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Javier Cremades: Sobre el imperio de la ley

.
Marcos Jacobo Suárez Sipmann
30 de enero, 2026

Este ensayo del abogado español Javier Cremades se mueve con soltura entre el diagnóstico jurídico y la advertencia cívica. En tiempos de constitucionalismo fatigado, populismos de toga y lawfare convertido en palabra comodín, el autor reivindica la centralidad del Estado de derecho como arquitectura moral y práctica. 

Busca al ciudadano informado, al empresario que sospecha de la arbitrariedad, al político que confunde mayoría con legitimidad. Sobre todo, intenta llegar al lector que intuye que la ley se está usando cada vez más como arma y menos como garantía. 

Recuerda que la ley ha de ser general, previsible, estable y aplicable a todos. En especial, a quienes gobiernan. Destaca la importancia de las instituciones intermedias: tribunales, reguladores, colegios profesionales, prensa independiente… Sin normas creíbles no hay progreso sostenible, ni inversión, ni derechos que duren más que un ciclo electoral. 

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Quizá en su defensa del orden jurídico liberal, Cremades tiende a confiar en demasía en la autorregulación de las élites y la buena fe institucional. A veces, se echa en falta una reflexión más profunda sobre cómo fortalecer la legitimidad del sistema jurídico. 

Sobre el imperio de la ley, mira en varios pasajes a Latinoamérica para ilustrar cómo el deterioro institucional llega a producirse por una erosión lenta, casi administrativa. Así el uso del aparato judicial como prolongación del poder político. Dinámicas en las que fiscales y jueces se convierten en actores del conflicto: persiguiendo selectivamente a opositores o garantizando impunidad a aliados.

Otro caso es el de las reformas constitucionales “quirúrgicas”. Cambios puntuales, aprobados con mayorías coyunturales, que alteran equilibrios fundamentales bajo la coartada de la soberanía popular. Este tipo de ingeniería social suele presentarse como modernización o ajuste técnico, cuando en realidad responde a una lógica de concentración de poder. La ley no se rompe; se dobla. Y al hacerlo, pierde autoridad moral.

Especial atención merece su análisis de los organismos anticorrupción y las misiones internacionales. Experiencias latinoamericanas donde estas iniciativas terminan atrapadas en la polarización política. La lucha contra la corrupción no puede sustituir al derecho; debe estar sometida al mismo. 

Otro ejemplo transversal interpela de lleno a Centroamérica: la normalización de la excepcionalidad. Estados de emergencia prolongados, decretos omnipresentes, preceptos hechos para una crisis que nunca termina. Cuando lo excepcional se vuelve regla, el ciudadano aprende a desconfiar de la ley o a considerarla como un obstáculo más. Cuando el lenguaje jurídico se banaliza, palabras como “constitucional”, “legal” o “justicia” se usan como consignas partidarias. Pierden su carácter de lenguaje válido y efectivo.  

El libro contiene dos mensajes fundamentales para Latinoamérica. Uno, la región no padece un déficit de leyes, sino de ley. Y dos, la seguridad jurídica es una condición esencial de la libertad. 

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Javier Cremades: Sobre el imperio de la ley

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30 de enero, 2026

Este ensayo del abogado español Javier Cremades se mueve con soltura entre el diagnóstico jurídico y la advertencia cívica. En tiempos de constitucionalismo fatigado, populismos de toga y lawfare convertido en palabra comodín, el autor reivindica la centralidad del Estado de derecho como arquitectura moral y práctica. 

Busca al ciudadano informado, al empresario que sospecha de la arbitrariedad, al político que confunde mayoría con legitimidad. Sobre todo, intenta llegar al lector que intuye que la ley se está usando cada vez más como arma y menos como garantía. 

Recuerda que la ley ha de ser general, previsible, estable y aplicable a todos. En especial, a quienes gobiernan. Destaca la importancia de las instituciones intermedias: tribunales, reguladores, colegios profesionales, prensa independiente… Sin normas creíbles no hay progreso sostenible, ni inversión, ni derechos que duren más que un ciclo electoral. 

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Quizá en su defensa del orden jurídico liberal, Cremades tiende a confiar en demasía en la autorregulación de las élites y la buena fe institucional. A veces, se echa en falta una reflexión más profunda sobre cómo fortalecer la legitimidad del sistema jurídico. 

Sobre el imperio de la ley, mira en varios pasajes a Latinoamérica para ilustrar cómo el deterioro institucional llega a producirse por una erosión lenta, casi administrativa. Así el uso del aparato judicial como prolongación del poder político. Dinámicas en las que fiscales y jueces se convierten en actores del conflicto: persiguiendo selectivamente a opositores o garantizando impunidad a aliados.

Otro caso es el de las reformas constitucionales “quirúrgicas”. Cambios puntuales, aprobados con mayorías coyunturales, que alteran equilibrios fundamentales bajo la coartada de la soberanía popular. Este tipo de ingeniería social suele presentarse como modernización o ajuste técnico, cuando en realidad responde a una lógica de concentración de poder. La ley no se rompe; se dobla. Y al hacerlo, pierde autoridad moral.

Especial atención merece su análisis de los organismos anticorrupción y las misiones internacionales. Experiencias latinoamericanas donde estas iniciativas terminan atrapadas en la polarización política. La lucha contra la corrupción no puede sustituir al derecho; debe estar sometida al mismo. 

Otro ejemplo transversal interpela de lleno a Centroamérica: la normalización de la excepcionalidad. Estados de emergencia prolongados, decretos omnipresentes, preceptos hechos para una crisis que nunca termina. Cuando lo excepcional se vuelve regla, el ciudadano aprende a desconfiar de la ley o a considerarla como un obstáculo más. Cuando el lenguaje jurídico se banaliza, palabras como “constitucional”, “legal” o “justicia” se usan como consignas partidarias. Pierden su carácter de lenguaje válido y efectivo.  

El libro contiene dos mensajes fundamentales para Latinoamérica. Uno, la región no padece un déficit de leyes, sino de ley. Y dos, la seguridad jurídica es una condición esencial de la libertad. 

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