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Nuevo amparo de Arévalo contra Consuelo Porras: ¿una jugada política o un recurso sin futuro?

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Isabel Ortiz Caballeros
05 de mayo, 2025

La reciente presentación de un amparo contra la fiscal general Consuelo Porras marca un nuevo episodio en la tensa relación entre el Ejecutivo y el Ministerio Público (MP). Esta acción, aunque simbólica, vuelve a poner en debate los límites legales, la autonomía institucional y las estrategias políticas de ambos actores. La resolución podría influir en la percepción pública sobre la justicia y la gobernabilidad del país.

Qué destacar. Presentar un amparo contra el actuar del MP significa que la decisión final recae en la autoridad judicial, quien evalúa la legalidad de las medidas. Sin embargo, según Francisco Quezada, presidente del Centro para la Defensa de la Constitución (CEDECON), “un amparo no puede limitar la función investigativa del MP, ya que hacerlo iría en contra de la Constitución y la ley”.

  • El MP realiza la investigación y presenta elementos al juez, quien decide si es suficiente o debe profundizar. En este contexto, el amparo “nace muerto”, porque no puede contradecir la autonomía constitucional del MP ni impedir que actúe conforme a la ley.
  • El juez es quien controla la investigación y puede ordenar nuevas diligencias, si lo considera necesario. La Corte de Constitucionalidad (CC) ha sido clara en proteger la autonomía del MP frente a presiones externas.

Hemeroteca. El presidente Bernardo Arévalo ha presentado varias acciones legales para buscar la destitución o expulsión de la fiscal general. La primera fue un antejuicio y denuncia penal por incumplimiento de deberes, seguida de un segundo antejuicio por violación a la Constitución y abuso de autoridad; ahora, un amparo por violación de derechos indígenas.

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  • Además, el mandatario promovió reformas legales, como la propuesta de modificar la Ley Orgánica del Ministerio Público, aunque no ha prosperado en el Congreso.
  • Todas las acciones del Ejecutivo han sido canalizadas por vías legales y constitucionales, sin recurrir a medidas arbitrarias, como algunos seguidores del Movimiento Semilla quisiesen. Mantienen una línea institucional, aunque enfrenta resistencia política y legal para lograr sus objetivos.
  • La CC ha advertido sobre la importancia de no vulnerar la autonomía del MP en estos procesos.

Voces. Francisco Quezada considera que el amparo “nace muerto” porque pedir que el MP no actúe conforme a la ley es inviable constitucionalmente. Advierte que Arévalo busca revertir la autonomía del MP, pretendiendo que el fiscal sea un subordinado presidencial, lo cual es “inadmisible” en el marco legal.

  • Asimismo, critica que el presidente utilice y exacerbe a grupos sociales como aliados para defender su causa personal, y alarma sobre el riesgo de discursos que inciten a la lucha de clases. Enfatiza que el presidente debe actuar siempre dentro de la ley y no para propósitos personales.
  • Recomienda a Arévalo cambiar de asesores para evitar que la gobernabilidad se deteriore por decisiones impulsivas y personales.

En conclusión. El MP debe perseguir delitos, pero la percepción pública sobre el momento y el contexto de las investigaciones genera sospecha. La pugna parece ser ya un tema personal, donde se arrastra a la institucionalidad, y que la estabilidad nacional depende de que ambos actores respeten el marco legal y actúen con prudencia.

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Nuevo amparo de Arévalo contra Consuelo Porras: ¿una jugada política o un recurso sin futuro?

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Isabel Ortiz Caballeros
05 de mayo, 2025

La reciente presentación de un amparo contra la fiscal general Consuelo Porras marca un nuevo episodio en la tensa relación entre el Ejecutivo y el Ministerio Público (MP). Esta acción, aunque simbólica, vuelve a poner en debate los límites legales, la autonomía institucional y las estrategias políticas de ambos actores. La resolución podría influir en la percepción pública sobre la justicia y la gobernabilidad del país.

Qué destacar. Presentar un amparo contra el actuar del MP significa que la decisión final recae en la autoridad judicial, quien evalúa la legalidad de las medidas. Sin embargo, según Francisco Quezada, presidente del Centro para la Defensa de la Constitución (CEDECON), “un amparo no puede limitar la función investigativa del MP, ya que hacerlo iría en contra de la Constitución y la ley”.

  • El MP realiza la investigación y presenta elementos al juez, quien decide si es suficiente o debe profundizar. En este contexto, el amparo “nace muerto”, porque no puede contradecir la autonomía constitucional del MP ni impedir que actúe conforme a la ley.
  • El juez es quien controla la investigación y puede ordenar nuevas diligencias, si lo considera necesario. La Corte de Constitucionalidad (CC) ha sido clara en proteger la autonomía del MP frente a presiones externas.

Hemeroteca. El presidente Bernardo Arévalo ha presentado varias acciones legales para buscar la destitución o expulsión de la fiscal general. La primera fue un antejuicio y denuncia penal por incumplimiento de deberes, seguida de un segundo antejuicio por violación a la Constitución y abuso de autoridad; ahora, un amparo por violación de derechos indígenas.

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  • Además, el mandatario promovió reformas legales, como la propuesta de modificar la Ley Orgánica del Ministerio Público, aunque no ha prosperado en el Congreso.
  • Todas las acciones del Ejecutivo han sido canalizadas por vías legales y constitucionales, sin recurrir a medidas arbitrarias, como algunos seguidores del Movimiento Semilla quisiesen. Mantienen una línea institucional, aunque enfrenta resistencia política y legal para lograr sus objetivos.
  • La CC ha advertido sobre la importancia de no vulnerar la autonomía del MP en estos procesos.

Voces. Francisco Quezada considera que el amparo “nace muerto” porque pedir que el MP no actúe conforme a la ley es inviable constitucionalmente. Advierte que Arévalo busca revertir la autonomía del MP, pretendiendo que el fiscal sea un subordinado presidencial, lo cual es “inadmisible” en el marco legal.

  • Asimismo, critica que el presidente utilice y exacerbe a grupos sociales como aliados para defender su causa personal, y alarma sobre el riesgo de discursos que inciten a la lucha de clases. Enfatiza que el presidente debe actuar siempre dentro de la ley y no para propósitos personales.
  • Recomienda a Arévalo cambiar de asesores para evitar que la gobernabilidad se deteriore por decisiones impulsivas y personales.

En conclusión. El MP debe perseguir delitos, pero la percepción pública sobre el momento y el contexto de las investigaciones genera sospecha. La pugna parece ser ya un tema personal, donde se arrastra a la institucionalidad, y que la estabilidad nacional depende de que ambos actores respeten el marco legal y actúen con prudencia.

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