La Fiscalía de Delitos de Lavado de Dinero del Ministerio Público (MP) pidió a todos los funcionarios a "evitar la obstaculización penal" en respuesta al comunicado emitido por la Procuraduría General de la Nación (PGN) donde pedía avances en las investigaciones de lavado de dinero que involucra a farmacéuticas, diputados, constructoras y funcionarios de administraciones anteriores.
Es noticia. Por medio de un comunicado, la entidad hizo ver que es la unica que tiene a cargo la persecución penal, así como de velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país.
- La función de la PGN "es ejercer la representación del Estado en su derecho de reparación digna", por lo que el MP "es el único legitimado para tener acceso a las actuaciones del proceso penal en la etapa de investigación de dichos procesos", detalló.
- También que la entidad podrá ejercer la acción de reparación una vez se dicte la sentencia condenaria, pues así lo establece el Código Procesal Penal y la Ley de Lavado de Dinero y Otros Activos.
Qué resaltar. Horas después de la postura del MP, la PGN, a cargo de Julio Saavedra volvió a pronunciarse y aseguró que "tiene el mandato constitucional de defender los intereses del Estado y que las actuaciones no deben ser consideradas como "obstaculización penal".
- "Es lamentable la poca voluntad de reconocer los derechos procesales del Estado de Guatemala en los procesos penales", detallaron.
La Fiscalía de Delitos de Lavado de Dinero del Ministerio Público (MP) pidió a todos los funcionarios a "evitar la obstaculización penal" en respuesta al comunicado emitido por la Procuraduría General de la Nación (PGN) donde pedía avances en las investigaciones de lavado de dinero que involucra a farmacéuticas, diputados, constructoras y funcionarios de administraciones anteriores.
Es noticia. Por medio de un comunicado, la entidad hizo ver que es la unica que tiene a cargo la persecución penal, así como de velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país.
- La función de la PGN "es ejercer la representación del Estado en su derecho de reparación digna", por lo que el MP "es el único legitimado para tener acceso a las actuaciones del proceso penal en la etapa de investigación de dichos procesos", detalló.
- También que la entidad podrá ejercer la acción de reparación una vez se dicte la sentencia condenaria, pues así lo establece el Código Procesal Penal y la Ley de Lavado de Dinero y Otros Activos.
Qué resaltar. Horas después de la postura del MP, la PGN, a cargo de Julio Saavedra volvió a pronunciarse y aseguró que "tiene el mandato constitucional de defender los intereses del Estado y que las actuaciones no deben ser consideradas como "obstaculización penal".
- "Es lamentable la poca voluntad de reconocer los derechos procesales del Estado de Guatemala en los procesos penales", detallaron.