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Presentan diálogo nacional para la Reforma al Sector Justicia

Eder Juarez
25 de abril, 2016

Este lunes se presentó la Mesa de Diálogo Nacional para reforma al Sistema de Justicia, luego de que los tres poderes del Estado, la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), el Ministerio Público, la Procuraduría de Derechos Humanos, así como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Coordinadora Residente del Sistema de Naciones Unidas de Guatemala, alcazaran un acuerdo para presentar las reformas constitucionales.

Esto son los principales puntos de las reformas que se discutirán con varios sectores.

Gozarán de antejuicio los siguientes funcionarios:

SUSCRÍBASE A NUESTRO NEWSLETTER
  1. Presidente y Vicepresidente de la República.
  2. Diputados al Congreso de la República.
  3. Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
  4. Magistrados del Tribunal Supremo Electoral.
  5. Magistrados de la Corte de Constitucionalidad.
  6. Ministros de Estado.
  7. Viceministros cuando estén encargados del despacho.
  8. Secretario General y Secretario Privado, de la Presidencia de la República.
  9. Procurador de los Derechos Humanos.
  10. Fiscal General y Jefe del Ministerio Público.
  11. Procurador General de la Nación.
  12. Diputados a la Asamblea Nacional Constituyente.
  13. Magistrados de las Salas de la Corte de Apelaciones.
  14. Jueces integrantes del Organismo Judicial.
  15. Contralor General de Cuentas.

Quedan sin este derecho los Gobernadores y alcaldes.

Los magistrados y jueces, cualquiera que sea su categoría, durarán en sus funciones 12 años actualmente fungen durante 5 años.

Las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales de conformidad con sus propias normas, procedimientos, usos y costumbres siempre que no sean contrarios a los derechos consagrados en la Constitución y a los derechos humanos internacionalmente reconocidos.

El Consejo de la Carrera Judicial será el ente rector de la carrera judicial, órgano responsable del desarrollo de todos los procesos relativos a la carrera judicial.

El Consejo de la Carrera Judicial se integraría con siete miembros, que incluyen representantes de todas las categorías de magistrados y jueces y tres expertos en diversas disciplinas indispensables para el desarrollo de la carrera judicial.

Para ser electo magistrado de la Corte Suprema de Justicia, se requiere, además de los requisitos previstos en el artículo 207 de la Constitución, ser mayor de 50 años y haberse desempeñado por lo menos diez años como magistrados titulares. Para el caso de los aspirantes externos ser abogado, fiscal o abogado de instituciones del Estado por más de quince años.

Reformas Ministerio Público

El Fiscal General será nombrado por el Presidente de la República, de una nómina de tres candidatos propuestos por el Consejo de la Carrera Judicial, con base en concurso público y de acuerdo a los principios de transparencia, excelencia profesional, excelencia en el servicio, objetividad y publicidad.

El Fiscal General durará seis años en sus funciones, a partir de su toma de posesión y tendrá las mismas preeminencias, inmunidades e impedimentos que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, no pudiendo ser reelecto sucesivamente.

Se crea la carrera fiscal.

El Fiscal General podrá ser removido en caso de comisión de un delito doloso durante el ejercicio de su función, por el cual haya sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada.

Reformas Corte de Constitucionalidad

La Corte de Constitucionalidad se integrará con nueve magistrados, incluyendo a su presidente, y se organizará en las cámaras que la misma determine. Cada cámara deberá elegir a su Presidente.

Los magistrados serán designados, tres por el pleno del Congreso de la República, Tres por el pleno de la Corte Suprema de Justicia y tres por el Presidente de la República, en Consejo de Ministros.

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad durarán en sus funciones nueve años y ejercerán su periodo de manera independiente de la fecha de nombramiento y toma de posesión de los demás magistrados.

Establece una edad mínima de 50 años para optar al cargo.

La Presidencia de la Corte de Constitucionalidad será desempeñada por los magistrados que la integran, en forma rotativa, en periodos de dos años, comenzando por el de mayor edad y siguiendo en orden descendente de edades.

