Los siguientes 15 días de nuevo habrá restricciones para circular en cuatro departamentos de Guatemala, considerados los más afectados por la pandemia del coronavirus Covid-19.
Los habitantes de Guatemala, Sacatepéquez, Escuintla y Quetzaltenango no pueden salir de estos departamentos, tampoco se permitirá el ingreso hacia estas zonas.
Asimismo, en estos departamentos habrá días específicos para circular de acuerdo con el número de placa. Según la fecha así podrá movilizarse.
Por ejemplo, el lunes que es 29 de junio, solo pueden movilizarse los carros que terminen con placas 1, 3, 5, 7, y 9.
El martes 30 de junio, el turno es para las placas que terminen en número par, es decir 0, 2, 4, 6 y 8.
Esta regulación no aplica para las motocicletas y taxis, solo para los vehículos particulares.
En el resto de departamentos no hay restricción para circular, incluso entre estos lugares.
Domingo nadie puede movilizarse
Los domingos 5 y 12 de julio es toque de queda completo, por tanto nadie puede movilizarse. El cierre inicia el sábado a partir de las seis de la tarde y concluye hasta el lunes a las cinco de la mañana.
El toque de queda diario sigue sin cambios, es decir, inicia a las seis de la tarde y concluye al día siguiente a las cinco de la mañana.
La movilización no está restringida para personal de salud, fuerzas de seguridad y todas las instituciones viculadas con la emergencia del coronavirus. Así como el transporte pesado.
En el caso del Organismo Ejecutivo, no tienen restricciones el personal de la Presidencia, Gabinete de Gobierno, así como los empleados que determine la autoridad superior.
También pueden movilizarse la autoridad superior y administrativa de cada ente estatal. El personal incorporado al Estado de Calamidad y quienes laboran el la entidad recaudadora de impuestos, migración, aduanas, puertos y aeropuertos.
También la excepción incluye a empleados de la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) y otras actividades consideradas esenciales para atender la emergencia.
Acá puedes descargar el documento oficial de las disposiciones vigentes:
Los siguientes 15 días de nuevo habrá restricciones para circular en cuatro departamentos de Guatemala, considerados los más afectados por la pandemia del coronavirus Covid-19.
Los habitantes de Guatemala, Sacatepéquez, Escuintla y Quetzaltenango no pueden salir de estos departamentos, tampoco se permitirá el ingreso hacia estas zonas.
Asimismo, en estos departamentos habrá días específicos para circular de acuerdo con el número de placa. Según la fecha así podrá movilizarse.
Por ejemplo, el lunes que es 29 de junio, solo pueden movilizarse los carros que terminen con placas 1, 3, 5, 7, y 9.
El martes 30 de junio, el turno es para las placas que terminen en número par, es decir 0, 2, 4, 6 y 8.
Esta regulación no aplica para las motocicletas y taxis, solo para los vehículos particulares.
En el resto de departamentos no hay restricción para circular, incluso entre estos lugares.
Domingo nadie puede movilizarse
Los domingos 5 y 12 de julio es toque de queda completo, por tanto nadie puede movilizarse. El cierre inicia el sábado a partir de las seis de la tarde y concluye hasta el lunes a las cinco de la mañana.
El toque de queda diario sigue sin cambios, es decir, inicia a las seis de la tarde y concluye al día siguiente a las cinco de la mañana.
La movilización no está restringida para personal de salud, fuerzas de seguridad y todas las instituciones viculadas con la emergencia del coronavirus. Así como el transporte pesado.
En el caso del Organismo Ejecutivo, no tienen restricciones el personal de la Presidencia, Gabinete de Gobierno, así como los empleados que determine la autoridad superior.
También pueden movilizarse la autoridad superior y administrativa de cada ente estatal. El personal incorporado al Estado de Calamidad y quienes laboran el la entidad recaudadora de impuestos, migración, aduanas, puertos y aeropuertos.
También la excepción incluye a empleados de la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) y otras actividades consideradas esenciales para atender la emergencia.
Acá puedes descargar el documento oficial de las disposiciones vigentes: