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Para el Puerto Santo Tomás de Castilla, la tierra es el límite

.
Gérman Gómez
24 de marzo, 2025

La Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla (Empornac) rebasó su capacidad de funcionamiento en 2003. A pesar de tener —en papel— 42 caballerías de terreno para expandirse, no puede hacerlo. Esto debido a la falta de certeza jurídica de la tierra “disponible”. 

Por qué importa. En 2023, Empornac movilizó el 23.9 % de la carga marítima de todo el país; ocupó el segundo lugar en gestión; el primero lo tuvo la Empresa Portuaria Quetzal (EPQ) con el 47.4 %. Al postergar la ampliación de Santo Tomás, se limita el crecimiento económico de Guatemala. Se afecta el interés nacional. 

  • En la actualidad, solo emplea 2.5 caballerías de las 45 que tiene el Polígono Portuario de Empornac. La ocupación representa el 5.29 % del espacio utilizable. Existen 42.5 “sin uso”. 

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  • Hay 12 caballerías —de las disponibles— que carecen de certeza jurídica. Tienen un conflicto de propiedad entre el Estado y terceros. El hecho se originó en 1991, y persiste desde entonces. 

  • El polígono es un terreno integrado de 176 fincas, destinado para el desarrollo infraestructural de Empornac. Está a nombre de la nación y la empresa tiene los decretos de expropiación. 

Visto y no visto. El Estado expropió los terrenos en 1953 con la fundación del puerto. Sin embargo, en los años 90, el desaparecido Instituto Nacional de Transformación Agraria (INTA) otorgó títulos de propiedad de una parte de esas tierras a 94 personas, bajo la justificación de pertenecer a la finca 1711. 

  • El territorio entregado por INTA forma parte de la Zona de Reserva Exclusiva para Expansión y Desarrollo Portuario. La conforman 12 caballerías, que en su momento —antes de 1953— la integraron 31 fincas. 

  • Las desmembraciones de la finca 1711 están alejadas de sus linderos; invadieron el polígono de Santo Tomás. Esto se dio por los erróneos registros catastrales que manejó el Instituto. 

  • En la actualidad, los 94 beneficiados por los títulos de propiedad vendieron y donaron áreas de tierra a favor de particulares. Y con ello, se multiplicaron los dueños de las 12 caballerías de terreno. 

Sí, pero. La finca 1711 tiene un área de 19 caballerías, pero el 62.87 % de este terreno lo integra el 27.19 % del polígono de Empornac. Es decir, la finca originalmente solo tiene 7 caballerías, pero con las 12 de la zona de traslape, suma 19. 

  • Esta finca no es la única que tiene problemas de traslape con el polígono; ocurre también en otras dos. Vale decir que dichas confusiones no deberían ocurrir. 

  • La razón: al momento de la expropiación, los propietarios afectados acreditaron los títulos y certificaciones de la tierra. Incluye todo su perímetro. La información hace difícil una confusión de límites territoriales. 

  • Las tierras que no tenían título fueron acreditadas por el Registro de la Propiedad. Ambos procesos se dieron entre 1953 y 1968. En ese tiempo no se presentó ninguna impugnación y toda posterior no tendría razón de ser. 

Conclusión. La falta de límites territoriales claros en el polígono y fincas cercanas hace imposible que Empornac pueda expandirse y, con ello, ofrecer un mejor servicio en la recepción y envío de la carga marítima. 

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Para el Puerto Santo Tomás de Castilla, la tierra es el límite

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Gérman Gómez
24 de marzo, 2025

La Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla (Empornac) rebasó su capacidad de funcionamiento en 2003. A pesar de tener —en papel— 42 caballerías de terreno para expandirse, no puede hacerlo. Esto debido a la falta de certeza jurídica de la tierra “disponible”. 

Por qué importa. En 2023, Empornac movilizó el 23.9 % de la carga marítima de todo el país; ocupó el segundo lugar en gestión; el primero lo tuvo la Empresa Portuaria Quetzal (EPQ) con el 47.4 %. Al postergar la ampliación de Santo Tomás, se limita el crecimiento económico de Guatemala. Se afecta el interés nacional. 

  • En la actualidad, solo emplea 2.5 caballerías de las 45 que tiene el Polígono Portuario de Empornac. La ocupación representa el 5.29 % del espacio utilizable. Existen 42.5 “sin uso”. 

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  • Hay 12 caballerías —de las disponibles— que carecen de certeza jurídica. Tienen un conflicto de propiedad entre el Estado y terceros. El hecho se originó en 1991, y persiste desde entonces. 

  • El polígono es un terreno integrado de 176 fincas, destinado para el desarrollo infraestructural de Empornac. Está a nombre de la nación y la empresa tiene los decretos de expropiación. 

Visto y no visto. El Estado expropió los terrenos en 1953 con la fundación del puerto. Sin embargo, en los años 90, el desaparecido Instituto Nacional de Transformación Agraria (INTA) otorgó títulos de propiedad de una parte de esas tierras a 94 personas, bajo la justificación de pertenecer a la finca 1711. 

  • El territorio entregado por INTA forma parte de la Zona de Reserva Exclusiva para Expansión y Desarrollo Portuario. La conforman 12 caballerías, que en su momento —antes de 1953— la integraron 31 fincas. 

  • Las desmembraciones de la finca 1711 están alejadas de sus linderos; invadieron el polígono de Santo Tomás. Esto se dio por los erróneos registros catastrales que manejó el Instituto. 

  • En la actualidad, los 94 beneficiados por los títulos de propiedad vendieron y donaron áreas de tierra a favor de particulares. Y con ello, se multiplicaron los dueños de las 12 caballerías de terreno. 

Sí, pero. La finca 1711 tiene un área de 19 caballerías, pero el 62.87 % de este terreno lo integra el 27.19 % del polígono de Empornac. Es decir, la finca originalmente solo tiene 7 caballerías, pero con las 12 de la zona de traslape, suma 19. 

  • Esta finca no es la única que tiene problemas de traslape con el polígono; ocurre también en otras dos. Vale decir que dichas confusiones no deberían ocurrir. 

  • La razón: al momento de la expropiación, los propietarios afectados acreditaron los títulos y certificaciones de la tierra. Incluye todo su perímetro. La información hace difícil una confusión de límites territoriales. 

  • Las tierras que no tenían título fueron acreditadas por el Registro de la Propiedad. Ambos procesos se dieron entre 1953 y 1968. En ese tiempo no se presentó ninguna impugnación y toda posterior no tendría razón de ser. 

Conclusión. La falta de límites territoriales claros en el polígono y fincas cercanas hace imposible que Empornac pueda expandirse y, con ello, ofrecer un mejor servicio en la recepción y envío de la carga marítima. 

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