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Claves de las nuevas reformas a la Ley de Tránsito en Guatemala

Fotografía: AGN
Alicia Utrera
24 de noviembre, 2024

Tras varias discusiones y acuerdos, el Congreso de Guatemala ha aprobado reformas a la Ley de Tránsito. Estas modificaciones buscan proporcionar mayor claridad en los procedimientos para la imposición de multas y fortalecer el derecho a la defensa de los conductores. Estos son 10 puntos clave que entrarán en vigor una vez sancionadas por el presidente Bernardo Arévalo:

  1. Documentos Electrónicos: Ahora los conductores podrán portar documentos como la calcomanía y la tarjeta de circulación en formato electrónico, aumentando la practicidad y seguridad.

  2. Multas en carreteras centroamericanas: Las policías municipales de tránsito necesitarán firmar un convenio con el Departamento de Tránsito para poder multar en rutas nacionales y departamentales, evitando abusos y confusiones previas.

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  3. Notificación de infracciones: Las infracciones deben notificarse al conductor o propietario del vehículo dentro de los 120 días; de lo contrario, la multa no será exigible.

  4. Derecho a impugnar: Los conductores tendrán 15 días después de notificados para impugnar una multa, presentando pruebas de cualquier irregularidad.

  5. Detalles de la infracción: La notificación de la infracción deberá incluir detalles específicos como fecha, hora, lugar y la normativa infringida, junto con evidencia como fotografías.

  6. Prohibición de retener documentos: Se prohíbe la retención de documentos personales por parte de las autoridades de tránsito como medida coercitiva para el pago de multas.

  7. Regulación del uso de cepos: Se establecen normas claras para la inmovilización de vehículos con cepos, que solo se aplicará bajo condiciones específicas y con derecho a impugnación.

  8. Incautación de vehículos: Autoriza la retirada de vehículos abandonados o en mal estado que obstruyan la vía pública, buscando mejorar la movilidad y seguridad.

  9. Vehículos del estado: Obliga a los vehículos estatales a llevar visible el logo institucional, exceptuando aquellos usados por funcionarios en funciones sensibles.

  10. Vigencia: Las nuevas disposiciones serán efectivas ocho días después de su publicación en el diario oficial, tras la sanción presidencial.

 

Claves de las nuevas reformas a la Ley de Tránsito en Guatemala

Fotografía: AGN
Alicia Utrera
24 de noviembre, 2024

Tras varias discusiones y acuerdos, el Congreso de Guatemala ha aprobado reformas a la Ley de Tránsito. Estas modificaciones buscan proporcionar mayor claridad en los procedimientos para la imposición de multas y fortalecer el derecho a la defensa de los conductores. Estos son 10 puntos clave que entrarán en vigor una vez sancionadas por el presidente Bernardo Arévalo:

  1. Documentos Electrónicos: Ahora los conductores podrán portar documentos como la calcomanía y la tarjeta de circulación en formato electrónico, aumentando la practicidad y seguridad.

  2. Multas en carreteras centroamericanas: Las policías municipales de tránsito necesitarán firmar un convenio con el Departamento de Tránsito para poder multar en rutas nacionales y departamentales, evitando abusos y confusiones previas.

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  3. Notificación de infracciones: Las infracciones deben notificarse al conductor o propietario del vehículo dentro de los 120 días; de lo contrario, la multa no será exigible.

  4. Derecho a impugnar: Los conductores tendrán 15 días después de notificados para impugnar una multa, presentando pruebas de cualquier irregularidad.

  5. Detalles de la infracción: La notificación de la infracción deberá incluir detalles específicos como fecha, hora, lugar y la normativa infringida, junto con evidencia como fotografías.

  6. Prohibición de retener documentos: Se prohíbe la retención de documentos personales por parte de las autoridades de tránsito como medida coercitiva para el pago de multas.

  7. Regulación del uso de cepos: Se establecen normas claras para la inmovilización de vehículos con cepos, que solo se aplicará bajo condiciones específicas y con derecho a impugnación.

  8. Incautación de vehículos: Autoriza la retirada de vehículos abandonados o en mal estado que obstruyan la vía pública, buscando mejorar la movilidad y seguridad.

  9. Vehículos del estado: Obliga a los vehículos estatales a llevar visible el logo institucional, exceptuando aquellos usados por funcionarios en funciones sensibles.

  10. Vigencia: Las nuevas disposiciones serán efectivas ocho días después de su publicación en el diario oficial, tras la sanción presidencial.

 

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