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Publican Decreto que extiende Estado de Calamidad un mes más

Glenda Sanchez
26 de agosto, 2020

El gobierno de Alejandro Giammattei publicó este miércoles la prórroga por 30 días más del Estado de Calamidad en Guatemala debido a la emergencia del coronavirus covid-19.

La extensión se establece debido a que no ha desaparecido la causa que lo originó, la emergencai del coronavirus covid-19, según el Decreto 17-2020.

La pandemia ha dejado un saldo de 2 mil 662 personas fallecidas. Además, se confirman 70 mil 714 contagiados de la enfermedad, de los cuales 58 mil 783 se han recuperado.

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Calamidad y Alertas

Según el Decreto 17-2020 la prórroga del Estado de Calamidad se decreta en virtud que continua la propagación y efectos del coronavirus en el país.

“Es necesario seguir con las medidas las medidas sanitarias, económicas y sociales para evitar consecuencias graves para los habitantes del país”, detalla el documento publicado este miércoles en el Diario Oficial.

El decreto también añade que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social emitió el Acuerdo Ministerio 187-2020 el cual fue reformado el 23 de agosto (Acuerdo Ministerial 215-2020). En este acuerdo se establece el Sistema de Alerta Sanitarias que determina el monitoreo de la epidemia.

Medicamentos

Además, el sistema incluye procedimientos de medición periódica e indicadores de incidencia de la enfermedad, intensidad del contagio, tendencia de la epidemia. También el uso de pruebas que permiten determinar el nivel de riesgo que existe para la población.

“Todos los habitantes del país quedan sujetos al Sistema de Alerta Sanitaria en el momento de su entrada en vigor, de aplicabilidad personal, temporal y territorial. Ello con el objetivo de garantizar la salud, el derecho a la vida y actividades productivas del país”, agrega el Decreto 17-2020.

La publicación también detalla el numeral de “medicamentos esenciales”. Se incluye una lista con base a información de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

Los medicamentos son:

  • Soluciones parenterales
  • Gases medicinales para la ventilación y respiraciń de pacientes, incluye oxigeno
  • Medicamentos vasoactivos para mantenimiento de la presión arterial
  • Medicamentos corticosteroides
  • Antimicrobianos: azitromicina, vermectina, remdesivir, oseltamivir y otros.

Publican Decreto que extiende Estado de Calamidad un mes más

Glenda Sanchez
26 de agosto, 2020

El gobierno de Alejandro Giammattei publicó este miércoles la prórroga por 30 días más del Estado de Calamidad en Guatemala debido a la emergencia del coronavirus covid-19.

La extensión se establece debido a que no ha desaparecido la causa que lo originó, la emergencai del coronavirus covid-19, según el Decreto 17-2020.

La pandemia ha dejado un saldo de 2 mil 662 personas fallecidas. Además, se confirman 70 mil 714 contagiados de la enfermedad, de los cuales 58 mil 783 se han recuperado.

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Según el Decreto 17-2020 la prórroga del Estado de Calamidad se decreta en virtud que continua la propagación y efectos del coronavirus en el país.

“Es necesario seguir con las medidas las medidas sanitarias, económicas y sociales para evitar consecuencias graves para los habitantes del país”, detalla el documento publicado este miércoles en el Diario Oficial.

El decreto también añade que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social emitió el Acuerdo Ministerio 187-2020 el cual fue reformado el 23 de agosto (Acuerdo Ministerial 215-2020). En este acuerdo se establece el Sistema de Alerta Sanitarias que determina el monitoreo de la epidemia.

Medicamentos

Además, el sistema incluye procedimientos de medición periódica e indicadores de incidencia de la enfermedad, intensidad del contagio, tendencia de la epidemia. También el uso de pruebas que permiten determinar el nivel de riesgo que existe para la población.

“Todos los habitantes del país quedan sujetos al Sistema de Alerta Sanitaria en el momento de su entrada en vigor, de aplicabilidad personal, temporal y territorial. Ello con el objetivo de garantizar la salud, el derecho a la vida y actividades productivas del país”, agrega el Decreto 17-2020.

La publicación también detalla el numeral de “medicamentos esenciales”. Se incluye una lista con base a información de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

Los medicamentos son:

  • Soluciones parenterales
  • Gases medicinales para la ventilación y respiraciń de pacientes, incluye oxigeno
  • Medicamentos vasoactivos para mantenimiento de la presión arterial
  • Medicamentos corticosteroides
  • Antimicrobianos: azitromicina, vermectina, remdesivir, oseltamivir y otros.

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