El Tribunal Superior de Bogotá absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez de todos los cargos por los que había sido condenado en primera instancia, incluyendo los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
Es noticia. La decisión fue tomada por tres magistrados el martes 21 de octubre de 2025, tras una revisión integral del proceso judicial que se extendió por más de cinco años.
- La absolución se dio en dos etapas: primero, el Tribunal declaró la inocencia de Uribe en el episodio de soborno al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, considerado el testigo principal de la Fiscalía. Posteriormente, lo exoneró del cargo de fraude procesal, señalando que no existía evidencia suficiente para sostener la acusación.
- Los magistrados expresaron reparos sustanciales sobre la credibilidad de Monsalve, cuyas versiones fueron calificadas como contradictorias e inestables en el tiempo. El Tribunal cuestionó que la primera instancia hubiera asumido como creíble su testimonio sin una valoración contrastable.
- Además, indicó que las conversaciones interceptadas entre Uribe y su abogado Diego Cadena no mostraban instrucciones para inducir falsedad, y que el interés del acusado en obtener pruebas lícitas no constituía dolo.
Qué destacar. Respecto al episodio de soborno a Carlos Enrique Vélez, otro exparamilitar, el Tribunal concluyó que no se acreditó que Uribe hubiera ordenado a Cadena ofrecer beneficios ilícitos.
- En consecuencia, también fue absuelto de ese cargo, mientras se ordenó investigar a Vélez por posible falso testimonio.
- En cuanto a las interceptaciones telefónicas, el Tribunal declaró legales las realizadas entre Uribe y Cadena, al considerar que se ajustaban a la excepción aplicable cuando la relación abogado-cliente se convierte en medio para la comisión de delitos.
- Sin embargo, determinó que las interceptaciones vinculadas al caso del excongresista Nilton Córdoba fueron ilegales, ya que la inclusión del número de Uribe en ese expediente se debió a un error de digitalización.
Fisgón histórico. El proceso contra Uribe comenzó en 2012, cuando el senador Iván Cepeda presentó denuncias ante la Corte Suprema de Justicia, señalando que el expresidente habría promovido grupos paramilitares en Antioquia. La Corte archivó la denuncia contra Cepeda y abrió una investigación contra Uribe por presunta manipulación de testigos. En 2020, el caso derivó en una condena en primera instancia, que fue apelada por la defensa.
- Durante el juicio, se debatieron ampliamente las condiciones en que se obtuvieron las pruebas, especialmente las interceptaciones sin orden judicial y los testimonios de personas privadas de libertad. Juristas y analistas señalaron que el proceso presentaba vulneraciones al debido proceso y al secreto profesional.
- La resolución del Tribunal Superior de Bogotá marca el cierre de uno de los casos judiciales más relevantes en la historia política reciente de Colombia.
- A pesar de la condena inicial, Uribe mantuvo influencia política y respaldo ciudadano. Su absolución reconfigura el debate público sobre su figura y el papel del sistema judicial en procesos de alto perfil.
El Tribunal Superior de Bogotá absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez de todos los cargos por los que había sido condenado en primera instancia, incluyendo los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
Es noticia. La decisión fue tomada por tres magistrados el martes 21 de octubre de 2025, tras una revisión integral del proceso judicial que se extendió por más de cinco años.
- La absolución se dio en dos etapas: primero, el Tribunal declaró la inocencia de Uribe en el episodio de soborno al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, considerado el testigo principal de la Fiscalía. Posteriormente, lo exoneró del cargo de fraude procesal, señalando que no existía evidencia suficiente para sostener la acusación.
- Los magistrados expresaron reparos sustanciales sobre la credibilidad de Monsalve, cuyas versiones fueron calificadas como contradictorias e inestables en el tiempo. El Tribunal cuestionó que la primera instancia hubiera asumido como creíble su testimonio sin una valoración contrastable.
- Además, indicó que las conversaciones interceptadas entre Uribe y su abogado Diego Cadena no mostraban instrucciones para inducir falsedad, y que el interés del acusado en obtener pruebas lícitas no constituía dolo.
Qué destacar. Respecto al episodio de soborno a Carlos Enrique Vélez, otro exparamilitar, el Tribunal concluyó que no se acreditó que Uribe hubiera ordenado a Cadena ofrecer beneficios ilícitos.
- En consecuencia, también fue absuelto de ese cargo, mientras se ordenó investigar a Vélez por posible falso testimonio.
- En cuanto a las interceptaciones telefónicas, el Tribunal declaró legales las realizadas entre Uribe y Cadena, al considerar que se ajustaban a la excepción aplicable cuando la relación abogado-cliente se convierte en medio para la comisión de delitos.
- Sin embargo, determinó que las interceptaciones vinculadas al caso del excongresista Nilton Córdoba fueron ilegales, ya que la inclusión del número de Uribe en ese expediente se debió a un error de digitalización.
Fisgón histórico. El proceso contra Uribe comenzó en 2012, cuando el senador Iván Cepeda presentó denuncias ante la Corte Suprema de Justicia, señalando que el expresidente habría promovido grupos paramilitares en Antioquia. La Corte archivó la denuncia contra Cepeda y abrió una investigación contra Uribe por presunta manipulación de testigos. En 2020, el caso derivó en una condena en primera instancia, que fue apelada por la defensa.
- Durante el juicio, se debatieron ampliamente las condiciones en que se obtuvieron las pruebas, especialmente las interceptaciones sin orden judicial y los testimonios de personas privadas de libertad. Juristas y analistas señalaron que el proceso presentaba vulneraciones al debido proceso y al secreto profesional.
- La resolución del Tribunal Superior de Bogotá marca el cierre de uno de los casos judiciales más relevantes en la historia política reciente de Colombia.
- A pesar de la condena inicial, Uribe mantuvo influencia política y respaldo ciudadano. Su absolución reconfigura el debate público sobre su figura y el papel del sistema judicial en procesos de alto perfil.