La Corte de Constitucionalidad (CC) en pleno, cinco magistrados titulares y dos suplentes, de los cuales cinco votaron a favor de la petición del militar y dos emitieron su voto razonado disidente,
resolviendo por mayoría amparar José Efraín Ríos Montt, al estar de acuerdo con su planteamiento de que se le debe aplicar el decreto 8-86, que contiene la amnistía para todos los miembros del ejército y para los alzados conocidos como guerrilleros, sin excepción alguna ya sea por delitos o posibles implicaciones que hubieren cometido contra la seguridad nacional y la vida de ciudadanos directa o indirectamente afectados.
O sea que no debe ser juzgado por genocidio y delitos contra deberes de humanidad, cuyo segundo juicio está previsto que comience en abril del 2014, después de que la CC anulara la pena de 80 años de prisión en su contra.
La Corte de Constitucionalidad (CC) en pleno, cinco magistrados titulares y dos suplentes, de los cuales cinco votaron a favor de la petición del militar y dos emitieron su voto razonado disidente,
resolviendo por mayoría amparar José Efraín Ríos Montt, al estar de acuerdo con su planteamiento de que se le debe aplicar el decreto 8-86, que contiene la amnistía para todos los miembros del ejército y para los alzados conocidos como guerrilleros, sin excepción alguna ya sea por delitos o posibles implicaciones que hubieren cometido contra la seguridad nacional y la vida de ciudadanos directa o indirectamente afectados.
O sea que no debe ser juzgado por genocidio y delitos contra deberes de humanidad, cuyo segundo juicio está previsto que comience en abril del 2014, después de que la CC anulara la pena de 80 años de prisión en su contra.