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La Constitución, por encima de todo

.
Redacción República
22 de mayo, 2025

La reciente resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC) pone en evidencia un error de procedimiento del presidente Bernardo Arévalo al intentar retirar la reserva al artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. Este acto, materializado mediante el Acuerdo Gubernativo 65-2025, no solo contravino principios constitucionales fundamentales, sino que también desatendió el principio de publicidad administrativa, socavando la transparencia y el control ciudadano. La decisión de la Corte, al suspender provisionalmente dicho acuerdo, reafirma la supremacía de la Constitución como pilar del orden jurídico guatemalteco.

El artículo 27 de la Convención de Viena establece que un Estado no puede invocar su derecho interno para justificar el incumplimiento de un tratado. Guatemala, al ratificar este instrumento en 1997, formuló una reserva explícita para priorizar su Constitución, salvaguardando así la supremacía constitucional. Sin embargo, el presidente Arévalo, mediante un acto unilateral, decidió retirar esta reserva sin la debida justificación ni análisis de compatibilidad con la Carta Magna, como lo exige la jurisprudencia de la Corte (expediente 3489-2006). Este proceder no solo ignoró la necesidad de preservar el equilibrio normativo nacional, sino que también vulneró el principio de legalidad al notificar a las Naciones Unidas el 10 de abril, antes de publicar el acuerdo en el Diario Oficial el 5 de mayo, contraviniendo el artículo 30 constitucional sobre la publicidad de los actos administrativos.

La Corte, en su fallo, subraya que la reserva al artículo 27 es una cláusula de salvaguarda que protege la preeminencia de la Constitución frente a tratados internacionales que puedan contradecirla. Al suspender —provisionalmente— el Acuerdo Gubernativo y ordenar la revocación de la notificación ante la ONU, el tribunal reafirma su rol como garante del principio de supremacía constitucional, consagrado en los artículos 44, 175 y 204 de la Ley Fundamental. Este principio, lejos de ser una formalidad, asegura que ningún tratado internacional pueda menoscabar los derechos fundamentales ni alterar las competencias exclusivas de los órganos nacionales.

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La acción del presidente Arévalo refleja una preocupante ligereza, que podría haber comprometido la soberanía normativa del Estado. La resolución de la Corte no solo corrige este desvío, sino que envía un mensaje contundente: la Constitución es la norma suprema, y su defensa es innegociable. Este precedente fortalece el Estado de derecho y recuerda a las autoridades la importancia de actuar con apego a los procedimientos constitucionales, garantizando transparencia y respeto al orden jurídico.

De parte del Ejecutivo y de sus corifeos se alega que, no solo su decisión fue de buena fe, sino que buscaba dar certeza jurídica y, a la postre, consiguió justamente lo opuesto. Ante el fallo de la CC, el Ejecutivo toma una decisión correcta al acatarlo, contrario a lo que agitadores pretenden: que se ignore o incumplan las órdenes judiciales. Eso metería a Arévalo en otro callejón sin salida, a los que sus asesores lo conducen una y otra vez.

De todo este embrollo, queda resaltar que, cuando menos, Guatemala tenga un presidente que respete la división de poderes y los pesos y contrapesos republicanos.  

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La reciente resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC) pone en evidencia un error de procedimiento del presidente Bernardo Arévalo al intentar retirar la reserva al artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. Este acto, materializado mediante el Acuerdo Gubernativo 65-2025, no solo contravino principios constitucionales fundamentales, sino que también desatendió el principio de publicidad administrativa, socavando la transparencia y el control ciudadano. La decisión de la Corte, al suspender provisionalmente dicho acuerdo, reafirma la supremacía de la Constitución como pilar del orden jurídico guatemalteco.

El artículo 27 de la Convención de Viena establece que un Estado no puede invocar su derecho interno para justificar el incumplimiento de un tratado. Guatemala, al ratificar este instrumento en 1997, formuló una reserva explícita para priorizar su Constitución, salvaguardando así la supremacía constitucional. Sin embargo, el presidente Arévalo, mediante un acto unilateral, decidió retirar esta reserva sin la debida justificación ni análisis de compatibilidad con la Carta Magna, como lo exige la jurisprudencia de la Corte (expediente 3489-2006). Este proceder no solo ignoró la necesidad de preservar el equilibrio normativo nacional, sino que también vulneró el principio de legalidad al notificar a las Naciones Unidas el 10 de abril, antes de publicar el acuerdo en el Diario Oficial el 5 de mayo, contraviniendo el artículo 30 constitucional sobre la publicidad de los actos administrativos.

La Corte, en su fallo, subraya que la reserva al artículo 27 es una cláusula de salvaguarda que protege la preeminencia de la Constitución frente a tratados internacionales que puedan contradecirla. Al suspender —provisionalmente— el Acuerdo Gubernativo y ordenar la revocación de la notificación ante la ONU, el tribunal reafirma su rol como garante del principio de supremacía constitucional, consagrado en los artículos 44, 175 y 204 de la Ley Fundamental. Este principio, lejos de ser una formalidad, asegura que ningún tratado internacional pueda menoscabar los derechos fundamentales ni alterar las competencias exclusivas de los órganos nacionales.

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La acción del presidente Arévalo refleja una preocupante ligereza, que podría haber comprometido la soberanía normativa del Estado. La resolución de la Corte no solo corrige este desvío, sino que envía un mensaje contundente: la Constitución es la norma suprema, y su defensa es innegociable. Este precedente fortalece el Estado de derecho y recuerda a las autoridades la importancia de actuar con apego a los procedimientos constitucionales, garantizando transparencia y respeto al orden jurídico.

De parte del Ejecutivo y de sus corifeos se alega que, no solo su decisión fue de buena fe, sino que buscaba dar certeza jurídica y, a la postre, consiguió justamente lo opuesto. Ante el fallo de la CC, el Ejecutivo toma una decisión correcta al acatarlo, contrario a lo que agitadores pretenden: que se ignore o incumplan las órdenes judiciales. Eso metería a Arévalo en otro callejón sin salida, a los que sus asesores lo conducen una y otra vez.

De todo este embrollo, queda resaltar que, cuando menos, Guatemala tenga un presidente que respete la división de poderes y los pesos y contrapesos republicanos.  

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