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CC anula resolución judicial y reafirma validez de Elecciones Generales 2023 de Guatemala

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Luis Gonzalez
29 de octubre, 2025

La Corte de Constitucionalidad reafirmó la validez de los resultados de las Elecciones Generales de 2023 y anuló las resoluciones emitidas por el Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente.

Es noticia. Esta decisión se enmarca en la sentencia dictada dentro del expediente 6175-2023, en la que el Pleno de Magistrados resolvió con lugar la solicitud de asistencia para su debida ejecución, con el objetivo de salvaguardar el orden constitucional y el Estado de Derecho.

  • La resolución judicial anulada fue dictada por el juez Fredy Orellana en audiencia oral celebrada el 24 de octubre de 2025, en respuesta a una solicitud de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI).
  • En ella se declaraba la nulidad absoluta de la inscripción del comité pro formación y del Partido Movimiento Semilla, alegando irregularidades como la incorporación de afiliados sin consentimiento y la falsificación de firmas.
  • Esta medida fue notificada al Congreso de la República y al Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral, generando preocupación por sus implicaciones políticas y jurídicas.

Qué destacar. La Corte de Constitucionalidad consideró que las acciones del juez Orellana constituían una amenaza directa a los derechos fundamentales de elegir y ser electo, así como a los principios democráticos, la soberanía popular y la alternancia en el ejercicio del poder.

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  • Por ello, dejó sin efecto tanto la resolución judicial como los oficios enviados a las instituciones mencionadas, advirtiendo al juez que debe abstenerse de emitir decisiones que contravengan las disposiciones constitucionales, especialmente aquellas que sustentan el sistema electoral democrático y republicano.
  • La figura de la nulidad absoluta, invocada por el juez Orellana, implica que el acto jurídico se considera inválido desde su origen, sin posibilidad de corrección, y puede ser declarado de oficio.
  • En este caso, la medida afectaba directamente a los 23 diputados electos bajo la bandera de Semilla, un alcalde y al presidente de la República.

Sí, pero. Supuestas irregularidades cometidas en la conformación del partido Movimiento Semilla, no permitieron a los congresistas de esta organización asumir presidencias en las comisiones y directiva, así como otros derechos como legisladores, debido a su categoría de independientes.

  • Diversos actores señalaron que estas decisiones judiciales podrían representar una injerencia indebida del sistema penal en asuntos electorales.
  • El Tribunal Supremo Electoral ha reiterado que la Ley Electoral tiene rango constitucional y no puede ser modificada por resoluciones de jueces penales.
  • En este contexto, la intervención de la Corte de Constitucionalidad refuerza la protección del marco legal electoral y la legitimidad de los resultados obtenidos en las urnas.

En conclusión. A pesar de los señalamientos e investigaciones contra Semilla desde su participación en las elecciones generales de 2023, el presidente y vicepresidente electos bajo su bandera asumieron sus cargos en enero de 2024.

  • La resolución de la Corte fortalece el sistema democrático guatemalteco y envía un mensaje claro sobre la importancia de respetar la voluntad popular.
  • En síntesis, la Corte de Constitucionalidad resolvió como garante del orden constitucional, anulando las resoluciones que causaron incertidumbre.
  • Además, rearfirma que los resultados del proceso electoral de 2023 son inalterables. 


 

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29 de octubre, 2025

La Corte de Constitucionalidad reafirmó la validez de los resultados de las Elecciones Generales de 2023 y anuló las resoluciones emitidas por el Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente.

Es noticia. Esta decisión se enmarca en la sentencia dictada dentro del expediente 6175-2023, en la que el Pleno de Magistrados resolvió con lugar la solicitud de asistencia para su debida ejecución, con el objetivo de salvaguardar el orden constitucional y el Estado de Derecho.

  • La resolución judicial anulada fue dictada por el juez Fredy Orellana en audiencia oral celebrada el 24 de octubre de 2025, en respuesta a una solicitud de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI).
  • En ella se declaraba la nulidad absoluta de la inscripción del comité pro formación y del Partido Movimiento Semilla, alegando irregularidades como la incorporación de afiliados sin consentimiento y la falsificación de firmas.
  • Esta medida fue notificada al Congreso de la República y al Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral, generando preocupación por sus implicaciones políticas y jurídicas.

Qué destacar. La Corte de Constitucionalidad consideró que las acciones del juez Orellana constituían una amenaza directa a los derechos fundamentales de elegir y ser electo, así como a los principios democráticos, la soberanía popular y la alternancia en el ejercicio del poder.

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  • Por ello, dejó sin efecto tanto la resolución judicial como los oficios enviados a las instituciones mencionadas, advirtiendo al juez que debe abstenerse de emitir decisiones que contravengan las disposiciones constitucionales, especialmente aquellas que sustentan el sistema electoral democrático y republicano.
  • La figura de la nulidad absoluta, invocada por el juez Orellana, implica que el acto jurídico se considera inválido desde su origen, sin posibilidad de corrección, y puede ser declarado de oficio.
  • En este caso, la medida afectaba directamente a los 23 diputados electos bajo la bandera de Semilla, un alcalde y al presidente de la República.

Sí, pero. Supuestas irregularidades cometidas en la conformación del partido Movimiento Semilla, no permitieron a los congresistas de esta organización asumir presidencias en las comisiones y directiva, así como otros derechos como legisladores, debido a su categoría de independientes.

  • Diversos actores señalaron que estas decisiones judiciales podrían representar una injerencia indebida del sistema penal en asuntos electorales.
  • El Tribunal Supremo Electoral ha reiterado que la Ley Electoral tiene rango constitucional y no puede ser modificada por resoluciones de jueces penales.
  • En este contexto, la intervención de la Corte de Constitucionalidad refuerza la protección del marco legal electoral y la legitimidad de los resultados obtenidos en las urnas.

En conclusión. A pesar de los señalamientos e investigaciones contra Semilla desde su participación en las elecciones generales de 2023, el presidente y vicepresidente electos bajo su bandera asumieron sus cargos en enero de 2024.

  • La resolución de la Corte fortalece el sistema democrático guatemalteco y envía un mensaje claro sobre la importancia de respetar la voluntad popular.
  • En síntesis, la Corte de Constitucionalidad resolvió como garante del orden constitucional, anulando las resoluciones que causaron incertidumbre.
  • Además, rearfirma que los resultados del proceso electoral de 2023 son inalterables. 


 

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