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Magistrada de TSE, Blanca Alfaro, le corrige la plana al Relator contra la Tortura

Por la desinformación que emitió la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura con respecto a las consecuencias del voto nulo, la magistrada del TSE, Blanca Alfaro, instó a las autoridades a educarse en el tema. 

Blanca Alfaro, magistrada vocal III explica los alcances del voto nulo. (Foto: Archivo-TSE)
Viviana Mutz
12 de junio, 2023

La magistrada del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Blanca Alfaro, corrigió al titular de la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura, por su pronunciamiento acerca del voto nulo y el llamado al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para garantizar unas elecciones transparentes. 

Alfaro consideró que Lesther Castellanos, relator presidente, "con todo respeto denota abuso de autoridad en sus declaraciones, ni es rector en el tema", dijo.  

"A él se le ha encargado verificar el cumplimiento, principalmente, en el tema de terrorismo de Estado", dijo a la vez que el relator "ha extralimitado en sus funciones, desconoce al artículo 237 de la Ley Electoral...primero habría que educarse un poco en cuanto al tema", refirió.  

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Alfaro se refería al comunicado del jueves 8 de noviembre, donde Castellanos brindó una explicación de qué es el voto nulo, 

"Si usted vota de forma nula, con la intención que se convoque a un nuevo proceso electoral con candidatos distintos a quienes están postulándose en ese momento, debe saber que eso es completamente falso", se lee en el comunicado.

También que "candidatos a diputados y alcaldes no gozan del derecho al voto nulo, pues tienen una única oportunidad de elección. De tal manera que no hay voto nulo para esos puestos de elección popular".

Qué dice la Ley Electoral

La magistrada explicó que el voto nulo es contra el sistema electoral y no puede estar fuera ninguna participación (aplica para todas las elecciones) y por eso insistió: "primero hay que educarse un poco en relación al tema", por la desinformación que pudo ocasionar el comunicado del relator. 

Por eso aprovechó para explicar las dos manifestaciones del voto nulo.

1. Aquel voto sin intención que abarcó dos casillas o más, pero puede ser rescatado cuando esté claramente definida la intención de votos según la verificación de la mesa receptora de votos y fiscales.

2. El voto en contra del sistema de la democracia y tiene que tener una manifestación o expresión en la papeleta. Estos son los que deben contabilizarse para poder repetir cualquiera de las elecciones. 

"¿Por qué no debemos votar nulo?", cuestionó Alfaro y al mismo tiempo respondió: "Vamos a ir a una elección con los mismos candidatos y mismas boletas. Solamente hay una nueva fecha y hacemos gastar al Estado más de medio millón de quetzales que los guatemaltecos seguimos pagando con impuestos", enfatizó.

Y finalmente: "Estamos conscientes que tiene que haber reforma al sistema electoral, pero debe hacerse en el Congreso, con la nueva legislatura y conscientes de que quieren fortalecerlo".  

 

 

 

 

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Por la desinformación que emitió la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura con respecto a las consecuencias del voto nulo, la magistrada del TSE, Blanca Alfaro, instó a las autoridades a educarse en el tema. 

Blanca Alfaro, magistrada vocal III explica los alcances del voto nulo. (Foto: Archivo-TSE)
Viviana Mutz
12 de junio, 2023

La magistrada del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Blanca Alfaro, corrigió al titular de la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura, por su pronunciamiento acerca del voto nulo y el llamado al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para garantizar unas elecciones transparentes. 

Alfaro consideró que Lesther Castellanos, relator presidente, "con todo respeto denota abuso de autoridad en sus declaraciones, ni es rector en el tema", dijo.  

"A él se le ha encargado verificar el cumplimiento, principalmente, en el tema de terrorismo de Estado", dijo a la vez que el relator "ha extralimitado en sus funciones, desconoce al artículo 237 de la Ley Electoral...primero habría que educarse un poco en cuanto al tema", refirió.  

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Alfaro se refería al comunicado del jueves 8 de noviembre, donde Castellanos brindó una explicación de qué es el voto nulo, 

"Si usted vota de forma nula, con la intención que se convoque a un nuevo proceso electoral con candidatos distintos a quienes están postulándose en ese momento, debe saber que eso es completamente falso", se lee en el comunicado.

También que "candidatos a diputados y alcaldes no gozan del derecho al voto nulo, pues tienen una única oportunidad de elección. De tal manera que no hay voto nulo para esos puestos de elección popular".

Qué dice la Ley Electoral

La magistrada explicó que el voto nulo es contra el sistema electoral y no puede estar fuera ninguna participación (aplica para todas las elecciones) y por eso insistió: "primero hay que educarse un poco en relación al tema", por la desinformación que pudo ocasionar el comunicado del relator. 

Por eso aprovechó para explicar las dos manifestaciones del voto nulo.

1. Aquel voto sin intención que abarcó dos casillas o más, pero puede ser rescatado cuando esté claramente definida la intención de votos según la verificación de la mesa receptora de votos y fiscales.

2. El voto en contra del sistema de la democracia y tiene que tener una manifestación o expresión en la papeleta. Estos son los que deben contabilizarse para poder repetir cualquiera de las elecciones. 

"¿Por qué no debemos votar nulo?", cuestionó Alfaro y al mismo tiempo respondió: "Vamos a ir a una elección con los mismos candidatos y mismas boletas. Solamente hay una nueva fecha y hacemos gastar al Estado más de medio millón de quetzales que los guatemaltecos seguimos pagando con impuestos", enfatizó.

Y finalmente: "Estamos conscientes que tiene que haber reforma al sistema electoral, pero debe hacerse en el Congreso, con la nueva legislatura y conscientes de que quieren fortalecerlo".  

 

 

 

 

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