El Decreto 7-2025 que asegura los recursos para los Consejos Departamentales de Desarrollo (CODEDE) se ha convertido en un dolor de cabeza para el presidente, Bernardo Arévalo, pues cualquier decisión implica un costo político.
Por qué importa. Si decide vetarlo, el grupo opositor, encabezado por Luis Aguirre y Allan Rodríguez, podría revertir la medida con 107 votos que establece la ley, y lograr que el decreto entre en vigor.
- Si lo sanciona, corre riesgo de ser blanco de críticas, pues cámaras empresariales y tanques de pensamiento pidieron vetarlo por considerar que viola el principio de anualidad.
- También destacan que el traslado automático de saldos contradice la Ley Orgánica del Presupuesto, que obliga a cerrar el ejercicio cada 31 de diciembre y reintegrar a la Tesorería los recursos no ejecutados.
- Algunos analistas presumen que este debate es apenas la antesala de la discusión del presupuesto 2026, que asciende a GTQ 163 000M, según la propuesta de Finanzas.
Voces. El margen de maniobra del mandatario es limitado: la Constitución establece que el decreto debe enviarse en un plazo no mayor de 10 días y, al recibirlo, Arévalo tendría 15 días para tomar una decisión.
- Los abogados César Sigüenza y Francisco Quezada coinciden que al mandatario solo le queda vetar o sancionar.
- Los plazos son claros y no hay forma de retardar la decisión. Para Quezada, el mandatario puede consultar a la Corte de Constitucionalidad sobre el decreto, siempre y cuando esté vigente. O si decide vetar, puede aducir “vicios de inconstitucionalidad”, resaltó.
- Sigüenza, por su parte, recordó que el artículo 178 de la Constitución establece “que dentro de los quince días de recibido el decreto [...] el presidente podrá devolverlo al Congreso con las observaciones que estime pertinentes, en ejercicio de su derecho de veto”. Las leyes no pueden ser vetadas parcialmente.
Fisgón histórico. En los últimos 10 años, se han registrado dos ocasiones en que el pleno revierte la decisión presidencial.
- El más reciente fue en la administración de Alejandro Giammattei, cuando revirtió la decisión presidencial con 126 votos del decreto para no suspender los servicios esenciales durante la emergencia por el coronavirus.
- Algo similar sucedió cuando el pleno rechazó el veto al decreto 13-2016, que establecía penas de cárcel a funcionarios que no atendieran las citaciones en el Congreso.
- En otros casos se ha registrado que los diputados recurren al precedente 2-2017 para detener el proceso legislativo al aprobar las objeciones al decreto, pero en este caso no ocurrió, debido a que el oficialismo apenas logró 36 votos.
En conclusión. El futuro del Decreto 7-2025 pondrá a prueba las relaciones de poder entre Ejecutivo y Congreso, mientras el presidente Arévalo enfrenta un callejón sin salida.
El Decreto 7-2025 que asegura los recursos para los Consejos Departamentales de Desarrollo (CODEDE) se ha convertido en un dolor de cabeza para el presidente, Bernardo Arévalo, pues cualquier decisión implica un costo político.
Por qué importa. Si decide vetarlo, el grupo opositor, encabezado por Luis Aguirre y Allan Rodríguez, podría revertir la medida con 107 votos que establece la ley, y lograr que el decreto entre en vigor.
- Si lo sanciona, corre riesgo de ser blanco de críticas, pues cámaras empresariales y tanques de pensamiento pidieron vetarlo por considerar que viola el principio de anualidad.
- También destacan que el traslado automático de saldos contradice la Ley Orgánica del Presupuesto, que obliga a cerrar el ejercicio cada 31 de diciembre y reintegrar a la Tesorería los recursos no ejecutados.
- Algunos analistas presumen que este debate es apenas la antesala de la discusión del presupuesto 2026, que asciende a GTQ 163 000M, según la propuesta de Finanzas.
Voces. El margen de maniobra del mandatario es limitado: la Constitución establece que el decreto debe enviarse en un plazo no mayor de 10 días y, al recibirlo, Arévalo tendría 15 días para tomar una decisión.
- Los abogados César Sigüenza y Francisco Quezada coinciden que al mandatario solo le queda vetar o sancionar.
- Los plazos son claros y no hay forma de retardar la decisión. Para Quezada, el mandatario puede consultar a la Corte de Constitucionalidad sobre el decreto, siempre y cuando esté vigente. O si decide vetar, puede aducir “vicios de inconstitucionalidad”, resaltó.
- Sigüenza, por su parte, recordó que el artículo 178 de la Constitución establece “que dentro de los quince días de recibido el decreto [...] el presidente podrá devolverlo al Congreso con las observaciones que estime pertinentes, en ejercicio de su derecho de veto”. Las leyes no pueden ser vetadas parcialmente.
Fisgón histórico. En los últimos 10 años, se han registrado dos ocasiones en que el pleno revierte la decisión presidencial.
- El más reciente fue en la administración de Alejandro Giammattei, cuando revirtió la decisión presidencial con 126 votos del decreto para no suspender los servicios esenciales durante la emergencia por el coronavirus.
- Algo similar sucedió cuando el pleno rechazó el veto al decreto 13-2016, que establecía penas de cárcel a funcionarios que no atendieran las citaciones en el Congreso.
- En otros casos se ha registrado que los diputados recurren al precedente 2-2017 para detener el proceso legislativo al aprobar las objeciones al decreto, pero en este caso no ocurrió, debido a que el oficialismo apenas logró 36 votos.
En conclusión. El futuro del Decreto 7-2025 pondrá a prueba las relaciones de poder entre Ejecutivo y Congreso, mientras el presidente Arévalo enfrenta un callejón sin salida.