Iniciamos julio y más de dos millones de familias esperan noticias sobre el segundo pago del Bono Familia. Este martes se actualizó la información acerca del cobro que corresponde.
Aunque habían dado información donde no indicaban ningún proceso adicional al del registro, este 1 de julio las autoridades publicaron en redes sociales un nuevo mecanismo para solicitar el segundo pago.
Consiste en enviar un mensaje de texto al 2020 con la palabra BONOPAGO. Este mensaje debe enviarse a partir de este jueves 2 de julio para recibir instrucciones de cómo realizar el cobro.
A continuación te compartimos la publicación original del Ministerio de Desarrollo.
Bono familia, ¿Quienes no pueden optar?
El reglamento del Bono Familia establece que serán excluidos del listado de beneficiarios las siguientes personas:
- Servidores públicos.
- Personas que tengan contratos o presten servicios al sector público.
- Los que reciban beneficios de cualquier sistema de pensiones incluyendo las clases pasivas del Estado, cuyo beneficio sea de Q2 mil mensuales o más.
- Las personas que reciban pensiones del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) cuyo beneficio sea de Q2 mil mensuales o más.
Las entidades del Estado tendrán tres días hábiles para informar sobre estas personas y para excluirlas.
Iniciamos julio y más de dos millones de familias esperan noticias sobre el segundo pago del Bono Familia. Este martes se actualizó la información acerca del cobro que corresponde.
Aunque habían dado información donde no indicaban ningún proceso adicional al del registro, este 1 de julio las autoridades publicaron en redes sociales un nuevo mecanismo para solicitar el segundo pago.
Consiste en enviar un mensaje de texto al 2020 con la palabra BONOPAGO. Este mensaje debe enviarse a partir de este jueves 2 de julio para recibir instrucciones de cómo realizar el cobro.
A continuación te compartimos la publicación original del Ministerio de Desarrollo.
Bono familia, ¿Quienes no pueden optar?
El reglamento del Bono Familia establece que serán excluidos del listado de beneficiarios las siguientes personas:
- Servidores públicos.
- Personas que tengan contratos o presten servicios al sector público.
- Los que reciban beneficios de cualquier sistema de pensiones incluyendo las clases pasivas del Estado, cuyo beneficio sea de Q2 mil mensuales o más.
- Las personas que reciban pensiones del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) cuyo beneficio sea de Q2 mil mensuales o más.
Las entidades del Estado tendrán tres días hábiles para informar sobre estas personas y para excluirlas.