Desde que la ministra Patricia Orantes, anunció una nueva prórroga para solicitar una licencia ambiental a cualquier empresa, negocio o comercio, se generó especulación en redes sociales. Las declaraciones de la funcionaria se dieron en el marco de una citación con la bancada CABAL, a la que asistió el pasado mes de agosto.
- En esa oportunidad, Orantes dijo que, desde el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), se tiene conocimiento de la preocupación existente por parte de distintos sectores de la sociedad respecto a la fecha límite que tiene cualquier proyecto en Guatemala para contar con su respectiva licencia ambiental.
- Por tal motivo, anunció modificaciones al acuerdo gubernativo que rige este instrumento. Indicó que la decisión se tomó por la obligatoriedad de la Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos, y agregó que también se estará dando un año de prórroga para que las empresas, negocios o comercios se regularicen ante el Ministerio de Ambiente. Además, dijo que, se establecerán parámetros para definir qué proyectos requieren de una licencia ambiental, pues el impacto de algunos es mínimo.
En perspectiva. En 1986, el Decreto 68-86 estableció que, “para todo proyecto, obra, industria o cualquier otra actividad que por sus características pueda producir deterioro a los recursos naturales renovables o no, al ambiente, o introducir modificaciones nocivas o notorias al paisaje y a los recursos culturales del patrimonio nacional, será necesario previamente a su desarrollo un estudio de evaluación del Impacto Ambiental”.
- En 2022, por medio del Acuerdo Gubernativo 298-2022 –reformas al Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental–, se estableció el 27 de septiembre de 2024 como fecha límite para la regularización de las empresas ante el MARN. Ahora, las autoridades darán un año de prórroga más, sin embargo, esto estará vigente una vez se publique el nuevo Acuerdo Gubernativo.
Por qué importa. La licencia y los instrumentos ambientales son de suma importancia. La jefa del Departamento de Calidad Ambiental de esa cartera, María Olga Morales, indicó que en el caso de la licencia ambiental es el último trámite administrativo del ingreso del instrumento ambiental, documento que, dependiendo la categoría, es llenado ya sea por el proponente o por el consultor después de un análisis técnico finalizando con la resolución.
- Los pasos para obtener una autorización ambiental no requieren mayor ciencia. Lo primero es identificar la categoría del proyecto y estas pueden ser: A (alto Impacto), B1 (mediano-alto impacto), B2 (mediano-bajo impacto), C y C con PGA (bajo impacto) y CR (mínimo impacto o categoría de registro). Luego se debe elaborar el instrumento con base a los términos de referencia para después ingresarlo al Ministerio para su análisis correspondiente.
Qué destacar. La prórroga es un tiempo adicional que las autoridades darán para presentar el instrumento ambiental que corresponda a cada categoría. Busca que todos los negocios se regularicen y que cuenten con su instrumento ambiental aprobado. Y es que, según el MARN, lo que hace –la licencia– es darles a las empresas la viabilidad ambiental del proyecto que se está llevando a cabo.
- Anteriormente, se tenía estipulado, luego de la fecha límite, una multa mínima de GTQ 5000 para quienes no cumplieran, independientemente del tamaño del proyecto. Con la prórroga, la nueva fecha será el 27 de septiembre de 2025; se pretende que las empresas se adapten a la herramienta digital creada por el MARN y así facilitarles el proceso.
- Es importante aclarar que las empresas que pagan multa son aquellas que iniciaron operaciones sin haber ingresado antes un instrumento ambiental y que no cumplieron con el Artículo 8 de la referida ley.
En conclusión. Las empresas que no se regularicen corren el riesgo de que alguno de sus usuarios pueda hacer una denuncia en su contra y al momento de ingresar su instrumento correctivo no pueda optar a la multa mínima, sino más bien, la correspondiente a su categoría.
Desde que la ministra Patricia Orantes, anunció una nueva prórroga para solicitar una licencia ambiental a cualquier empresa, negocio o comercio, se generó especulación en redes sociales. Las declaraciones de la funcionaria se dieron en el marco de una citación con la bancada CABAL, a la que asistió el pasado mes de agosto.
- En esa oportunidad, Orantes dijo que, desde el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), se tiene conocimiento de la preocupación existente por parte de distintos sectores de la sociedad respecto a la fecha límite que tiene cualquier proyecto en Guatemala para contar con su respectiva licencia ambiental.
- Por tal motivo, anunció modificaciones al acuerdo gubernativo que rige este instrumento. Indicó que la decisión se tomó por la obligatoriedad de la Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos, y agregó que también se estará dando un año de prórroga para que las empresas, negocios o comercios se regularicen ante el Ministerio de Ambiente. Además, dijo que, se establecerán parámetros para definir qué proyectos requieren de una licencia ambiental, pues el impacto de algunos es mínimo.
En perspectiva. En 1986, el Decreto 68-86 estableció que, “para todo proyecto, obra, industria o cualquier otra actividad que por sus características pueda producir deterioro a los recursos naturales renovables o no, al ambiente, o introducir modificaciones nocivas o notorias al paisaje y a los recursos culturales del patrimonio nacional, será necesario previamente a su desarrollo un estudio de evaluación del Impacto Ambiental”.
- En 2022, por medio del Acuerdo Gubernativo 298-2022 –reformas al Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental–, se estableció el 27 de septiembre de 2024 como fecha límite para la regularización de las empresas ante el MARN. Ahora, las autoridades darán un año de prórroga más, sin embargo, esto estará vigente una vez se publique el nuevo Acuerdo Gubernativo.
Por qué importa. La licencia y los instrumentos ambientales son de suma importancia. La jefa del Departamento de Calidad Ambiental de esa cartera, María Olga Morales, indicó que en el caso de la licencia ambiental es el último trámite administrativo del ingreso del instrumento ambiental, documento que, dependiendo la categoría, es llenado ya sea por el proponente o por el consultor después de un análisis técnico finalizando con la resolución.
- Los pasos para obtener una autorización ambiental no requieren mayor ciencia. Lo primero es identificar la categoría del proyecto y estas pueden ser: A (alto Impacto), B1 (mediano-alto impacto), B2 (mediano-bajo impacto), C y C con PGA (bajo impacto) y CR (mínimo impacto o categoría de registro). Luego se debe elaborar el instrumento con base a los términos de referencia para después ingresarlo al Ministerio para su análisis correspondiente.
Qué destacar. La prórroga es un tiempo adicional que las autoridades darán para presentar el instrumento ambiental que corresponda a cada categoría. Busca que todos los negocios se regularicen y que cuenten con su instrumento ambiental aprobado. Y es que, según el MARN, lo que hace –la licencia– es darles a las empresas la viabilidad ambiental del proyecto que se está llevando a cabo.
- Anteriormente, se tenía estipulado, luego de la fecha límite, una multa mínima de GTQ 5000 para quienes no cumplieran, independientemente del tamaño del proyecto. Con la prórroga, la nueva fecha será el 27 de septiembre de 2025; se pretende que las empresas se adapten a la herramienta digital creada por el MARN y así facilitarles el proceso.
- Es importante aclarar que las empresas que pagan multa son aquellas que iniciaron operaciones sin haber ingresado antes un instrumento ambiental y que no cumplieron con el Artículo 8 de la referida ley.
En conclusión. Las empresas que no se regularicen corren el riesgo de que alguno de sus usuarios pueda hacer una denuncia en su contra y al momento de ingresar su instrumento correctivo no pueda optar a la multa mínima, sino más bien, la correspondiente a su categoría.