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SAT

SAT: elección clave que no debe pasar desapercibida

.
Gérman Gómez
24 de febrero, 2025

Si el proceso de elección del superintendente del ente recaudador —la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT)— marcha con normalidad, el nuevo funcionario asumiría el cargo el próximo 16 de abril, para un periodo de cinco años. ¿Cómo se sustituirá a Marco Livio Díaz? 

  • El Directorio, conformado por el ministro de Finanzas Públicas; el superintendente; un viceministro de la cartera, y dos directores, lo elegirá. 

Por qué importa. El relevo en la SAT está pasando desapercibido; los próximos cambios del sector justicia lo han eclipsado. El del superintendente es un puesto clave; la recaudación tributaria representa el 73.6 % del Presupuesto General de Ingresos del Estado del 2025 —por un monto de GTQ 152 692M—, y de él depende el cumplimiento de la meta. 

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  • El 34.8 % del presupuesto aprobado está dirigido a municipalidades, Consejos Departamentales de Desarrollo (CODEDES) y otras entidades locales. Tan solo los CODEDES tienen disponible para ejecutar GTQ 11 000M este año. 

  • Las obras realizadas por los mismos son cuestionadas; tradicionalmente han sido utilizadas para el pago de favores políticos. 

En perspectiva. En 2016 se cambió la Ley Orgánica de la SAT para que el presidente de la República ya no tuviera la potestad de nombrar al superintendente.  

  • El último nombrado por el gobernante de turno —Jimmy Morales— fue Juan Francisco Solórzano Foppa, quien fue destituido en 2018 por no cumplir la meta de recaudación. 

  • En ese mismo 2016 se reformaron otras leyes, como la Ley Electoral y de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, y la Ley del Ministerio Público (MP). 

Visto y no visto. La integración del Directorio también sufrió modificaciones. Antes, se integraba con cuatro directores titulares y el mismo número de suplentes. Todos eran elegidos por un período indefinido. En cambio, ahora, están en el cargo cuatro años. 

  • En 2024, el presidente Bernardo Arévalo nombró a los dos directores cuyos cargos son sujetos de designación. Estos son: Adriana Estévez Clavería y Julio Otoniel Roca Morales. 

  • Estévez llegó al Directorio inicialmente en el 2016, al ser nombrada por el exmandatario Morales. En 2020 el expresidente Alejandro Giammattei la reeligió. Este es su tercer período.  

  • El Directorio puede remover al superintendente por distintas causales, por ejemplo, no llegar a la meta de recaudación, cometer actos fraudulentos, entre otros. 

Cómo funciona. Los tiempos de la elección del superintendente quedan a discreción del Directorio, pues la reforma de la Ley Orgánica de la SAT no los especifica.  Los criterios [de elección] también son discrecionales; solo existe una guía del proceso. 

  • El Directorio establecerá un plazo para la recepción de los expedientes de los candidatos. Luego, hará público el listado de los postulantes que cumplieron los requisitos de la convocatoria. La publicación especificará el tiempo para presentar las tachas contra los postulantes. 

  • Posteriormente, se verifica la información de los expedientes para integrar un listado depurado, y se les asigna una calificación entre 0 y 100 puntos, de conformidad con la tabla de gradación. 

  • Quienes obtengan una nota mayor de 60 serán sometidos a pruebas psicométricas. Además, deberán presentar un plan de trabajo al Directorio, y este seleccionará al nuevo superintendente. 

Entre líneas. En diciembre de 2024, el Directorio tomó relevancia, pues tuvo a su cargo la designación del superintendente interino, Armando Gabriel Pokus Yaquián —intendente de Atención al Contribuyente—. Esto luego de que Díaz pidiera una licencia por vacaciones. 

  • La ausencia del superintendente se dio en el marco de las investigaciones del caso B410 —develado por la propia SAT— que realizó el MP. El Directorio, en ese momento, mostró su apoyo a Díaz. 

  • Las investigaciones que realizó el MP fueron dirigidas a la firma de contadores de los hermanos del superintendente; sin embargo, él no fue investigado ni es señalado por el ente investigador. 

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SAT: elección clave que no debe pasar desapercibida

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24 de febrero, 2025

Si el proceso de elección del superintendente del ente recaudador —la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT)— marcha con normalidad, el nuevo funcionario asumiría el cargo el próximo 16 de abril, para un periodo de cinco años. ¿Cómo se sustituirá a Marco Livio Díaz? 

  • El Directorio, conformado por el ministro de Finanzas Públicas; el superintendente; un viceministro de la cartera, y dos directores, lo elegirá. 

Por qué importa. El relevo en la SAT está pasando desapercibido; los próximos cambios del sector justicia lo han eclipsado. El del superintendente es un puesto clave; la recaudación tributaria representa el 73.6 % del Presupuesto General de Ingresos del Estado del 2025 —por un monto de GTQ 152 692M—, y de él depende el cumplimiento de la meta. 

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  • El 34.8 % del presupuesto aprobado está dirigido a municipalidades, Consejos Departamentales de Desarrollo (CODEDES) y otras entidades locales. Tan solo los CODEDES tienen disponible para ejecutar GTQ 11 000M este año. 

  • Las obras realizadas por los mismos son cuestionadas; tradicionalmente han sido utilizadas para el pago de favores políticos. 

En perspectiva. En 2016 se cambió la Ley Orgánica de la SAT para que el presidente de la República ya no tuviera la potestad de nombrar al superintendente.  

  • El último nombrado por el gobernante de turno —Jimmy Morales— fue Juan Francisco Solórzano Foppa, quien fue destituido en 2018 por no cumplir la meta de recaudación. 

  • En ese mismo 2016 se reformaron otras leyes, como la Ley Electoral y de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, y la Ley del Ministerio Público (MP). 

Visto y no visto. La integración del Directorio también sufrió modificaciones. Antes, se integraba con cuatro directores titulares y el mismo número de suplentes. Todos eran elegidos por un período indefinido. En cambio, ahora, están en el cargo cuatro años. 

  • En 2024, el presidente Bernardo Arévalo nombró a los dos directores cuyos cargos son sujetos de designación. Estos son: Adriana Estévez Clavería y Julio Otoniel Roca Morales. 

  • Estévez llegó al Directorio inicialmente en el 2016, al ser nombrada por el exmandatario Morales. En 2020 el expresidente Alejandro Giammattei la reeligió. Este es su tercer período.  

  • El Directorio puede remover al superintendente por distintas causales, por ejemplo, no llegar a la meta de recaudación, cometer actos fraudulentos, entre otros. 

Cómo funciona. Los tiempos de la elección del superintendente quedan a discreción del Directorio, pues la reforma de la Ley Orgánica de la SAT no los especifica.  Los criterios [de elección] también son discrecionales; solo existe una guía del proceso. 

  • El Directorio establecerá un plazo para la recepción de los expedientes de los candidatos. Luego, hará público el listado de los postulantes que cumplieron los requisitos de la convocatoria. La publicación especificará el tiempo para presentar las tachas contra los postulantes. 

  • Posteriormente, se verifica la información de los expedientes para integrar un listado depurado, y se les asigna una calificación entre 0 y 100 puntos, de conformidad con la tabla de gradación. 

  • Quienes obtengan una nota mayor de 60 serán sometidos a pruebas psicométricas. Además, deberán presentar un plan de trabajo al Directorio, y este seleccionará al nuevo superintendente. 

Entre líneas. En diciembre de 2024, el Directorio tomó relevancia, pues tuvo a su cargo la designación del superintendente interino, Armando Gabriel Pokus Yaquián —intendente de Atención al Contribuyente—. Esto luego de que Díaz pidiera una licencia por vacaciones. 

  • La ausencia del superintendente se dio en el marco de las investigaciones del caso B410 —develado por la propia SAT— que realizó el MP. El Directorio, en ese momento, mostró su apoyo a Díaz. 

  • Las investigaciones que realizó el MP fueron dirigidas a la firma de contadores de los hermanos del superintendente; sin embargo, él no fue investigado ni es señalado por el ente investigador. 

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