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Presidente del Congreso: “El estatus de Semilla sigue en los términos de la última resolución de la CC”

Foto República: Congreso
Glenda Sanchez
29 de noviembre, 2024

Este viernes 29 de noviembre, el  Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) canceló al partido Movimiento Semilla, cumpliendo con la orden del juez Fredy Orellana, lo que complica la situación de los diputados electos. Sin embargo, el Congreso aún no ha sido notificado. 

Es noticia. Nery Ramos, presidente del Legislativo, informó que no han recibido ningún oficio del TSE y que hasta el momento el Movimiento Semilla sigue teniendo el estatus que establece la última resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC). 

  • “No se ha recibido ninguna notificación del Tribunal Supremo Electoral.” Ayer se ha recibido un oficio del juzgado del caso. En cuanto al Congreso de la República, el estatus del Movimiento Semilla sigue en los términos de la última resolución de la CC”, indicó. 
  • Las declaraciones fueron previas a la reunión de jefes de bloque convocada, para este viernes, donde se analizará la agenda para la sesión programada para este sábado 30 de noviembre. 
  • Samuel Pérez, diputado de Semilla, informó que presentaron un amparo en la CC para evitar que el TSE y el Congreso se “sintieran obligados a cumplirla”. Además, interpusieron otro amparo en una sala de apelaciones con el fin de dejar sin efecto la orden del juez.

Qué destacar.  El documento del Juzgado Séptimo Pluripersonal fue recibido a las 11:45 horas este jueves en la Dirección de Asuntos Jurídicos del Congreso. 

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  • “En audiencia diligenciada hoy en este órgano jurisdiccional (…) con sustento en la argumentación y medios de convicción indicados por dicha institución, sentencias condenatorias dictadas en la vía del procedimiento especial de aceptación de cargos en contra de varios señalados, se dictó resolución judicial que decretó la cancelación definitiva de la personalidad jurídica de Semilla”, detalla el oficio. 
  • Citan que para la resolución analizó la sentencia de Ligia Iveth Hernández Gómez, por los delitos de financiamiento electoral no registrado y de la fiscalización electoral de fondos; José Alejandro Rueda Lone, por los delitos de incumplimiento de deberes y tráfico de influencias.
  • Además, Jennyfer Mireya Estrada Escobar, por el delito de incumplimiento de deberes, y Katherine Johanna Quezada Villatoro, por el delito de incumplimiento de deberes. También los informes de auditoría del TSE y reportes de transacción sospechosa, con fundamento en la Ley del Organismo Judicial, Código Procesal Penal y Código Procesal Civil y Mercantil.

Voces. Minutos después de que se hicieran públicas las notificaciones, varios de los integrantes de Semilla se pronunciaron. Aseguraron que un juez penal no tiene potestad para cancelar un partido político. 

  • Patricia Orates, ministra de Ambiente y Recursos Naturales, indicó: “Ningún juez tiene competencia para cancelar un partido político, solamente el Tribunal SUPREMO Electoral. Este tipo de medidas está claramente desapegadas de la ley y no deben quedar impunes”. 
  • Y el diputado Raúl Barrera manifestó en su cuenta de X que “la ley penal no prevé causales de cancelación de un partido político.” “Estas se encuentran exclusivamente en la Ley Electoral (…) la medida lo ha hecho incurrir en el delito de prevaricación”, se lee en el mensaje. 
  • Aparte, Samuel Pérez de Semilla, aseguró que no se puede cancelar el partido y que con las reformas a la ley se tienen instrumentos suficientes para recuperar el partido y derechos de bancada. “El juez que resolvió es quien tendrá consecuencias fuertes por emitir órdenes por desesperación”, concluyó. 

 

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Presidente del Congreso: “El estatus de Semilla sigue en los términos de la última resolución de la CC”

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Glenda Sanchez
29 de noviembre, 2024

Este viernes 29 de noviembre, el  Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) canceló al partido Movimiento Semilla, cumpliendo con la orden del juez Fredy Orellana, lo que complica la situación de los diputados electos. Sin embargo, el Congreso aún no ha sido notificado. 

Es noticia. Nery Ramos, presidente del Legislativo, informó que no han recibido ningún oficio del TSE y que hasta el momento el Movimiento Semilla sigue teniendo el estatus que establece la última resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC). 

  • “No se ha recibido ninguna notificación del Tribunal Supremo Electoral.” Ayer se ha recibido un oficio del juzgado del caso. En cuanto al Congreso de la República, el estatus del Movimiento Semilla sigue en los términos de la última resolución de la CC”, indicó. 
  • Las declaraciones fueron previas a la reunión de jefes de bloque convocada, para este viernes, donde se analizará la agenda para la sesión programada para este sábado 30 de noviembre. 
  • Samuel Pérez, diputado de Semilla, informó que presentaron un amparo en la CC para evitar que el TSE y el Congreso se “sintieran obligados a cumplirla”. Además, interpusieron otro amparo en una sala de apelaciones con el fin de dejar sin efecto la orden del juez.

Qué destacar.  El documento del Juzgado Séptimo Pluripersonal fue recibido a las 11:45 horas este jueves en la Dirección de Asuntos Jurídicos del Congreso. 

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  • “En audiencia diligenciada hoy en este órgano jurisdiccional (…) con sustento en la argumentación y medios de convicción indicados por dicha institución, sentencias condenatorias dictadas en la vía del procedimiento especial de aceptación de cargos en contra de varios señalados, se dictó resolución judicial que decretó la cancelación definitiva de la personalidad jurídica de Semilla”, detalla el oficio. 
  • Citan que para la resolución analizó la sentencia de Ligia Iveth Hernández Gómez, por los delitos de financiamiento electoral no registrado y de la fiscalización electoral de fondos; José Alejandro Rueda Lone, por los delitos de incumplimiento de deberes y tráfico de influencias.
  • Además, Jennyfer Mireya Estrada Escobar, por el delito de incumplimiento de deberes, y Katherine Johanna Quezada Villatoro, por el delito de incumplimiento de deberes. También los informes de auditoría del TSE y reportes de transacción sospechosa, con fundamento en la Ley del Organismo Judicial, Código Procesal Penal y Código Procesal Civil y Mercantil.

Voces. Minutos después de que se hicieran públicas las notificaciones, varios de los integrantes de Semilla se pronunciaron. Aseguraron que un juez penal no tiene potestad para cancelar un partido político. 

  • Patricia Orates, ministra de Ambiente y Recursos Naturales, indicó: “Ningún juez tiene competencia para cancelar un partido político, solamente el Tribunal SUPREMO Electoral. Este tipo de medidas está claramente desapegadas de la ley y no deben quedar impunes”. 
  • Y el diputado Raúl Barrera manifestó en su cuenta de X que “la ley penal no prevé causales de cancelación de un partido político.” “Estas se encuentran exclusivamente en la Ley Electoral (…) la medida lo ha hecho incurrir en el delito de prevaricación”, se lee en el mensaje. 
  • Aparte, Samuel Pérez de Semilla, aseguró que no se puede cancelar el partido y que con las reformas a la ley se tienen instrumentos suficientes para recuperar el partido y derechos de bancada. “El juez que resolvió es quien tendrá consecuencias fuertes por emitir órdenes por desesperación”, concluyó. 

 

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