Los centros comerciales retoman horarios regulares para atender a usuarios a partir de este viernes 5 de febrero de 2021. La medida es parte de las reformas a las disposiciones que el Gobierno de Alejandro Giammattei implementó para controlar los contagios de coronavirus covid-19 en el país.
Este viernes 5 de febrero el Ministerio de Salud publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial Número 24-2021, el acuerdo contiene las reformas a “Disposiciones Obligatorias para la Contención y Prevención del Incremento de Contagios de Covid-19, a Nivel Nacional”.
Entre las modificaciones se establecen los horarios regulares de atención en los centros comerciales, se amplían los horarios de atención en todos los mercados y se limita el número de visitantes en las playas (alerta roja y alerta naranja), entre otros.
Reformas a las disposiciones
- Mantener el aforo en parques públicos, parques municipales y otros similares características de conformidad con lo establecido en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Emergencia del Covid-19 aprobado en el Acuerdo Ministerial 229-2020 y sus reformas.
- Limitar a no más de 100 personas el acceso a las playas, lagos y ríos y otros similares características ubicados en los municipios en el nivel de alerta roja-máxima y naranja-alta.
- Garantizar el cumplimiento de los aforos en espacios cerrados de acuerdo a lo establecido en en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Emergencia del Covid-19 aprobado en el Acuerdo Ministerial 229-2020 y sus reformas.
- Garantizar el cumplimiento de los aforos en espacios de trabajo de acuerdo a lo establecido en el Acuerdo Gubernativo 79-2020.
Cambios en horario
- Asegurar el cumplimiento de aforo en los mercados cantonales, municipales y satelitales garantizando el uso universal de la mascarilla en visitantes y comerciantes. Además garantizar el distanciamiento social de conformidad con lo establecido en el Sistema Alerta para la Emergencia Covid-19.
- Los mercados cantonales, municipales y satelitales deberán realizar sus actividades dentro del horario comprendido de 5:00 a 19:00 horas, deberán disponer horarios especiales para las personas mayores de 60 años. Todos deberán de cumplir con la elaboración de Protocolos de Bioseguridad.
- Se permiten las ferias comunales, de barrio, municipales y cualquier otra similar, quedando estrictamente prohibido la realización de fiestas conciertos, elecciones de reina, y cualquier otra actividad que genere aglomeraciones en los municipios que se encuentran en alerta roja y naranja.
- Los organizadores de las fiestas deberán vigilar y cumplir estrictamente con el aforo de personas y medidas de bioseguridad establecidos en el Sistema Alerta para la Emergencia Covid-19.
Medidas en el transporte
- Todas las ferias comunales, de barrio, municipales y cualquier otra de similar naturaleza, deben cumplir con el protocolo y semáforo para la reactivación de ferias, mini ferias y rezados autorizados por el Ministerio de Salud.Se reitera que los funerales y entierros continúan con la restricción contenida en el Plan de Contención Prevención y Respuesta.
- El transporte público colectivo que a la fecha cuenta con autorización de circulación deberá cumplir lo establecido en el Sistema de Alerta Covid-19.
- Los centros comerciales, plazas comerciales y similares deberán realizar sus actividades en horarios regulares, respetando el aforo establecido en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Atención de la Epidemia del Covid-19.
- Cada centro comercial, plazas comerciales y similares deberán respetar el aforo dentro de los parqueos y áreas comunitarias tales como juegos infantiles, áreas de comida, áreas de espectáculos, entre otros, para evitar aglomeraciones.
Centros comerciales
- Los propietarios de los establecimientos y administradores de los centros comerciales, plazas comerciales y similares, son responsables del estricto cumplimiento de estas disposiciones descritos en los protocolos contenidos en el Plan para prevención, contención y respuesta a casos de coronavirus en Guatemala y medidas de bioseguridad establecidos en el Sistema de Alerta Covid-19.
- Todos los centros comerciales, plazas comerciales y similares deben cumplir con elaborar los Protocolos de Bioseguridad de Contagios de Covid-19.
- Los supermercados, tiendas de conveniencia y tiendas de barrio podrán desarrollar sus actividades en horarios regulares. Deberán respetar el aforo y medidas de bioseguridad.
- Todos supermercados, tiendas de conveniencia y tiendas de barrio deben cumplir con elaborar los Protocolos de Bioseguridad de Contagios de Covid-19.
Otras medidas
- Los bares y centros de diversión nocturno podrán funcionar hasta las 21:00 horas respetando los aforos establecidos.
- Los restaurantes continuaran funcionando en sus horarios regulares respetando estrictamente lo normado en el Acuerdo Gubernativo 151-2020 y sus reformas, es decir respetar el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas y destiladas.
- Las autoridades recuerdan las prohibiciones del expendio y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas.
