Caso Odebrecht: Corte de Constitucionalidad revoca amparo que frenaba juicio contra Sinibaldi
La Corte de Constitucionalidad (CC) revocó el amparo provisional que favorecía al exministro de Comunicaciones, Alejandro Sinibaldi, lo que implica que el proceso penal en su contra deberá continuar y que finalmente enfrentará juicio.
En perspectiva. Sinibaldi había logrado suspender el inicio de su juicio por los delitos de lavado de dinero y cohecho pasivo, vinculados al escándalo Odebrecht, en el que también están implicados otros políticos, como Manuel Baldizón.
- La resolución emitida el 4 de junio de 2025 revisa la decisión previa de la Corte Suprema de Justicia, que otorgó el amparo en primera instancia.
- Según el expediente, el Juzgado Primero de Primera Instancia en Penal de Mayor Riesgo decretó en julio de 2023 el sobreseimiento del caso, cerrando el proceso en contra de Sinibaldi.
- Sin embargo, el Ministerio Público (MP) apeló esta decisión. Argumentó que el juez no valoró adecuadamente los más de 170 medios de investigación documental presentados, entre ellos diversas asistencias judiciales internacionales provenientes de Panamá, Brasil y Estados Unidos, relacionadas con la investigación de corrupción de la empresa Odebrecht.
- En su recurso de apelación, el MP señaló que el juzgador no fundamentó correctamente su resolución y omitió el análisis detallado de los medios de investigación.
Qué destacar. La CC destacó que en la etapa preparatoria del proceso penal no se requiere certeza absoluta de la participación del acusado, sino únicamente que exista probabilidad de su implicación en los hechos ilícitos.
- En este sentido, el Tribunal determinó que sí existen suficientes medios de investigación que permiten sustentar la acusación contra Sinibaldi.
- El Estado de Guatemala, por medio de la Procuraduría General de la Nación, también apeló la decisión, argumentando que el acto reclamado estaba debidamente fundamentado y que la autoridad denunciada no incurrió en ninguna infracción.
- Señaló que existían suficientes medios de investigación para considerar la posible participación de Sinibaldi en los delitos imputados y que era procedente abrir el juicio oral y público para determinar la responsabilidad penal del acusado.
En conclusión. La CC concluyó que el juez de primera instancia vulneró el debido proceso al omitir el análisis de los medios de investigación y fundamentar su resolución de manera inadecuada.
- Enfatizó que la etapa intermedia del proceso no es el momento para valorar pruebas, sino para determinar si existe la probabilidad de participación del acusado en los delitos imputados. La CC resolvió revocar el amparo provisional otorgado y ordenó la continuación del proceso penal contra Sinibaldi.
- Con esta decisión, el juicio contra Sinibaldi por lavado de dinero y cohecho pasivo continuará su curso, lo que refuerza los esfuerzos institucionales por garantizar la correcta aplicación de la justicia en casos de corrupción de alto impacto en Guatemala.
- La resolución también marca un precedente sobre la importancia de la fundamentación en las resoluciones judiciales, asegurando que los jueces analicen de manera exhaustiva todas las pruebas antes de emitir un fallo.
Caso Odebrecht: Corte de Constitucionalidad revoca amparo que frenaba juicio contra Sinibaldi
La Corte de Constitucionalidad (CC) revocó el amparo provisional que favorecía al exministro de Comunicaciones, Alejandro Sinibaldi, lo que implica que el proceso penal en su contra deberá continuar y que finalmente enfrentará juicio.
En perspectiva. Sinibaldi había logrado suspender el inicio de su juicio por los delitos de lavado de dinero y cohecho pasivo, vinculados al escándalo Odebrecht, en el que también están implicados otros políticos, como Manuel Baldizón.
- La resolución emitida el 4 de junio de 2025 revisa la decisión previa de la Corte Suprema de Justicia, que otorgó el amparo en primera instancia.
- Según el expediente, el Juzgado Primero de Primera Instancia en Penal de Mayor Riesgo decretó en julio de 2023 el sobreseimiento del caso, cerrando el proceso en contra de Sinibaldi.
- Sin embargo, el Ministerio Público (MP) apeló esta decisión. Argumentó que el juez no valoró adecuadamente los más de 170 medios de investigación documental presentados, entre ellos diversas asistencias judiciales internacionales provenientes de Panamá, Brasil y Estados Unidos, relacionadas con la investigación de corrupción de la empresa Odebrecht.
- En su recurso de apelación, el MP señaló que el juzgador no fundamentó correctamente su resolución y omitió el análisis detallado de los medios de investigación.
Qué destacar. La CC destacó que en la etapa preparatoria del proceso penal no se requiere certeza absoluta de la participación del acusado, sino únicamente que exista probabilidad de su implicación en los hechos ilícitos.
- En este sentido, el Tribunal determinó que sí existen suficientes medios de investigación que permiten sustentar la acusación contra Sinibaldi.
- El Estado de Guatemala, por medio de la Procuraduría General de la Nación, también apeló la decisión, argumentando que el acto reclamado estaba debidamente fundamentado y que la autoridad denunciada no incurrió en ninguna infracción.
- Señaló que existían suficientes medios de investigación para considerar la posible participación de Sinibaldi en los delitos imputados y que era procedente abrir el juicio oral y público para determinar la responsabilidad penal del acusado.
En conclusión. La CC concluyó que el juez de primera instancia vulneró el debido proceso al omitir el análisis de los medios de investigación y fundamentar su resolución de manera inadecuada.
- Enfatizó que la etapa intermedia del proceso no es el momento para valorar pruebas, sino para determinar si existe la probabilidad de participación del acusado en los delitos imputados. La CC resolvió revocar el amparo provisional otorgado y ordenó la continuación del proceso penal contra Sinibaldi.
- Con esta decisión, el juicio contra Sinibaldi por lavado de dinero y cohecho pasivo continuará su curso, lo que refuerza los esfuerzos institucionales por garantizar la correcta aplicación de la justicia en casos de corrupción de alto impacto en Guatemala.
- La resolución también marca un precedente sobre la importancia de la fundamentación en las resoluciones judiciales, asegurando que los jueces analicen de manera exhaustiva todas las pruebas antes de emitir un fallo.