Aprobada la Ley de Competencia, muere el airado debate en torno a sus estipulaciones. Los años de salidas nulas han dejado una oposición más bien exigua: de 160 diputados, 122 votaron a favor. Pero el texto aprobado no es el mismo que una vez se tanteó; se trata de una ley mejorada y consensuada, si bien no irreprochable.
- Una vez publicado el Decreto 32-2024 en el Diario de Centro América, tendrán que pasar dos años hasta que se puedan denunciar las prácticas anticompetitivas. La ley se limita a regular los hechos consumados luego de su entrada en vigor.
- Por tanto, tendrá poco recorrido durante la vida útil del actual Gobierno. Los largos tiempos permiten que se enmiende para corregir ciertos inconvenientes en su redacción.
- Las modificaciones posteriores serán técnicas, insulsas y poco vistosas. El Gobierno se jacta de su logro —con razón, pues la ley suponía el empeño de cantidades ingentes de capital político—, pero el tema no volverá a las primeras planas.
Entre líneas. República ya se ha referido a la “legislación transaccional”. Resulta evidente que la Ley de Competencia solo se aprobó tras el asentimiento de Semilla a un aumento de GTQ 5000M al presupuesto de los Consejos de Desarrollo, botín habitual de la casta política que el Gobierno jura y perjura que destruirá.
- Con esto, sumado a otros logros en el Legislativo, queda evidenciada la presteza con que la bancada Semilla está dispuesta a negociar. El Ejecutivo, en comparación, da la apariencia de dilación e indecisión.
- Huelga decir que lo primero no es necesariamente un halago. Los diputados de Semilla, liderados informalmente por Samuel Pérez, han concluido que la política nacional obliga a los sedicentes reformistas a recurrir a los pactos fáusticos.
- El Ejecutivo, por otra parte, peca de purista. Pretende quedarse con el pundonor intacto, aunque esto no le impide celebrar los logros en el Congreso como propios. En ciertos renglones, como la ejecución presupuestaria, esta inclinación le pasa factura.
Panorama general. Pero ¿qué representa la Ley de Competencia? Sanciona, en primera instancia, las prácticas anticompetitivas absolutas: la fijación de precios, la colusión en la restricción de la oferta, la manipulación de las licitaciones estatales y el reparto geográfico de mercado. Estas traen consigo una multa máxima de 200 000 salarios mínimos diarios.
- Las prácticas relativas, con una multa máxima de 100 000 salarios mínimos diarios, son más complejas. Una empresa señalada puede ampararse en la defensa por eficiencia, un reclamo crucial de los diputados más tecnócratas.
- Las condiciones de exclusividad sirven de ejemplo. Serán admisibles siempre que se demuestre un beneficio palpable en la cadena de suministro y el bienestar de los consumidores.
- Por lo demás, la carga probatoria recaerá sobre la Superintendencia de Competencia. El demandante tendrá que mostrar daños reales e incluso se expone en caso de ser desestimada como alevosa su querella. Con esto, la ley se libra de los peores excesos que se temían.
Sí, pero. No faltan, por supuesto, aquellos que estiman innecesaria —o, lo que es peor, nociva— la Ley de Competencia. Estas figuras tienden a considerar inexplicable la apuesta del Gobierno por mayores regulaciones, especialmente en vista de la grave carestía de infraestructura, un problema sin duda más acuciante.
- Argumentan, asimismo, que la competencia se ha convertido en una cuestión internacional y que cualquier intento por limitar la concentración de capitales simplemente resta competitividad a las empresas guatemaltecas.
- Sea como fuere, reconocen que, si era imprescindible aprobar una ley, el actual texto era quizá el mejor posible.
- Sus preocupaciones se refieren a puntos relativamente menores, como la conformación del directorio de la Superintendencia de Competencia, que queda a disposición del Ejecutivo, el Congreso y la Junta Monetaria.
Balance. Se ha cerrado un ciclo: el país ya cuenta con Ley de Competencia, prioridad absoluta de Semilla y del saliente Gobierno estadounidense. No se trata de una ley inofensiva, pero sí de una relativamente moderada. El jolgorio en celebración durará unos pocos días y la ley quedará olvidada por algún tiempo, pues su aplicación no será inmediata.
- Es de notar que Guatemala ha logrado su ley a pocas semanas de que termine la pequeña época dorada del derecho de competencia, pues Lina Khan, presidenta de la Comisión Federal de Comercio estadounidense, pronto abandonará el cargo. Se espera que la nueva administración tenga una aproximación sustancialmente distinta.
- Resulta deseable que, superada esta etapa, se pase a discutir proyectos con relevancia inmediata para el país. Puede resultar cansina la perenne insistencia en torno a la infraestructura, pero esto no le resta importancia.
- Para ilustrar, Guatemala podrá haberse sumado a la moda de las leyes de competencia, que hoy parecieran ser muestra de civilización, pero ni siquiera cuenta con una Ley de Ciberseguridad.