Presentan diálogo nacional para la Reforma al Sector Justicia

Eder Juarez
25 de abril, 2016

Este lunes se presentó la Mesa de Diálogo Nacional para reforma al Sistema de Justicia, luego de que los tres poderes del Estado, la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), el Ministerio Público, la Procuraduría de Derechos Humanos, así como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Coordinadora Residente del Sistema de Naciones Unidas de Guatemala, alcazaran un acuerdo para presentar las reformas constitucionales.

Esto son los principales puntos de las reformas que se discutirán con varios sectores.

Gozarán de antejuicio los siguientes funcionarios:

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  1. Presidente y Vicepresidente de la República.
  2. Diputados al Congreso de la República.
  3. Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
  4. Magistrados del Tribunal Supremo Electoral.
  5. Magistrados de la Corte de Constitucionalidad.
  6. Ministros de Estado.
  7. Viceministros cuando estén encargados del despacho.
  8. Secretario General y Secretario Privado, de la Presidencia de la República.
  9. Procurador de los Derechos Humanos.
  10. Fiscal General y Jefe del Ministerio Público.
  11. Procurador General de la Nación.
  12. Diputados a la Asamblea Nacional Constituyente.
  13. Magistrados de las Salas de la Corte de Apelaciones.
  14. Jueces integrantes del Organismo Judicial.
  15. Contralor General de Cuentas.

Quedan sin este derecho los Gobernadores y alcaldes.

Los magistrados y jueces, cualquiera que sea su categoría, durarán en sus funciones 12 años actualmente fungen durante 5 años.

Las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales de conformidad con sus propias normas, procedimientos, usos y costumbres siempre que no sean contrarios a los derechos consagrados en la Constitución y a los derechos humanos internacionalmente reconocidos.

El Consejo de la Carrera Judicial será el ente rector de la carrera judicial, órgano responsable del desarrollo de todos los procesos relativos a la carrera judicial.

El Consejo de la Carrera Judicial se integraría con siete miembros, que incluyen representantes de todas las categorías de magistrados y jueces y tres expertos en diversas disciplinas indispensables para el desarrollo de la carrera judicial.

Para ser electo magistrado de la Corte Suprema de Justicia, se requiere, además de los requisitos previstos en el artículo 207 de la Constitución, ser mayor de 50 años y haberse desempeñado por lo menos diez años como magistrados titulares. Para el caso de los aspirantes externos ser abogado, fiscal o abogado de instituciones del Estado por más de quince años.

Reformas Ministerio Público

El Fiscal General será nombrado por el Presidente de la República, de una nómina de tres candidatos propuestos por el Consejo de la Carrera Judicial, con base en concurso público y de acuerdo a los principios de transparencia, excelencia profesional, excelencia en el servicio, objetividad y publicidad.

El Fiscal General durará seis años en sus funciones, a partir de su toma de posesión y tendrá las mismas preeminencias, inmunidades e impedimentos que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, no pudiendo ser reelecto sucesivamente.

Se crea la carrera fiscal.

El Fiscal General podrá ser removido en caso de comisión de un delito doloso durante el ejercicio de su función, por el cual haya sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada.

Reformas Corte de Constitucionalidad

La Corte de Constitucionalidad se integrará con nueve magistrados, incluyendo a su presidente, y se organizará en las cámaras que la misma determine. Cada cámara deberá elegir a su Presidente.

Los magistrados serán designados, tres por el pleno del Congreso de la República, Tres por el pleno de la Corte Suprema de Justicia y tres por el Presidente de la República, en Consejo de Ministros.

Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad durarán en sus funciones nueve años y ejercerán su periodo de manera independiente de la fecha de nombramiento y toma de posesión de los demás magistrados.

Establece una edad mínima de 50 años para optar al cargo.

La Presidencia de la Corte de Constitucionalidad será desempeñada por los magistrados que la integran, en forma rotativa, en periodos de dos años, comenzando por el de mayor edad y siguiendo en orden descendente de edades.

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