CSJ rechaza solicitud de amparo de Thelma Cabrera y Jordán Rodas
Jordán Rodas, vicepresidenciable del MLP, confirmó la decisión de la CSJ de no decretar el amparo provisional, ante lo cual anunció que "apelarán de forma directa ante la Corte de Constitucionalidad".
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó el amparo provisional que presentó el Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP), por lo que confirma la decisión del Tribunal Supremo Electoral (TSE) de no inscribir al binomio presidencial.
Los magistrados resolvieron que no se otorga el amparo provisional "el virtud de que las circunstancias del caso no lo ameritan y por consiguiente, no concurre ninguno de los supuestos contenidos en el artículo 28 de la Ley de Probidad", es decir, "peligro de privación de la vida del sujeto activo del amparo, riesgo a su integridad personal, daño grave o irreparable al mismo o notoria ilegalidad".
Jordán Rodas, vicepresidenciable del MLP, confirmó la decisión de la CSJ de no decretar el amparo provisional, ante lo cual anunció que "apelarán de forma directa ante la Corte de Constitucionalidad (CC)".
La CC es la última instancia a la que el MLP recurrirá para lograr su participación en los comicios de 2023.
"La batalla legal nacional para demandar el ejercicio de nuestros derechos cívicos y políticos como binomio continúa", aseveró Rodas.
Sin finiquito
El partido Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP) presentó el 5 de febrero la acción de amparo en la Corte Suprema de Justicia por la no inscripción del binomio presidencial conformado por Thelma Cabrera y Jordán Rodas.
El recurso se presenta dos días después de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) negara la inscripción.
La negativa para inscribir al binomio, según las autoridades del TSE, es que Jordán Rodas, no cuenta con finiquito, por lo que rechazó el recurso de nulidad, acción que deja en firme la resolución del Registro de Ciudadanos.
Investigación bajo reserva
La Contraloría General de Cuentas (CGC), a través del subcontralor de Probidad, Carlos Emilio Morales, informó hace unos días que existe una denuncia como resultado de una auditoría que se llevó a cabo a solicitud del Ministerio Público (MP), por un caso que está bajo reserva.
Aclaró que la CGC, con fundamento en la Ley, no puede ni revoca finiquitos. "Lo que ocurre con la Constancia Transitoria de Inexistencia de Reclamación de Cargos, también llamada finiquito, es que pierde vigencia".
Morales refirió el reglamento de la Ley de Probidad, que en el artículo 33, inciso C, numeral 1, indica "la constancia o finiquito extendido no exime de responsabilidad a la persona a cuyo favor se le extendió, si con posterioridad se descubriera que existió responsabilidad administrativa civil o penal en el ejercicio de su función pública, en cuyo caso el mismo quedará sin efecto", se lee en la normativa.
CSJ rechaza solicitud de amparo de Thelma Cabrera y Jordán Rodas
Jordán Rodas, vicepresidenciable del MLP, confirmó la decisión de la CSJ de no decretar el amparo provisional, ante lo cual anunció que "apelarán de forma directa ante la Corte de Constitucionalidad".
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó el amparo provisional que presentó el Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP), por lo que confirma la decisión del Tribunal Supremo Electoral (TSE) de no inscribir al binomio presidencial.
Los magistrados resolvieron que no se otorga el amparo provisional "el virtud de que las circunstancias del caso no lo ameritan y por consiguiente, no concurre ninguno de los supuestos contenidos en el artículo 28 de la Ley de Probidad", es decir, "peligro de privación de la vida del sujeto activo del amparo, riesgo a su integridad personal, daño grave o irreparable al mismo o notoria ilegalidad".
Jordán Rodas, vicepresidenciable del MLP, confirmó la decisión de la CSJ de no decretar el amparo provisional, ante lo cual anunció que "apelarán de forma directa ante la Corte de Constitucionalidad (CC)".
La CC es la última instancia a la que el MLP recurrirá para lograr su participación en los comicios de 2023.
"La batalla legal nacional para demandar el ejercicio de nuestros derechos cívicos y políticos como binomio continúa", aseveró Rodas.
Sin finiquito
El partido Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP) presentó el 5 de febrero la acción de amparo en la Corte Suprema de Justicia por la no inscripción del binomio presidencial conformado por Thelma Cabrera y Jordán Rodas.
El recurso se presenta dos días después de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) negara la inscripción.
La negativa para inscribir al binomio, según las autoridades del TSE, es que Jordán Rodas, no cuenta con finiquito, por lo que rechazó el recurso de nulidad, acción que deja en firme la resolución del Registro de Ciudadanos.
Investigación bajo reserva
La Contraloría General de Cuentas (CGC), a través del subcontralor de Probidad, Carlos Emilio Morales, informó hace unos días que existe una denuncia como resultado de una auditoría que se llevó a cabo a solicitud del Ministerio Público (MP), por un caso que está bajo reserva.
Aclaró que la CGC, con fundamento en la Ley, no puede ni revoca finiquitos. "Lo que ocurre con la Constancia Transitoria de Inexistencia de Reclamación de Cargos, también llamada finiquito, es que pierde vigencia".
Morales refirió el reglamento de la Ley de Probidad, que en el artículo 33, inciso C, numeral 1, indica "la constancia o finiquito extendido no exime de responsabilidad a la persona a cuyo favor se le extendió, si con posterioridad se descubriera que existió responsabilidad administrativa civil o penal en el ejercicio de su función pública, en cuyo caso el mismo quedará sin efecto", se lee en la normativa.