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Los centros comerciales retoman horarios regulares para atender a usuarios a partir de este viernes 5 de febrero de 2021. La medida es parte de las reformas a las disposiciones que el Gobierno de Alejandro Giammattei implementó para controlar los contagios de coronavirus covid-19 en el país.
Este viernes 5 de febrero el Ministerio de Salud publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial Número 24-2021, el acuerdo contiene las reformas a “Disposiciones Obligatorias para la Contención y Prevención del Incremento de Contagios de Covid-19, a Nivel Nacional”.
Entre las modificaciones se establecen los horarios regulares de atención en los centros comerciales, se amplían los horarios de atención en todos los mercados y se limita el número de visitantes en las playas (alerta roja y alerta naranja), entre otros.
Reformas a las disposiciones
- Mantener el aforo en parques públicos, parques municipales y otros similares características de conformidad con lo establecido en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Emergencia del Covid-19 aprobado en el Acuerdo Ministerial 229-2020 y sus reformas.
- Limitar a no más de 100 personas el acceso a las playas, lagos y ríos y otros similares características ubicados en los municipios en el nivel de alerta roja-máxima y naranja-alta.
- Garantizar el cumplimiento de los aforos en espacios cerrados de acuerdo a lo establecido en en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Emergencia del Covid-19 aprobado en el Acuerdo Ministerial 229-2020 y sus reformas.
- Garantizar el cumplimiento de los aforos en espacios de trabajo de acuerdo a lo establecido en el Acuerdo Gubernativo 79-2020.
Cambios en horario
- Asegurar el cumplimiento de aforo en los mercados cantonales, municipales y satelitales garantizando el uso universal de la mascarilla en visitantes y comerciantes. Además garantizar el distanciamiento social de conformidad con lo establecido en el Sistema Alerta para la Emergencia Covid-19.
- Los mercados cantonales, municipales y satelitales deberán realizar sus actividades dentro del horario comprendido de 5:00 a 19:00 horas, deberán disponer horarios especiales para las personas mayores de 60 años. Todos deberán de cumplir con la elaboración de Protocolos de Bioseguridad.
- Se permiten las ferias comunales, de barrio, municipales y cualquier otra similar, quedando estrictamente prohibido la realización de fiestas conciertos, elecciones de reina, y cualquier otra actividad que genere aglomeraciones en los municipios que se encuentran en alerta roja y naranja.
- Los organizadores de las fiestas deberán vigilar y cumplir estrictamente con el aforo de personas y medidas de bioseguridad establecidos en el Sistema Alerta para la Emergencia Covid-19.
Medidas en el transporte
- Todas las ferias comunales, de barrio, municipales y cualquier otra de similar naturaleza, deben cumplir con el protocolo y semáforo para la reactivación de ferias, mini ferias y rezados autorizados por el Ministerio de Salud.Se reitera que los funerales y entierros continúan con la restricción contenida en el Plan de Contención Prevención y Respuesta.
- El transporte público colectivo que a la fecha cuenta con autorización de circulación deberá cumplir lo establecido en el Sistema de Alerta Covid-19.
- Los centros comerciales, plazas comerciales y similares deberán realizar sus actividades en horarios regulares, respetando el aforo establecido en el Sistema de Alertas Sanitarias para la Atención de la Epidemia del Covid-19.
- Cada centro comercial, plazas comerciales y similares deberán respetar el aforo dentro de los parqueos y áreas comunitarias tales como juegos infantiles, áreas de comida, áreas de espectáculos, entre otros, para evitar aglomeraciones.
Centros comerciales
- Los propietarios de los establecimientos y administradores de los centros comerciales, plazas comerciales y similares, son responsables del estricto cumplimiento de estas disposiciones descritos en los protocolos contenidos en el Plan para prevención, contención y respuesta a casos de coronavirus en Guatemala y medidas de bioseguridad establecidos en el Sistema de Alerta Covid-19.
- Todos los centros comerciales, plazas comerciales y similares deben cumplir con elaborar los Protocolos de Bioseguridad de Contagios de Covid-19.
- Los supermercados, tiendas de conveniencia y tiendas de barrio podrán desarrollar sus actividades en horarios regulares. Deberán respetar el aforo y medidas de bioseguridad.
- Todos supermercados, tiendas de conveniencia y tiendas de barrio deben cumplir con elaborar los Protocolos de Bioseguridad de Contagios de Covid-19.
Otras medidas
- Los bares y centros de diversión nocturno podrán funcionar hasta las 21:00 horas respetando los aforos establecidos.
- Los restaurantes continuaran funcionando en sus horarios regulares respetando estrictamente lo normado en el Acuerdo Gubernativo 151-2020 y sus reformas, es decir respetar el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas y destiladas.
- Las autoridades recuerdan las prohibiciones del expendio y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas.