgados. Sin embargo, es cuestionable el proceso porque algunos implicados logran impunidad: se les reduce la pena y la reparación digna es insignificante comparada con el daño causado —víctimas o Estado—.  

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  • No obstante, la preocupación que alarma es ese 41 % de sentencias de violencia contra la mujer, porque existe el riesgo de que el agresor, por la pena obtenida, repita los hechos con otras víctimas, incluso pase de una agresión psicológica a física o sexual.
  • Organizaciones de derechos humanos y de mujeres recuerdan que el círculo de la violencia tiene diferentes fases: acumulación de tensión, reconciliación, violencia y luna de miel. Además, que en Guatemala prevalece el machismo, principalmente en las áreas rurales, sin olvidar la sumisión de las mujeres.
  • Al analizar el contexto, existe la posibilidad de que algunos agresores reincidan, porque consideran risible la pena o por otras razones.  Además, que la víctima o víctimas no denuncien por temor o amenazas. Se desconoce si en estas sentencias se aplicaron procesos de rehabilitación, terapias, informes psicológicos y proceso de seguimiento que comprueben la rehabilitación del agresor.
  • Un caso emblemático es el del futbolista Marco Pappa Ponce, condenado tres ocasiones por violencia física contra sus parejas. En los dos primeros casos fue condenado a 5 años conmutables y multas que no superaron los GTQ 10 000 — proceso abreviado —. En 2022, la condena fue de 5 años inconmutables, pero una Sala de Apelaciones la redujo.  

Cómo funciona. El Procedimiento Especial de Aceptación de Cargos, entró en vigor en 2019 con la publicación del Decreto 10-2019 (Reformas al Código Penal). Entre los beneficios que obtiene un acusado está la rebaja de la pena de hasta la mitad; no obstante, dependerá en la etapa donde las solicite. 

  • La norma establece que toda persona ligada a proceso tiene derecho de aceptar los cargos que el MP le formule, en tanto sea aprobado por un juez o tribunal. Eso implica aceptar los hechos en tiempo, modo y lugar.
  • El mecanismo no es aplicable para las personas que incluye el artículo 76 del Código Penal: “El trastorno mental del imputado provocará la suspensión de su persecución penal hasta que desaparezca esa incapacidad”.
  • Es importante destacar que la reducción de la pena no es aplicable para los delitos de asesinato, violación, agresión sexual, pornografía de personas de edad o infantil, plagio, secuestro, trata de personas, robo agravado, extorsión, femicidios, delitos contemplados en la Ley contra la Narcoactividad, entre otros. Tampoco, para las personas reincidentes habituales.

Los agresores más frecuentes en la lista de aceptación de cargos

Ilustración Gabo
Glenda Sanchez
23 de enero, 2025

El 41 % de los procesos terminados por el mecanismo de aceptación de cargos se vincula con delitos de violencia contra la mujer en sus manifestaciones físicas, psicológicas y económicas.  

  • En un mínimo porcentaje, se trata de delitos vinculados a corrupción, lavado de dinero, narcotráfico, robo de celulares, entre otros.
  • El principal beneficio con este método es la reducción de hasta la mitad de pena y se garantiza la reparación efectiva de la víctima. Es oportuno aclarar que no a todos los delitos aplica la rebaja de las penas.  

Datos. El mecanismo toma relevancia en los medios de comunicación guatemaltecos cuando se relacionan con figuras públicas —políticos, deportistas, funcionarios, exfuncionarios o influencers—.  Principalmente, al hablar de los políticos, de inmediato se hace la conexión con impunidad y corrupción. Esa divulgación genera la percepción de que la mayoría que opta por esta medida son funcionarios o exfuncionarios.  

  • Se solicitaron datos al Organismo Judicial (OJ) de los procesos concluidos —sentencias—; el informe revela que gran cantidad de las sentencias se relacionan con delitos de violencia contra la mujer.
  • En los dos últimos años —2023-2024— se registraron 5414 sentencias con este beneficio. De enero a diciembre de 2024, los casos suman 1455 y durante el mismo periodo de 2023 se reportan 810, según los datos del Sistema de Gestión de Tribunales (SGT).
  • Del total de las sentencias, el 41 %, equivalente a 2245 casos, se vincula a delitos de violencia contra la mujer —física, psicológica y económica en sus diferentes manifestaciones—, el resto con corrupción —2 %—, lavado — 1 %—, crimen o violencia organizado —8 %—, robo de terminales móviles —2 %—, entre otros. 

Entre líneas. El mecanismo tiene ventajas y desventajas. Desde su implementación, se han agilizado algunos procesos y desfogado los juzgados. Sin embargo, es cuestionable el proceso porque algunos implicados logran impunidad: se les reduce la pena y la reparación digna es insignificante comparada con el daño causado —víctimas o Estado—.  

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  • No obstante, la preocupación que alarma es ese 41 % de sentencias de violencia contra la mujer, porque existe el riesgo de que el agresor, por la pena obtenida, repita los hechos con otras víctimas, incluso pase de una agresión psicológica a física o sexual.
  • Organizaciones de derechos humanos y de mujeres recuerdan que el círculo de la violencia tiene diferentes fases: acumulación de tensión, reconciliación, violencia y luna de miel. Además, que en Guatemala prevalece el machismo, principalmente en las áreas rurales, sin olvidar la sumisión de las mujeres.
  • Al analizar el contexto, existe la posibilidad de que algunos agresores reincidan, porque consideran risible la pena o por otras razones.  Además, que la víctima o víctimas no denuncien por temor o amenazas. Se desconoce si en estas sentencias se aplicaron procesos de rehabilitación, terapias, informes psicológicos y proceso de seguimiento que comprueben la rehabilitación del agresor.
  • Un caso emblemático es el del futbolista Marco Pappa Ponce, condenado tres ocasiones por violencia física contra sus parejas. En los dos primeros casos fue condenado a 5 años conmutables y multas que no superaron los GTQ 10 000 — proceso abreviado —. En 2022, la condena fue de 5 años inconmutables, pero una Sala de Apelaciones la redujo.  

Cómo funciona. El Procedimiento Especial de Aceptación de Cargos, entró en vigor en 2019 con la publicación del Decreto 10-2019 (Reformas al Código Penal). Entre los beneficios que obtiene un acusado está la rebaja de la pena de hasta la mitad; no obstante, dependerá en la etapa donde las solicite. 

  • La norma establece que toda persona ligada a proceso tiene derecho de aceptar los cargos que el MP le formule, en tanto sea aprobado por un juez o tribunal. Eso implica aceptar los hechos en tiempo, modo y lugar.
  • El mecanismo no es aplicable para las personas que incluye el artículo 76 del Código Penal: “El trastorno mental del imputado provocará la suspensión de su persecución penal hasta que desaparezca esa incapacidad”.
  • Es importante destacar que la reducción de la pena no es aplicable para los delitos de asesinato, violación, agresión sexual, pornografía de personas de edad o infantil, plagio, secuestro, trata de personas, robo agravado, extorsión, femicidios, delitos contemplados en la Ley contra la Narcoactividad, entre otros. Tampoco, para las personas reincidentes habituales.

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