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Último día  para pagar el impuesto de circulación en Guatemala 

¡Buenos días! Hoy es el último día para pagar el impuesto de circulación. A continuación te comparto los métodos para pagar. Evita pagar multas o intereses.

Foto República: Archivo
Glenda Sanchez
31 de julio, 2023

¿Ya pagaste el impuesto de circulación de tu vehículo? Recuerda que hoy 31 de julio vence el plazo. Las autoridades de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) indicaron que después del 31 de julio se aplicarán multas o intereses.

El Impuesto Sobre la Circulación de Vehículos (ISCV) debe ser pagado por todos los vehículos terrestres (carros, camionetas, camiones, motocicletas, etc.), aéreos (aviones, avionetas, helicópteros y otros) y los marítimos (lanchas, botes, veleros, barcos). 

Existen algunas excepciones, los vehículos que circulan con placas oficiales no están obligados a cancelar el impuesto. Asimismo, tampoco deben pagar los vehículos con placas de Cuerpo Diplomático (CD) o Cuerpo Consular (CC). También se exonera a los vehículos en caso existan convenios de cero pago de impuestos con organizaciones internacionales.

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Todos deben cancelar el impuesto establecido en 1994, pero la ley establece algunas exenciones. “Todo contribuyente debe cumplir con este pago, según lo establecido en el Decreto 70-94, Ley del Impuesto sobre la Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos”, recordó la SAT. 

Las sanciones

  • Según establece el artículo 29 del Decreto 70-94, la fecha límite para realizar este pago es el 31 de julio. En el caso de que un contribuyente no cancele el valor del impuesto de circulación, recibirá una multa del 100 % del valor de este.
  • Para poder conocer la tabla de valores de los vehículos y verificar cuánto debes cancelar, puedes ingresar al sitio web de la SAT.
  • Según la SAT la multa e intereses son calculados automáticamente por el sistema Declaraguate al momento de llenar el formulario.

Cómo realizar el pago

Para pagar el impuesto debe llenar el formulario Declaraguate SAT-4091 Vehículos Circulación, generar la boleta SAT-2000.

  • Al ingresar al sitio podrá realizar el pago por medio de banca en línea o en un banco.
  • Luego podrá imprimir el documento (calcomanía electrónica) en el sitio electrónico de la SAT, debe seleccionar el enlace imprimir calcomanía, el cual abrirá un archivo PDF.
  • Para imprimir su calcomanía debe estar solvente de las infracciones de tránsito, para verificar solvencia de multas de tránsito puede ingresar al siguiente enlace: https://portal.sat.gob.gt/portal/multas/
  • Guarde el documento en el interior del vehículo o pórtelo al conducir. Las autoridades competentes podrán solicitarla.

Dónde hacer  hacer el pago 

  • VisaNet 
  • Banca Virtual 
  • Cajeros 5B 
  • Generando la boleta SAT-4091

Último día  para pagar el impuesto de circulación en Guatemala 

¡Buenos días! Hoy es el último día para pagar el impuesto de circulación. A continuación te comparto los métodos para pagar. Evita pagar multas o intereses.

Foto República: Archivo
Glenda Sanchez
31 de julio, 2023

¿Ya pagaste el impuesto de circulación de tu vehículo? Recuerda que hoy 31 de julio vence el plazo. Las autoridades de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) indicaron que después del 31 de julio se aplicarán multas o intereses.

El Impuesto Sobre la Circulación de Vehículos (ISCV) debe ser pagado por todos los vehículos terrestres (carros, camionetas, camiones, motocicletas, etc.), aéreos (aviones, avionetas, helicópteros y otros) y los marítimos (lanchas, botes, veleros, barcos). 

Existen algunas excepciones, los vehículos que circulan con placas oficiales no están obligados a cancelar el impuesto. Asimismo, tampoco deben pagar los vehículos con placas de Cuerpo Diplomático (CD) o Cuerpo Consular (CC). También se exonera a los vehículos en caso existan convenios de cero pago de impuestos con organizaciones internacionales.

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Todos deben cancelar el impuesto establecido en 1994, pero la ley establece algunas exenciones. “Todo contribuyente debe cumplir con este pago, según lo establecido en el Decreto 70-94, Ley del Impuesto sobre la Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos”, recordó la SAT. 

Las sanciones

  • Según establece el artículo 29 del Decreto 70-94, la fecha límite para realizar este pago es el 31 de julio. En el caso de que un contribuyente no cancele el valor del impuesto de circulación, recibirá una multa del 100 % del valor de este.
  • Para poder conocer la tabla de valores de los vehículos y verificar cuánto debes cancelar, puedes ingresar al sitio web de la SAT.
  • Según la SAT la multa e intereses son calculados automáticamente por el sistema Declaraguate al momento de llenar el formulario.

Cómo realizar el pago

Para pagar el impuesto debe llenar el formulario Declaraguate SAT-4091 Vehículos Circulación, generar la boleta SAT-2000.

  • Al ingresar al sitio podrá realizar el pago por medio de banca en línea o en un banco.
  • Luego podrá imprimir el documento (calcomanía electrónica) en el sitio electrónico de la SAT, debe seleccionar el enlace imprimir calcomanía, el cual abrirá un archivo PDF.
  • Para imprimir su calcomanía debe estar solvente de las infracciones de tránsito, para verificar solvencia de multas de tránsito puede ingresar al siguiente enlace: https://portal.sat.gob.gt/portal/multas/
  • Guarde el documento en el interior del vehículo o pórtelo al conducir. Las autoridades competentes podrán solicitarla.

Dónde hacer  hacer el pago 

  • VisaNet 
  • Banca Virtual 
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