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Cinco datos de la ley de emergencia que el Congreso quiere aprobar

Ana González
24 de marzo, 2020

El Congreso de la República se prepara para aprobar una iniciativa de ley de emergencia para hacer frente a la crisis causada por el Covid-19.

La iniciativa, que consta de 16 artículos, fue elaborada por los congresistas durante una jornada de 15 horas que inició el lunes 21 hasta la madrugada de este martes.

Estos son algunos puntos que plantea la ley

1.- Cumplimiento de pagos por colegiaturas:

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Se prohíbe el cobro de multas, moras o intereses generados por atrasos en
pago de cuotas correspondientes a centros educativos o de universidades. Este beneficio aplicaría solo a quienes se encuentren al día en sus pagos.

2.- Fondo de emergencia de Q1 mil 500 millones

Los recursos se destinarían así: Q700 millones para el programa de infraestructura de hospitales y Q100 millones para laboratorios para detectar la prueba del Covid-19.

Además, Q700 millones para un programa alimentario que sería coordinado por los ministerios de Desarrollo y Agricultura.

3.- Fondo de Protección de Capitales y de apoyo a la Micro, pequeña y mediana empresa

Fondo de Q250 millones para la protección de capitales que será administrado por el Crédito Hipotecario Nacional (CHN). También se plantean Q500 millones para la micro, pequeña y mediana empresa.

4.- Asegurar el servicio de energía a usuarios que consuman hasta 125 kws al mes

El Instituto Nacional de Electrificación (INDE), asegurará el servicio a quienes consuman hasta 125 kws al mes. Con ello se beneficiará a la población en pobreza y pobreza extrema.

5.- Exención a donaciones de entidades no lucrativas

Se declara exención de todos los impuestos de importación y del Impuesto de Valor Agregado y derechos arancelarios sobre todas las importaciones que se reciban con carácter de donación a favor de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred).

El beneficio alcanza las iglesias, organizaciones y asociaciones de beneficencia debidamente autorizadas e inscritas en el Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación.

De ser aprobada la ley, cobraría vigencia 10 días después de su publicación en el Diario Oficial.

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La iniciativa, que consta de 16 artículos, fue elaborada por los congresistas durante una jornada de 15 horas que inició el lunes 21 hasta la madrugada de este martes.

Estos son algunos puntos que plantea la ley

1.- Cumplimiento de pagos por colegiaturas:

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Se prohíbe el cobro de multas, moras o intereses generados por atrasos en
pago de cuotas correspondientes a centros educativos o de universidades. Este beneficio aplicaría solo a quienes se encuentren al día en sus pagos.

2.- Fondo de emergencia de Q1 mil 500 millones

Los recursos se destinarían así: Q700 millones para el programa de infraestructura de hospitales y Q100 millones para laboratorios para detectar la prueba del Covid-19.

Además, Q700 millones para un programa alimentario que sería coordinado por los ministerios de Desarrollo y Agricultura.

3.- Fondo de Protección de Capitales y de apoyo a la Micro, pequeña y mediana empresa

Fondo de Q250 millones para la protección de capitales que será administrado por el Crédito Hipotecario Nacional (CHN). También se plantean Q500 millones para la micro, pequeña y mediana empresa.

4.- Asegurar el servicio de energía a usuarios que consuman hasta 125 kws al mes

El Instituto Nacional de Electrificación (INDE), asegurará el servicio a quienes consuman hasta 125 kws al mes. Con ello se beneficiará a la población en pobreza y pobreza extrema.

5.- Exención a donaciones de entidades no lucrativas

Se declara exención de todos los impuestos de importación y del Impuesto de Valor Agregado y derechos arancelarios sobre todas las importaciones que se reciban con carácter de donación a favor de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred).

El beneficio alcanza las iglesias, organizaciones y asociaciones de beneficencia debidamente autorizadas e inscritas en el Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobernación.

De ser aprobada la ley, cobraría vigencia 10 días después de su publicación en el Diario Oficial.

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