El Ministerio Público (MP), presentó una nueva solicitud de antejuicio contra el diputado de Semilla, Samuel Pérez.
Es noticia. La fiscalía pide levantar la inmunidad al congresista por posibles delitos de abuso de autoridad y discriminación.
- La gestión del MP se originó luego de que el legislador le rompió una hoja que otro diputado, Bequer Neftalí Chocooj de la Cruz, intentó entregar al presidente de la República, Bernardo Arévalo.
- El incidente ocurrió al final de la sesión solemne del 14 de enero de 2025, cuando el mandatario presentó el primer informe de labores.
- Chocooj denunció el hecho y se iniciaron las primeras investigaciones. El MP encontró indicios de posibles delitos y por ello pidió el antejuicio.
En perspectiva. Pérez rechazó la gestión que realiza la fiscalía y la califió de "descarada".
- Comentó que romper la hoja de su colega no fue por su condición indígena, sino porque es un "gran corrupto e incompetente". Además, dijo que lo volvería a realizar, pero insistió que no se trató de un acto racista.
- Mientras que el MP informó que se vedó el derecho de un ciudadano, en este caso un funcionario público, a presentar una solicitud al presidente. Por ello, considera que existen indicios para pedir que le quiten la inmunidad para investigarlo.
- El expediente lo debe conocer un juzgado de primera instancia. Luego se eleva a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que resuelve si procede la solicitud. Si la respuesta es favorable se envía a un juez pesquisidor que analiza los hechos y recomienda retirar o no el antejuicio. La decisión final queda en manos de los magistrados de la CSJ.
Qué destacar. El caso está a cargo de la Fiscalía de Derechos Humanos y la Agencia Fiscal de Delitos contra Discriminación.
- La petición se realiza por la denuncia presentada por Chocooj. El MP basa sus acciones en la libertad y derecho de petición de todas las personas.
- "El diputado Chocooj en el ejercicio de sus derechos de dignidad, igualdad, libertad de acción y de petición, pretendió entregar un documento al presidente Arévalo, acción no prohibida por legislación alguna, la cual contenía implícita una solicitud, derecho que no pudo ejercer por la acción abrupta que ejecutó la persona contra quien se solicita el antejuicio, el diputado Samuel Andrés Pérez Álvarez, quien impidió y dificultó dicha acción de manera arbitraria y dolosa, motivado por la circunstancia de que el señor Bequer Neftalí Chocooj de la Cruz pertenece, dentro del contexto político de ese parlamento, a otra agrupación política no afín a su persona, lo que constituye el móvil del acto realizado", informó la fiscalía.
- "En nuestra ley sustantiva penal, dicho acto es tipificado como delito de abuso de autoridad en concurso ideal con el delito de discriminación, atendiendo a los verbos rectores de cada uno de esos delitos, como sería ejecutar actos arbitrarios en perjuicio de la administración pública o de terceras personas, por un lado, y por el otro restringir el ejercicio de un derecho, limitándole o dificultándole el ejercicio del mismo, ejecutando conforme la teoría de la causalidad que recoge nuestro ordenamiento penal, los actos idóneos para impedir que ese documento fuera del conocimiento de la persona a quien se le pretendía entregar, en este caso, el Presidente de la República de Guatemala", concluyó el MP.
El Ministerio Público (MP), presentó una nueva solicitud de antejuicio contra el diputado de Semilla, Samuel Pérez.
Es noticia. La fiscalía pide levantar la inmunidad al congresista por posibles delitos de abuso de autoridad y discriminación.
- La gestión del MP se originó luego de que el legislador le rompió una hoja que otro diputado, Bequer Neftalí Chocooj de la Cruz, intentó entregar al presidente de la República, Bernardo Arévalo.
- El incidente ocurrió al final de la sesión solemne del 14 de enero de 2025, cuando el mandatario presentó el primer informe de labores.
- Chocooj denunció el hecho y se iniciaron las primeras investigaciones. El MP encontró indicios de posibles delitos y por ello pidió el antejuicio.
En perspectiva. Pérez rechazó la gestión que realiza la fiscalía y la califió de "descarada".
- Comentó que romper la hoja de su colega no fue por su condición indígena, sino porque es un "gran corrupto e incompetente". Además, dijo que lo volvería a realizar, pero insistió que no se trató de un acto racista.
- Mientras que el MP informó que se vedó el derecho de un ciudadano, en este caso un funcionario público, a presentar una solicitud al presidente. Por ello, considera que existen indicios para pedir que le quiten la inmunidad para investigarlo.
- El expediente lo debe conocer un juzgado de primera instancia. Luego se eleva a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que resuelve si procede la solicitud. Si la respuesta es favorable se envía a un juez pesquisidor que analiza los hechos y recomienda retirar o no el antejuicio. La decisión final queda en manos de los magistrados de la CSJ.
Qué destacar. El caso está a cargo de la Fiscalía de Derechos Humanos y la Agencia Fiscal de Delitos contra Discriminación.
- La petición se realiza por la denuncia presentada por Chocooj. El MP basa sus acciones en la libertad y derecho de petición de todas las personas.
- "El diputado Chocooj en el ejercicio de sus derechos de dignidad, igualdad, libertad de acción y de petición, pretendió entregar un documento al presidente Arévalo, acción no prohibida por legislación alguna, la cual contenía implícita una solicitud, derecho que no pudo ejercer por la acción abrupta que ejecutó la persona contra quien se solicita el antejuicio, el diputado Samuel Andrés Pérez Álvarez, quien impidió y dificultó dicha acción de manera arbitraria y dolosa, motivado por la circunstancia de que el señor Bequer Neftalí Chocooj de la Cruz pertenece, dentro del contexto político de ese parlamento, a otra agrupación política no afín a su persona, lo que constituye el móvil del acto realizado", informó la fiscalía.
- "En nuestra ley sustantiva penal, dicho acto es tipificado como delito de abuso de autoridad en concurso ideal con el delito de discriminación, atendiendo a los verbos rectores de cada uno de esos delitos, como sería ejecutar actos arbitrarios en perjuicio de la administración pública o de terceras personas, por un lado, y por el otro restringir el ejercicio de un derecho, limitándole o dificultándole el ejercicio del mismo, ejecutando conforme la teoría de la causalidad que recoge nuestro ordenamiento penal, los actos idóneos para impedir que ese documento fuera del conocimiento de la persona a quien se le pretendía entregar, en este caso, el Presidente de la República de Guatemala", concluyó el MP.