Aprobada la Ley de Competencia, muere el airado debate en torno a sus estipulaciones. Los años de salidas nulas han dejado una oposición más bien exigua: de 160 diputados, 122 votaron a favor. Pero el texto aprobado no es el mismo que una vez se tanteó; se trata de una ley mejorada y consensuada, si bien no irreprochable.
- Una vez publicado el Decreto 32-2024 en el Diario de Centro América, tendrán que pasar dos años hasta que se puedan denunciar las prácticas anticompetitivas. La ley se limita a regular los hechos consumados luego de su entrada en vigor.
- Por tanto, tendrá poco recorrido durante la vida útil del actual Gobierno. Los largos tiempos permiten que se enmiende para corregir ciertos inconvenientes en su redacción.
- Las modificaciones posteriores serán técnicas, insulsas y poco vistosas. El Gobierno se jacta de su logro —con razón, pues la ley suponía el empeño de cantidades ingentes de capital político—, pero el tema no volverá a las primeras planas.
Entre líneas. República ya se ha referido a la “legislación transaccional”. Resulta evidente que la Ley de Competencia solo se aprobó tras el asentimiento de Semilla a un aumento de GTQ 5000M al presupuesto de los Consejos de Desarrollo, botín habitual de la casta política que el Gobierno jura y perjura que destruirá.
- Con esto, sumado a otros logros en el Legislativo, queda evidenciada la presteza con que la bancada Semilla está dispuesta a negociar. El Ejecutivo, en comparación, da la apariencia de dilación e indecisión.
- Huelga decir que lo primero no es necesariamente un halago. Los diputados de Semilla, liderados informalmente por Samuel Pérez, han concluido que la política nacional obliga a los sedicentes reformistas a recurrir a los pactos fáusticos.
- El Ejecutivo, por otra parte, peca de purista. Pretende quedarse con el pundonor intacto, aunque esto no le impide celebrar los logros en el Congreso como propios. En ciertos renglones, como la ejecución presupuestaria, esta inclinación le pasa factura.
Panorama general. Pero ¿qué representa la Ley de Competencia? Sanciona, en primera instancia, las prácticas anticompetitivas absolutas: la fijación de precios, la colusión en la restricción de la oferta, la manipulación de las licitaciones estatales y el reparto geográfico de mercado. Estas traen consigo una multa máxima de 200 000 salarios mínimos diarios.
- Las prácticas relativas, con una multa máxima de 100 000 salarios mínimos diarios, son más complejas. Una empresa señalada puede ampararse en la defensa por eficiencia, un reclamo crucial de los diputados más tecnócratas.
- Las condiciones de exclusividad sirven de ejemplo. Serán admisibles siempre que se demuestre un beneficio palpable en la cadena de suministro y el bienestar de los consumidores.
- Por lo demás, la carga probatoria recaerá sobre la Superintendencia de Competencia. El demandante tendrá que mostrar daños reales e incluso se expone en caso de ser desestimada como alevosa su querella. Con esto, la ley se libra de los peores excesos que se temían.
Sí, pero. No faltan, por supuesto, aquellos que estiman innecesaria —o, lo que es peor, nociva— la Ley de Competencia. Estas figuras tienden a considerar inexplicable la apuesta del Gobierno por mayores regulaciones, especialmente en vista de la grave carestía de infraestructura, un problema sin duda más acuciante.
- Argumentan, asimismo, que la competencia se ha convertido en una cuestión internacional y que cualquier intento por limitar la concentración de capitales simplemente resta competitividad a las empresas guatemaltecas.
- Sea como fuere, reconocen que, si era imprescindible aprobar una ley, el actual texto era quizá el mejor posible.
- Sus preocupaciones se refieren a puntos relativamente menores, como la conformación del directorio de la Superintendencia de Competencia, que queda a disposición del Ejecutivo, el Congreso y la Junta Monetaria.
Balance. Se ha cerrado un ciclo: el país ya cuenta con Ley de Competencia, prioridad absoluta de Semilla y del saliente Gobierno estadounidense. No se trata de una ley inofensiva, pero sí de una relativamente moderada. El jolgorio en celebración durará unos pocos días y la ley quedará olvidada por algún tiempo, pues su aplicación no será inmediata.
- Es de notar que Guatemala ha logrado su ley a pocas semanas de que termine la pequeña época dorada del derecho de competencia, pues Lina Khan, presidenta de la Comisión Federal de Comercio estadounidense, pronto abandonará el cargo. Se espera que la nueva administración tenga una aproximación sustancialmente distinta.
- Resulta deseable que, superada esta etapa, se pase a discutir proyectos con relevancia inmediata para el país. Puede resultar cansina la perenne insistencia en torno a la infraestructura, pero esto no le resta importancia.
- Para ilustrar, Guatemala podrá haberse sumado a la moda de las leyes de competencia, que hoy parecieran ser muestra de civilización, pero ni siquiera cuenta con una Ley de Ciberseguridad.